Consejo de la Magistratura: Le piden a la CSJ que anule el fallo del juez de Paraná

El Colegio de Abogados de Buenos Aires, pidió a la CSJ que se avoque y anule la resolución de Daniel Alonso, de trabajar las designaciones en el Consejo de la Magistratura
13 de abril 2022 · 19:29hs

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires le pidió este miércoles a la Corte Suprema de Justicia que se “avoque” y anule la decisión dictada por la justicia federal de Paraná, a pedido del diputado del Frente de Todos Marcelo Casaretto (Entre Ríos), para que el Congreso Nacional no nombre a los dos representantes legislativos que deben sumarse a la estructura de 20 miembros del Consejo de la Magistratura.

“El caso posee una gravedad institucional manifiesta, sin precedentes. Los anales de jurisprudencia no registran un antecedente donde un juez inferior del mismo fuero, venga a poner en entredicho una sentencia firme y en tren de ejecutarse dictada por la Corte Suprema. Es una aberración jurídica a la que Vuestra Excelencia debe ponerle coto”, sostuvo la presentación hecha hoy en el Palacio de Justicia por el constitucionalista Alberto Garay, en representación del Colegio de Abogados, promotor de la demanda contra la conformación de 13 miembros del Consejo de la Magistratura.

“A nuestro modo de ver hay varios problemas con la resolución del juzgado federal que se dictó en las últimas horas en Paraná”, dijo Garay a Infobae. “No solo la dicta un juez que no tiene ninguna competencia, sino que además se está entorpeciendo el fallo de una sentencia de la Corte Suprema, violentando la cosa juzgada y actuando en contra de la propia ley de amparo”.

“Por eso le estamos pidiendo a la Corte Suprema que se aboque al tema, es decir, que pida el expediente y declare la nulidad de todo lo actuado”. Según explicó, la Corte Suprema ya lo ha hecho en otro expediente en 2014 por una resolución que había dictado el juez federal de Mendoza Walter Bento.

Todo se enmarca en el escenario que enfrenta por estas horas el Consejo de la Magistratura, el órgano creado por la Constitución Nacional de 1994 para seleccionar y controlar a los jueces. Cuando se creó, ese estamento tenía 20 miembros, encabezados por el presidente de la Corte. Pero en 2006 la entonces legisladora Cristina Kirchner promovió una ley para que el Consejo de la Magistratura tuviera trece integrantes. Desde ese momento, el Colegio de Abogados promovió la inconstitucionalidad de la ley. En noviembre de 2015, la Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró inconstitucional la ley 26.080 de los 13 miembros.

En diciembre pasado, la Corte Suprema de Justicia ratificó que esa conformación de 13 miembro era inconstitucional: no respetaba los equilibrios internos y le daba más preponderancia a los consejeros políticos en detrimento de los otros sectores. Entonces, instó al Congreso a dictar una nueva ley antes del 16 de abril (120 días) o se volvía mientras tanto a la primera conformación de ese organismo que tiene 20 miembros.

Como el oficialismo no consiguió aún las mayorías para convertir el proyecto oficial del Consejo de la Magistratura en ley, el actual Consejo fue en las últimos tiempos preparándose para volver a la antigua integraciones. Ya eligió la semana pasada a dos abogadas y a una jueza y el próximo lunes se sumará un representante académico. El presidente de la Corte, Horacio Rosatti, según la vieja ley, presidirá el cuerpo, algo a lo que se opone el oficialismo.

Pero para llegar a 20 miembros aún falta que el Congreso avance en la designación de un diputado y un senador por las segundas minorías. El radicalismo reclama para sí esos cargos. Hasta ahora, cuando faltan horas para que entre en vigencia la nueva-vieja composición, el oficialismo del Congreso no postuló quiénes serán los designados.

Los jueces de la Corte Suprema

Es en ese contexto que ayer se conoció la resolución del juez federal de Paraná Daniel Alonso -asiprante a ser camarista de Rosario- que hizo lugar a una precautelar solicitada por el diputado del Frente de Todos, el masista Casaretto, en donde solicitó que se frene en el Congreso el nombramiento de representantes legislativos porque lo que se quiere es tiempo para que el Congreso dicte una ley (el proyecto oficial ya tiene media sanción en el Senado).

En un trámite exprés, el juez Alonso escribió: “Existiendo circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican la protección inmediata del derecho invocado, decreto una medida interina [...] ordenando a la Excma. Cámara de Senadores de la Nación y a la Excma Cámara de Diputados de la Nación, a través de sus respectivos Presidentes, se abstengan de designar nuevos integrantes del Consejo de la Magistratura hasta tanto se produzca el informe antes dispuesto y, en su consecuencia, esta magistratura se encuentre en condiciones de evaluar en forma definitiva los recaudos específicos de toda cautelar””.

El magistrado le pidió un informe a la presidenta del Senado Cristina Kirchner y al titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, “respecto del interes publico comprometido por la solicitud, pudiendo expedirse en el mismo acto sobre las condiciones de admisibilidad y procedencia de la medida solicitada y acompanar las constancias documentales que estimen pertinentes”. Tienen un plazo de 5 días hábiles para contestar.

En ese contexto, mientras hoy el Consejo de la Magistratura vivió su última sesión según la actual conformación, el Colegio de Abogados se presentó en el Palacio de Tribunales ante la Corte Suprema. “La decisión del juez federal representa un alzamiento inadmisible contra la sentencia dictada por la Corte Suprema en la causa en que me dirijo y que, de ser acatada por los órganos legislativos a los que se dirige, impedirá que se ejecute lo dispuesto por V.E. en lo que hace al estamento de los legisladores”, sostuvo la presentación a la que accedió Infobae.

“La decisión del juez, que admite un amparo de quien no está legitimado para peticionar lo allí solicitado (el órgano que el actor integra es parte en el expediente en el que me dirijo), no sólo violenta el rango constitucional de autoridad judicial suprema, final, que la Constitución Nacional deposita en V.E.”, sostuvo.

El fallo del juez federal de Paraná, sostuvo el planteo, “también pasa por encima de la prohibición expresa contenida en el art. 2.b de la ley 16986″, la ley que regula los amparos, “prohibición que el magistrado ni menciona en su sentencia”.

Frente a eso, se añadió, “y tratándose de un conflicto suscitado dentro del Poder Judicial de la Nación donde el juez federal de primera instancia actúa contra la dispuesto en una sentencia firme de la Corte Suprema, solicitamos a V.E. se avoque y resuelva la nulidad de todo lo actuado. Alternativamente, solicitamos a V.E. que, si lo considera procedente, recalifique esta presentación del modo que en derecho considere que corresponde y actúe en consecuencia”, se añadió.

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