El gobierno de Entre Ríos rechazó el pedido de reducción de pena solicitada por Damián Ezequiel Barrios, quien con 24 años asesinó de un disparo a Martín López, de 33 años, policía de la Brigada Quebracho de la Dirección Prevención Delitos Rurales de Entre Ríos. El joven, hoy de 29 años, reconoció en un juicio abreviado que el 8 de febrero de 2018, entre las 18 y las 19, ingresó con un grupo de amigos al predio de la Estancia Puerto Buey, en Santa Elena, y que al ser sorprendido por el policía le disparó con una escopeta calibre .16 a no menos de diez metros. Días después, el Cabo 1° murió.
Rechazaron reducir la condena al asesino del policía Martín López
Por Gonzalo Núñez
El proyectil impactó en la zona del abdomen de López, quien fue asistido por sus compañeros y trasladado de urgencia al nosocomio local. De allí fue derivado en helicóptero al hospital San Martín de Paraná. En el nosocomio de la capital entrerriana estuvo con vida 23 días y falleció el 3 de marzo alrededor de las 14. Su muerte generó una gran conmoción en la localidad del norte entrerriano. De su funeral, que fue masivo, participaron entonces la ministra de Gobierno y Justicia de la provincia, Rosario Romero, el entonces intendente municipal Silvio Moreyra, y el jefe de la Policía de Entre Ríos, Gustavo Maslein, entre otras autoridades.
A cinco años del homicidio, UNO conoció que Barrios solicitó al gobierno provincial la conmutación de la pena. Es decir, una reducción del encarcelamiento que cumple desde 2018 en la Unidad Penal N° 1 de Paraná.
La petición fue rechazada mediante el decreto N° 1496 -fechado el 30 de mayo de este año- del ministerio de Gobierno y Justicia y fue firmado por la ministra Romero. En el mismo se destacó el informe "Pronóstico del Concejo Correccional e Informe Técnico Criminológico" que confeccionó la Unidad Penal que concluyó "desfavorablemente al otorgamiento de la Conmutación de Pena presentada, aduciendo que el sujeto lleva recluido cuatro años ante una condena extensa, por lo que los encuadres temporales de su régimen progresivo de la pena, que le permiten acceder a los beneficios extramuros que demanden mayor autogobierno resultan lejanos, encontrándose ubicado en el periodo de tratamiento- fase socialización-".
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Se indicó además que el interno "fue declarado coautor material y responsable del delito de tenencia ilegítima de arma de guerra (uso prohibido) y autor material y responsable del delito de homicidio simple en concurso real, a la pena de 20 años de prisión de cumplimiento efectivo, con más las accesorias legales".
En contra de la conmutación de pena también se manifestaron el Procurador General Jorge Amílcar García y los vocales del Superior Tribunal de Justicia.
Así las cosas, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia precisó que "habiendo tomado conocimiento de lo resuelto por el Excelentísimo Superior Tribunal de Justicia sobre el pedido de conmutación de pena solicitado por el señor Barrios, solicita se remitan las presentes para la continuidad del trámite, no existiendo consideraciones jurídicas de tipo legal- técnica que realizar; y que es una facultad privativa del Poder Ejecutivo Provincial, conmutar o indultar las penas impuestas de acuerdo a lo normado en el artículo 175° inciso N° 4 de la Constitución de la Provincia".
"Recházase la solicitud de Conmutación de Pena formulada por el señor Damián Ezequiel Barrios, quien actualmente se encuentra alojado en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná, acorde los considerandos de la presente", dice el artículo 1° del decreto firmado por la ministra de Gobierno.
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El abreviado
El 16 de agosto de 2018, a cinco meses de la muerte del policía López, Barrios, también conocido en su ciudad como 'Mincho', reconoció el crimen en el marco de un juicio abreviado. Entonces tenía 24 años. El abreviado fue presentado por el fiscal Santiago Alfieri y el defensor oficial Martín Millán. La entonces jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, con asiento en La Paz, Cristina Lia Van Dembroucke, lo homologó en todos sus términos.
Barrios reconoció el delito de tenencia ilegítima de arma de guerra (uso prohibido) y el de homicidio simple. Aceptó una pena de 20 años de cárcel efectiva. En la descripción del hecho que admitió, se lee que disparó a López con una escopeta marca Arca A 71 Invicta, serie identificatoria 7170, "desde una distancia de no mas de 10 metros; impactándolo en su zona abdominal. El joven ejecutó al uniformado desde atrás de unos pajonales. Previo a hacerlo, gritó: 'Te voy a matar milico de mierda'. Luego se dio a la fuga.
En el abreviado también fueron condenados, pero a penas de prisión condicional, los demás cazadores furtivos que acompañaban a Barrios: Juan José Vega, quien en ese momento tenía 17 años; Milton Pascuali, de 23; Rodrigo Medina, de 24; Miguel Ángel Benso, de 22.
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En el caso de Vega su pena fue enviada al juez de menores para que realice lo que se llama la integración de sentencia, es decir, para que emita una resolución acorde ya que era menor al momento de los hechos. En tanto que Pascuali y Medina recibieron una pena de tres años de prisión condicional por portación ilegítima de arma de uso civil y tenencia ilegítima de arma de guerra; y a Benso el dieron dos años de prisión condicional por el mismo delito.
Además del reconocimiento de culpabilidad de Barrios, en el fallo se destacaron los testimonios de los demás cazadores que lo acompañaban aquella tarde en el campo. Benso, por ejemplo, contó en fiscalía cómo fueron los hechos: "Íbamos bandeando la calle de tierra, despacito. Yo iba último y vemos que viene una camioneta. Los otros corrieron para el zanjón y se metieron para el monte. Yo quedé enredado en un arbusto y la camioneta pasó. Los otros ya habían corrido para adentro del monte y yo me quedé quietito. Los de la camioneta se bajaron y tiraron un par de tiros para arriba. Empezaron a buscar entre la soja y después se metieron para el monte, bajaron al zanjón y se escuchó un tiro. Yo sé que el que llevaba la escopeta era Damián Barrios. Uno salió y gritaba que le habían baleado el compañero. Yo estaba tirado, llegó toda la Policía, hasta que uno de esos me vio y me sacaron de donde yo estaba escondido. Ahí me llevaron para la Comisaría".
Medina también apuntó a Barrios como el autor del disparo criminal: "El que le tiró a Martín López fue Damián Barrios. López nos dijo '¡alto policía!' y le dijo que no le vaya a tirar porque le tiraba también y Damián le disparó. Después del disparo salimos corriendo".
Actualmente, el destacamento policial El Quebracho lleva el nombre Cabo 1° Martín López, en homenaje al policía que se desempeño allí hasta la fatídica tarde del 8 de febrero de 2018.