La adicción tiene a maltraer a un joven que llamaremos X y, por lo tanto, a su mamá. Tiene 19 años y desde hace un tiempo no podía dejar de consumir marihuana y ketamina, un potente anestésico de uso medicinal y veterinario, que comenzó probando en una fiesta electrónica. El 16 de septiembre pasado, alrededor de las 20, como ya había hecho otras veces, X entró a la plaza Elio Leyes, ubicada en calle Mitre y José María Torres de Paraná. Llevaba una mochila con ketamina, unos frascos con marihuana y un blíster con ansiolíticos que le había indicado su médica para iniciar un tratamiento para darle pelea a la adicción. Sentado en la oscuridad y en total soledad, acababa de inyectarse cuando cuatro uniformados lo cercaron. Comenzó en ese instante un procedimiento policial duramente cuestionado: desde la requisa ilegal de las pertenencias de X al permanente maltrato verbal y físico de casi todos los policías que participaron. Y otro clásico de la violencia institucional: el médico policial no anotó en el acta las lesiones que había sufrido.
Por la requisa ilegal a un joven deben capacitar a policías
Por José Amado
La causa que se había iniciado por venta de drogas se cerró porque la Justicia declaró la nulidad de la requisa de la mochila sin orden judicial, tal como pidió el defensor del joven. Además, la Fiscalía dispuso informar esa resolución a las autoridades policiales de la provincia para que capaciten al personal sobre cómo realizar un procedimiento acorde a las leyes y la Constitución. Ya hay gestiones con el Colegio de Abogados para avanzar en esta medida.
“Un contexto intimidatorio”
La discusión pasó en torno a la apertura de la mochila de X, donde hallaron pastillas, una jeringa, una balanza de bolsillo, tres frascos de vidrio y una bolsa de nailon con 76 gramos de cogollos de cannabis, y dinero. Los policías de la comisaría Octava y la Fiscalía negaron que haya sido una requisa, sino que el joven la abrió voluntariamente. La defensa sostuvo que hubo una intimidación a abrirla y que en realidad se trató de una requisa sin orden judicial, ni razón válida para hacerlo sin autorización de un juez o jueza.
El abogado que representó en la causa al joven detenido es Andrés Bacigalupo. En la audiencia donde pidió la nulidad de la requisa, enumeró una serie de puntos que se resumen a continuación:
* “El análisis global debe enmarcarse en el mundo de las detenciones sin órdenes judiciales, parte del universo jurídico por el cual el Estado nacional el 1° de septiembre de 2020 ha sido condenado en virtud de las violaciones a los Derechos Humanos básicos, atento a las miles de detenciones a personas que son trasladadas a comisarías sin control judicial eficiente, y que luego terminan posiblemente condenadas, con procesos durante años”.
* “En el parte de novedad se intenta obviar que hubo una requisa, son los propios funcionarios policiales que reconocen que el acto se trató de una requisa. El cliché de entrega o exhibición voluntaria las pertenencias es muy utilizado. Se solicitó de manera coercitiva la apertura de la mochila. Los policías, queriendo justificar un poco, empiezan a divagar en los típicos cliché: nerviosismo, aceleró la marcha… la mochila termina siendo abierta frente a un contexto intimidatorio, donde la fuerza denodadamente exige que muestre sus pertenencias”.
* “La requisa es una medida que ordena el juez, por imperio de la Constitución. Uno de los policías dijo que esto es protocolo ‘porque no sabemos si peligraba la vida, el riesgo, la salud del sospechado o de un tercero’. Fue curioso porque otro funcionario dijo que en ningún momento nadie corría riesgo”.
