Este domingo son las elecciones legislativas 2025 y a partir de las 8 de la mañana del viernes ya rige la veda electoral, el período previo a los comicios en el que ciertas actividades están prohibidas o reguladas.
Rige la veda electoral: qué actividades están prohibidas
Este domingo son las elecciones legislativas 2025 y a partir de las 8 de este viernes rige la veda. Las actividades que están prohibidas o reguladas.
Actividades prohibidas durante la veda
Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, hay ciertas actividades que están prohibidas para los candidatos y para los votantes durante la veda:
-Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral desde el viernes anterior a la votación.
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-Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
-Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales desde el viernes.
-La venta de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo.
-Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
-La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en el que se instalen las mesas de votación.
-Desde el sábado está prohibido portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias.
Todas las prohibiciones de la veda electoral concluyen tres horas después de cerrados los comicios, es decir, a las 21 del domingo 26 de octubre.
















