Rechazan un abreviado para empleado de Uader que quiso cobrar horas extras de más

El hombre acordó dos años de prisión condicional, pero la jueza consideró que no se planteó bien la cuestión de la inhabilitación
16 de mayo 2019 · 07:02hs
Un empleado administrativo de la Universidad Autónoma de Entre Ríos (Uader), acordó una pena de dos años de prisión condicional por haber intentado cobrar más dinero que el correspondiente, tanto él como otras personas. El juicio abreviado fue presentado ayer por la fiscal Patricia Yedro y el abogado defensor Leopoldo Cappa, pero la jueza Marina Barbagelata lo rechazó porque consideró que el acuerdo debería haber incluido la cesantía del trabajador y no sólo la restricción para desempeñarse en determinadas áreas. Tal decisión será recurrida ante el Tribunal de Apelaciones de Paraná, ya que la defensa entiende que se ven afectadas las garantías del imputado.

El ardid fue descubierto por personal administrativo que constató la anomalía en los papeles, previo a la rendición de los haberes, en mayo del año pasado. Esto fue denunciado y llegó a la Justicia. El fiscal Álvaro Piérola investigó el hecho: solicitó procedimientos, secuestro de documentos y tomó declaraciones testimoniales, que fueron confirmando la hipótesis. Por esto, se avanzó hacia la imputación del empleado público provincial, por el delito de Defraudación en perjuicio de la administración pública.
Lo acusaron de que, en su carácter de Jefe del Departamento de Personal y Recursos Humanos de una institución educativa dependiente de la Uader, confeccionó dos listados correspondientes a los meses de marzo y abril de 2017.
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De los mismos, surgió el listado de personal de planta no docente que habría realizado guardias en distintos sectores del establecimiento durante esos meses, pero se constató que se habían adulterado los porcentajes que debían percibir algunas personas, entre ellas el imputado, su esposa y cinco empleados más. Para esto, calcó la firma de la directora del establecimiento educativo y luego se presentaron los listados para su liquidación y posterior pago el 11 de mayo de 2017 en el Departamento Personal de la Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales de la Uader.

En esa oficina, personal de una Secretaría advirtió que la firma de la directora no era original, y de este modo se evitó el perjuicio económico a la Universidad. Finalmente, el hombre decidió evitar un debate y eligió llegar a un acuerdo con la acusación pública. Tras el diálogo mantenido entre el fiscal Piérola y el defensor Cappa, se llegó a un entendimiento para este procedimiento. Ayer por la mañana, se presentó el acuerdo en una audiencia ante la jueza de Garantías Nº 1, Marina Barbagelata.

El mismo consistió en la confesión del acusado, quien admitió ante la magistrada haber cometido el delito, y el cumplimiento de la pena de dos años de prisión en suspenso. Pero con un cambio de la calificación legal: el mismo delito pero en grado de tentativa. Es decir, se comprende que no llegó a concretarse la sustracción del dinero mediante el cobro indebido de las sumas que el hombre quiso acreditarse.
A su vez, se planteó la inhabilitación especial para cumplir funciones correspondientes a tareas de conducción, profesionales, administrativas y técnicas, según el escalafón de la provincia, y que únicamente pueda desempeñarse en tareas correspondientes a servicios auxiliares, como conducción y/o mantenimiento de maquinarias, equipos y/o vehículos, tareas de servicios, atención a otros agentes, vigilancia y limpieza.

De este modo, se evitaba la inhabilitación absoluta para ocupar empleos públicos, por lo cual podría quedar sin trabajo luego de 27 años de carrera sin antecedentes.
Tras un cuarto intermedio de media hora, la jueza dio a conocer su decisión de rechazar el acuerdo de juicio abreviado. Argumentó, entre otras cosas, que las partes no plantearon la inconstitucionalidad de la pena accesoria (la inhabilitación absoluta) para el caso concreto, por lo cual entendió que estaba mal planteada la pena.

El abogado defensor indicó que va a apelar la decisión de la magistrada, ya que se ven afectadas las garantías constitucionales de la defensa en juicio, y debido a que la jueza bien podría haber dictado de oficio tal inconstitucionalidad. Asimismo, observó que, respecto a la inhabilitación absoluta, que esa pena tramita en un proceso aparte en la instrucción sumaria en el Estado provincial.
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