* “Como vengo diciendo hace mucho, el Estado argentino no resuelve el problema del consumo de las drogas de una manera eficiente, porque el primer contacto que tiene el Estado argentino con las personas que usan drogas es a través del derecho penal y no de programas sanitarios (…) Tuve el honor de participar en la sanción de la Ley de cannabis medicinal de Entre Ríos, que expresa en su artículo 18: se ‘deberá convocar a un grupo interdisciplinario compuesto por especialistas y representantes de organizaciones de la sociedad civil para brindar capacitaciones obligatorias en materia de cannabis para todas las personas que se desempeñen en la función pública’. Conforme a esta Ley, que todavía el Estado no reglamenta, tendríamos que estar trabajando en capacitaciones continuas respecto al abordaje de las políticas de drogas y los Derechos Humanos”.
* “X Decía que tenía derechos, quería un vecino que no sea policía, que llamen a la madre y nunca la llamaron, no les importó. Porque lo que había que hacer es estadística, cuidar el paisaje urbanístico y mostrárselo a los vecinos residenciales de la zona”.
* “Lo que acá se funda claramente es que la Policía procedió exclusivamente basado en estereotipos y con un claro ánimo de violar el derecho a la igualdad de X, porque fue un trato discriminatorio, desde la identificación hasta la requisa sin testigos. No debe haber quedado una garantía constitucional que no haya sido violada esa noche. El contexto de vulnerabilidad, como joven consumidor lo convierte en una persona que al olfato policial tiene las garantías restringidas”.
“El acta es pésimo”
En esa audiencia, el fiscal Santiago Alfieri sostuvo que fue legal el accionar policial y que el pedido de apertura de la mochila lo hacen los efectivos para evitar el conflicto. Recordó que los policías estaban abocados a custodiar el edificio del Iprodi, lindante a la plaza donde se estaban realizando unas obras. Además, sostuvo que el inicio del procedimiento estuvo fundado en la circunstancia en la cual los policías observar a una persona que, al verlos, se introdujo rápidamente hacia en interior de la plaza, en la oscuridad.
“Es un motivo válido donde la policía tiene que resolver. No es solamente cómo camina o cómo está vestido, aquí ocurrió algo más”, aseguró.
Por otro lado, el fiscal reconoció que las contradicciones entre lo que se escribió en el acta y lo que luego declararon los policías es algo habitual por las dificultades de lecto escritura del personal de la fuerza. “El acta única de procedimiento de parte de novedad es pésimo, como el 90% de los partes de novedad que tenemos, que luego a pulso de testimoniales tenemos que reconstruir, no lo que se quiso decir o se omitió, sino lo realmente ocurrido, porque es un problema formativo de las fuerzas policiales, lo que impregnan en las actas. Trabajamos con la deficiencia del asiento (…) Realmente se expresan mal”, dijo Alfieri.
“Inadmisible”
En la resolución que dictó en forma oral, la jueza de Garantías Carola Bacaluzzo dijo: “Advierto importantes diferencias entre lo declarado por los policías , hay al menos tres versiones acerca de cuál fue el motivo que generó la necesidad de requisarlo sin orden judicial”.
“El principio general del Código Procesal Penal es que la requisa personal al ser un acto que invade la intimidad y privacidad, solo puede ser ordenada por un juez. Pero esta potestad no es discrecional, el juez tiene que dar motivo suficiente para presumir que se ocultan en las vestimentas cosas relacionadas con un delito. Esto es central por la importancia que tiene la protección de estas garantías constitucionales de la libertad personal, intimidad y privacidad de todos los ciudadanos”, dijo la jueza, y agregó: “Si bien en ciertos casos la policía tiene facultades para proceder siempre que tenga motivos suficientes, al proceder sin una orden judicial debe justificar y describir fundadamente qué actos y conductas generaron sospechas, por la importancia de las garantías que se ponen en juego”.
En este sentido, explicó: “Si no le exigimos a la Policía que en un caso de urgencia dé motivos atendibles, de riesgos para integridad física de la persona o de terceros, llegaríamos al absurdo de que la policía tendría más facultades que un juez. Porque un juez debe motivar en qué razones funda la autorización de una requisa personal. La única forma de poder controlar, supervisar la legitimidad de un accionar policial como en este caso es que se den circunstanciadas, fundadas razones que justificaron ese proceder urgente. Qué hacía inconveniente o imposible solicitar la autorización judicial para proceder”.
