De interpretaciones vive la Justicia, y así las leyes que para un caso dicen una cosa, para otro pueden ordenar lo contrario. Justo en un caso de corrupción política, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia (STJ) , en diciembre de 2021, sobreseyó (es decir, dejó libre de culpa y cargo) a un imputado en una causa de supuestos contratos truchos en la Legislatura, otorgados por el exdiputado radical Ricardo Troncoso. Considera que se había vencido el plazo de la investigación de la Fiscalía. Ayer, la Sala Penal del STJ denegó a la acusación pública ir a reclamar contra aquel fallo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, algo que, al parecer, se está volviendo costumbre. Por lo tanto, el criterio adoptado por el máximo tribunal provincial quedará firme y debería implementarse para todos los casos.
Por un fallo del STJ, fiscales temen que abusadores y homicidas queden impunes
De este modo, ya hay varios delincuentes que se alistan para recibir el mismo beneficio, porque sus causas ya llevan más de 18 meses.
El caso en cuestión tenía como imputado a Alfonso Blasón Lorenzatto, por supuestos contratos irregulares en la Cámara de Diputados. El 6 de diciembre, los vocales Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Miguel Giorgio lo sobreseyeron porque habían pasado más de 18 meses desde la indagatoria. La Fiscalía presentó una impugnación extraordinaria para ir a la Corte, pero los jueces resolvieron que la interpretación de las normas procesales locales es una facultad de los tribunales superiores de Justicia de las provincias.
Ahora, la defensa del exdiputado Troncoso también pidió que se aplique el mismo criterio y así se dicte su sobreseimiento.
Cabe subrayar que, anteriormente, tanto el juez de Garantías Ricardo Bonazzola como el vocal de Apelación Gustavo Pimentel, habían rechazado el planteo de la defensa, confirmaron la vigencia de la causa y, por lo tanto, que Lorenzatto vaya a juicio. Ambos magistrados sostuvieron que los plazos no son perentorios, sino ordenatorios para los fines organizativos de la actividad judicial. Y que en todo caso se debe sancionar al fiscal por su error funcional, pero nunca sobreseer a una persona. Al llegar al STJ, la historia cambió.
“Lo sobreseyeron por entender que había transcurrido el plazo de la IPP (Investigación Penal Preparatoria) y la Fiscalía no había solicitado la prórroga. Es aberrante, se puede sobreseer a homicidas, abusadores, por ejemplo”, dijo a UNO una fiscal de Paraná.
“Para nosotros lo grave es que no sólo se da una interpretación que no tiene el Código, sino que favorece con una medida desincriminatoria en hechos tan graves”, afirmó la funcionaria, y agregó: “Queremos ir a juicio y si no hay pruebas que lo absuelvan, pero no porque no se pidió la prorroga de la investigación”.
“Más allá de violar todos los compromisos internacionales que nuestro país ha suscripto, en los cuales nos comprometemos a la lucha contra la corrupción, contra la violencia de género, contra el narcotráfico, una decisión así perjudica todo esto”, concluyó.
Ahora la Fiscalía está preparando el recurso de queja, es decir, un escrito para ir con este reclamo ante la Corte nacional, pero por una vía que puede demorar varios años para que los jueces del máximo tribunal del país se sienten a analizarlo.
Todo esto sucede en un contexto plagado de internas y diferencias en el ámbito tribunalicio, del que la sociedad es totalmente ajena, aunque esas disputas se expresan en resoluciones y sentencias (muchas veces cual si fueran jeroglíficos jurídicos) que afectan a todos.














