La Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Paraná rechazó una demanda iniciada por la empresa Dakota SA, concesionaria del servicio de estacionamiento medido en la ciudad entre abril de 1988 y junio de 2002. Para llegar a este fallo, el Tribunal sostuvo que si bien quedó clara la falta de colaboración de los inspectores municipales encargados de la constatación de infracciones al sistema de estacionamiento ordenado, la empresa no logró probar los daños que le reclama a la Municipalidad, informó el área de prensa de Tribunales. La compañía en cuestión había firmado un contrato de concesión -se explica en la resolución- con la Municipalidad de Paraná el 29 de abril de 1988, luego de un proceso licitatorio dispuesto por la comuna mediante decreto 1049/97, tras realizar una evaluación del estacionamiento vehicular en las arterias de la capital provincial.
Rechazaron la demanda de una empresa contra el Municipio de Paraná
Se trata de la firma Dakota, que había denunciado daños en el control de infracciones
15 de septiembre 2016 · 09:00hs
Según se señaló en un comunicado, "la empresa debía proveer e instalar los parquímetros, hacerse cargo de la señalización, como así también del servicio de inmovilización de vehículos infractores, retiro de los mismos de la vía pública y la guarda de vehículos removidos. Al mismo tiempo, se encargaba de la venta de los tickets de estacionamiento. En tanto, el Estado municipal se reservó para sí el núcleo del poder de policía, consistente en la detección de las infracciones, el labrado de multas, su juzgamiento y posterior cobro".
En cuanto a los términos de la acción judicial, "la firma interpuso una demanda por los daños originados en el obrar municipal desde el inicio de la prestación al mes de noviembre del año 1999, y obtuvo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos una sentencia favorable. Luego, intentó una segunda demanda por los daños ocasionados en el período restante (diciembre de 1999 a junio de 2002), invocando que en el caso ya había cosa juzgada respecto de la actitud omisiva de la Municipalidad y el incumplimiento del contrato. Se trata del expediente Nº 2639, Dakota Sociedad Anónima c/ Municipalidad de Paraná s/ Contencioso Administrativo".
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Fundamentos
La Cámara Contenciosa de Paraná realizó un análisis sobre el concepto de cosa juzgada y, citando doctrina procesal, concluyó que los efectos expansivos de lo resuelto "en la primer sentencia, en procesos sucesivos de un mismo litigio se limitan a la disposición de los hechos y las pruebas que efectuó la actora en el primer proceso; pudiendo éste Tribunal en consecuencia, efectuar su propia valoración de la intensidad de la aptitud desequilibrante de las omisiones al deber de vigilar el cumplimiento de las normas sobre estacionamiento en que incurrió el personal municipal impactando en la ecuación económica y financiera del contrato a tenor de la prueba rendida en este segundo proceso".
En ese marco, el Tribunal integrado por Gisela Schumacher, Marcelo Baridón y Hugo González Elías (presidente), hizo un análisis de la estrategia probatoria de Dakota SA, consistente en 13 actas labradas por escribano, para constatar, en el área concesionada, la existencia o inexistencia de tickets en los autos estacionados. Los magistrados señalaron que la actora no explicitó en ningún momento cuál fue la planificación diseñada para efectuar el relevamiento realizado mediante esas actas. Por lo cual, no está claro que se haya seguido un patrón que respete la diversidad de zonas, horarios, días de la semana y períodos del año, de modo tal que dichas constataciones representen un muestreo estadístico, agrega la resolución.
Los jueces concluyeron que la muestra significa un porcentaje "insignificante" para inferir el daño por el incumplimiento.