Dueño de carribar organizó movida frente a Tribunales por la apelación a medida de desalojo
También expresó que unas 20 familias dependen de su negocio y no dos como asegura la Justicia.
Nuñez, quien el año pasado resistió el desalojo y golpeó a una funcionaria municipal, dijo que durante este tiempo de prórrogas sostuvo a las familias con un puesto de torta fritas y que la comuna les incumplió la promesa de darles otro lugar a ellos y a los otros carribares que desalojaron.
En 2017 la comuna desalojó los carribares pero Hugo Núñez, titular del puesto de comidas resistió la medida y se generó un conflicto judicial.
En diciembre del año pasado la Justicia rechazó el amparo interpuesto por Nuñez y avaló a la comuna. En la oportunidad el vocal del tribunal de Apelaciones, Hugo Perotti, rechazó el planteo en la causa "Hugo Núñez c/Municipalidad de Paraná ", y además le fijó el cobro de las costas y los honorarios de los profesionales que intervinieron en la presentación judicial.
En la presentación, Núñez hizo saber que la acción de la comuna era irregular, por lo que "fue una intolerable violación de los derechos constitucionales habida cuenta que no es real la ocupación ilegal, tal como adujo la justicia de faltas".
Tras varios argumentos dados por la comuna y el amparista, el juez entendió: "No le asiste razón al amparista, puesto que la municipalidad no tuvo un accionar ilegítimo, habida cuenta que actuó tal cual lo marca la Constitución".
Perotti insistió en que los puntos críticos que hizo el comerciante no se lograron verificar "por cuánto la municipalidad no violó ninguna norma, en más al leer los actuados y descargos, observo un obrar legítimo, como también la reticencia del amparista a cumplimentar lo exigido por la comuna".