Volviendo al caso de X, Bacaluzzo sostuvo: “Todos los funcionarios repiten como de memoria que la exhibición de la mochila fue algo voluntario, y la verdad es que creo que había un contexto intimidatorio, un chico frente a cinco policías, que denuncia lesiones y malos tratos, por lo cual descarto que la exhibición haya sido voluntaria. Entonces, la alusión de que el imputado intentó darse a la fuga, que estaba escondido en una parte oscura, o lo insólito: el olfato del oficial Martínez Zafuan para sentir un olor fuerte que emanaba de la mochila y el ruido a frascos, no resultan argumentos razonables ni suficientes para justificar en este caso la requisa personal de X sin una orden judicial”.
“La requisa es inadmisible, debe excluirse como evidencias válidas en el proceso por violación a los derechos de intimidad, privacidad, libertad amblatoria, honor y dignidad personal”, concluyó.
Luego de oír la resolución, el fiscal Alfieri dijo: “Solicito que se envíe copia de la sentencia resolutiva al jefe de la Policía de la provincia y al jefe de la comisaría Octava, a efectos de que adopten las medidas necesarias de capacitación respecto del momento de la novedad al MPF en turno en este tipo de procedimientos”.
Una guía de maltrato policial
El joven declaró en la Fiscalía. Luego de relatar su situación de adicción, contó lo que sucedió en la plaza Elio Leyes: “Ese día iba a terminar la ketamina que me quedaba y al otro día iba a empezar el tratamiento a rajatabla. Se me acercan cinco policías, me preguntan qué estaba haciendo, yo estaba viajado y no sabía qué responder. No estaba haciendo nada, ni molestando a nadie. Me costaba hablar porque cuando te inyectás ketamina es peor que si estuvieras en pedo. Se me acercaron, me preguntaron qué estaba haciendo, qué tenia en la mochila. Dije que ropa y me dijeron que la abra. Les dije ‘ustedes no pueden hacer eso si no estoy haciendo nada’. Me dicen ‘sos vivo’, me empiezan a maltratar y me sacan el celular, me sobraban, ‘yo soy la ley, no podés hacer nada, ya cagaste’. Me piden el celular y la clave, se la doy, me negué a abrir la mochila, me dijeron ‘ah te hacés el vivo, date vuelta’, y revisaron la mochila. Ellos siempre con falta de respeto, me insultaban”.
Luego, relató otros momentos del episodio: “Me sacaron la cosas de la mochila y me golpearon en la cara y en las rodillas. Me decían para quién vendía, yo les dije que era para mi consumo. Me decían ‘si hablás te va a ir bien, si no…’, les preguntaba qué me iba a pasar, y me decían ‘depende, si colaborás te va a ir bien’, me extorsionaban. Les pedí agua y no me querían dar. Cuando me abrieron la mochila les dije que llamen a testigos, se negaron y los llamaron después (de abrirla)”.
“Después me subieron al patrullero. Lo único que les pedía era que le avisaran a mi mamá. Me pusieron el buzo en la cabeza y les decía ‘no veo nada, por favor’, y me decían ‘no tenés que ver nada, solamente tenés que respirar’. Yo quería mirar lo que estaba pasando y me agachaba la cabeza, me decía ‘más abajo, chupate la v..., te hacés el vivo’. Lo único que les pedía que le avisen a mi vieja”, recordó X ante el fiscal.
En la Fiscalía especializada de Violencia Institucional, se abrió un legajo para investigar si X sufrió fue victima de vejaciones. Más allá de esta causa, en la resolución la jueza de Garantías Carola Bacaluzzo dijo: “Me llamó mucho la atención que denuncia no solamente haber recibido malos tratos verbales sino también golpes de la Policía, que se ven, y al confrontar el legajo, me llama la atención que el informe médico del doctor Juan Pablo Bertozzi, consta que revisó al imputado el 16 de septiembre a las 21.50, y no consigna ninguna lesión”.