La Jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Elisa Zilli, condenó a Bruno Jesús Reynoso a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional al considerarlo autor material y responsable del delito de Coacciones e Incendio en Concurso Real en el marco de la Ley de Violencia de Género.
Por prender fuego la casa de la novia lo condenaron a tres años de prisión condicional
Asimismo le impuso el cumplimiento de normas de conducta por el mismo término de la condena, que de no ser cumplidos, harán que la condena sea efectiva.
La historia comenzó el 7 de marzo de 2015, cuando en la comisaría Segunda la víctima denunció que esa mañana, al rededor de las 6, estaba durmiendo en al casa con su pequeña hija y su madre, y escuchó un ruido muy fuerte.
Se asomó por la ventana y vio que Reynoso se subía a su auto Fiat 147 y se iba, mientras la puerta de la casa ardía en llamas y el fuego se metía hacia adentro. Luego lograron sofocar el incendio.
El día anterior, el acusado le habría enviado mensajes de texto en los que le decía a la joven que "quería hablar con ella para arreglar las cosas y así evitar odiarla o hacerle daño". Además, las fiscales sostuvieron que la relación entre ambos estuvo signada por "celos excesivos, controles excesivo y golpes" a los que le siguieron, luego de finalizada la relación otros hechos de violencia de género: "Un odio acérrimo se apoderó de él", denunció la víctima, según afirmaron las fiscales en los alegatos de apertura.
Los defensores oficiales Mariana Montefiori y Gaspar Recca manifestaron su desacuerdo con la acusación: "No van a poder acreditarse las coacciones ni la autoría del incendio" por parte de Reynoso.
Varios testigos declararon ayer, entre ellos la víctima, quien hace unos meses reanudó la relación con el acusado.