El juez del Tribunal de Juicio, Rafael Cotorruelo, anunció este lunes la condena de Nicolás Sanabria, de 30 años, a cuatro años de prisión por causar un accidente vial que resultó en la muerte de Fernando Vince, un empresario de 44 años de Cerrito. La tragedia ocurrió el 8 de enero de 2022, cuando Vince, gerente del Frigorífico Flor del Ceibo, fue embestido por Sanabria, quien conducía bajo los efectos del alcohol. El siniestro se registró alrededor de las 8 de la mañana.
Muerte de Vince en Ruta 12: condenaron a Nicolás Sanabria a cuatro años de prisión
La Justicia condenó a Nicolás Sanabria a cuaro años de prisión y 8 de inhabilitación para conducir. El joven chocó y mató a un empresario en 2022, en la ruta 12
Por Gonzalo Núñez
Hoy, el juez dio a conocer su adelanto de sentencia en la que consideró que el joven es culpable del delito de homicidio culposo agravado debido a su conducción imprudente y antirreglamentaria. Explicó que en el debate se probó que aquel 8 de enero conducía bajo los efectos del alcohol, con 1,19 gramos de alcohol en sangre.
La audiencia de alegatos de clausura se llevó a cabo la semana pasada, tras el inicio del juicio el 17 de septiembre. Durante el debate, el fiscal Erik Zenklusen solicitó una condena de cinco años de prisión efectiva por el delito de homicidio culposo agravado, así como diez años de inhabilitación para conducir. En tanto, el querellante Flavio Steven pidió que el joven sea condenado a cinco años y medio de cárcel efectiva.
En contraste, la abogada defensora Corina Beisel abogó por la absolución de Sanabria, argumentando el beneficio de la duda. Las posturas fueron reafirmadas en los alegatos finales.
Resolución
Al explicar su resolución, el juez desestimó los argumentos de la defensa que intentaba sembrar dudas sobre las circunstancias del choque frontal. Evaluó que, a pesar de los intentos de cuestionar el incidente y el nivel de alcohol en sangre del acusado, las pruebas de los informes periciales sobre el accidente y los testimonios médicos confirmaron que Sanabria no estaba en condiciones de conducir debido a la ingesta de alcohol.
El juez también rechazó uno de los agravantes planteados por el fiscal, relacionado con la velocidad a la que Sanabria circulaba. Afirmó que, aunque se realizaron pericias sobre el estado de los vehículos y se registró una huella de frenada de aproximadamente 30 metros, no se logró demostrar con la certeza necesaria este agravante. "El supuesto exceso de velocidad que tenía el vehículo conducido, de que conducía a una velocidad de 130 kilómetros por hora, esto es, 20 kilómetros por encima de la máxima velocidad permitida, que era de 110 km por hora, entiendo que, con el análisis que hemos hecho en la circunstancia de distintas zonas, no se encuentra acreditado este exceso de velocidad", planteó.
El magistrado también tuvo en cuenta otro antecedente de Sanabria, el cual trajo a colación el querellante: el 20 de enero de 2019 en la Ruta 12, en el kilómetro 496, el joven fue sorprendido en el puesto fijo de Aldea Santa María con 1,82 gramos de alcohol en sangre. Por ese hecho se le quitó el carnét de conducir por un período importante de tiempo.
Finalmente, Cotorruelo entendió que Sanabria "actuó con desprecio" por la vida ya que meses después protagonizaría el choque en el que perdió la vida el empresario de Cerrito.