María Romilda Servini envió a Paraná la denuncia de Sergio Urribarri por "causas armadas"

La jueza María Romilda Servini, declaró la incompetencia del Juzgado a su cargo en la denuncia de Sergio Urribarri por irregularidades en juicio que lo condenó

20 de septiembre 2024 · 11:57hs

El Juzgado Criminal y Correccional Federal 1 de Comodoro Py, a cargo de María Romilda Servini, declaró la incompetencia del Juzgado a su cargo para entender en la denuncia que realizó el ex gobernador Sergio Urrubarri, por supuestas “graves irregularidades emergentes de actos estatales del poder judicial de la Provincia de Entre Ríos” en el juicio que lo condenó por cinco hechos de corrupción. Lo hizo en favor de la Justicia Criminal de Paraná que por turno corresponda.

El Juzgado Criminal y Correccional Federal 1 de Comodoro Py, a cargo de María Romilda Servini, sito en Avenida Comodoro Py 2002, piso 3°, en CABA, resolvió en el Expediente Nº1 / 2024 caratulado: NN: N.N. sobre Averiguación de delito denunciante: Urribarri, Sergio Daniel en trámite ante este Tribunal, “declarar la incompetencia por razón de la materia y territorio del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°1 a mi cargo, en la presente causa CFP 1521/24 del registro de la Secretaría N°2, en favor de la Justicia en lo Criminal local que por turno corresponda en la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos”.

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Así, dispuso que se notifique “con cédula de diligenciamiento electrónico, tómese razón y, firme que se encuentre, cúmplase en la remisión dispuesta y provéase lo que corresponda en la causa CCC 28992/24”.

La magistrada expresó que “por todo lo expuesto, considerando que los hechos aquí denunciados habrían acontecido en la Provincia de Entre Ríos dentro del marco de un procedimiento judicial local, sin que medie además ninguna otra acontecimiento que excite la intervención de jurisdicción de excepción, estimo corresponde de conformidad fiscal y así” resolvió remitir las actuaciones a suelo entrerriano.

La resolución de la jueza Servini retrasaría la divulgación de los resultados.
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En la relevante resolución Servini sostuvo que “mo obstante ello, lo expuesto no resultaría óbice alguno para un adecuado y sustanciado análisis dentro del procedimiento legal correspondiente y vía los órganos de revisión pertinentes, incluido nuestro más alto tribunal, de los agraviados traídos por el denunciante respecto del actuaciones que lo tienen como imputado y la conformación, entre otras circunstancias, del órgano de acusación que lleva la acción a su respecto”.

La jueza recordó que el inicio de las actuaciones se dio con la denuncia de Urribarri “acusando, sucintamente, ‘…que existen motivos suficientes que evidencian graves irregularidades emergentes de actos estatales del poder judicial de la Provincia de Entre Ríos, que hacen temer fundadamente que ha sido víctima de maniobras extremadamente arbitrarias e ilegítimas…”.

El ex gobernador, sostuvo que “existe una seria amenaza a la libertad personal del (denunciante)… que no puede ser neutralizada en el mismo fuero de donde provienen los acusados. En función de ello, solicitamos que verifique actos de la autoridad judicial y del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Entre Ríos que con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta estarían colocando en grave riesgo a la libertad personal del presentante toda vez que podrían existir indicios verificables en cuanto a que puntuales funcionarios constituidos en una suerte de ‘operadores judiciales’ estarían actuando al margen de la ley y dedicados al ‘armado de causas’”.

También denunció que “… si bien existe una ley que autoriza al titular de la Procuración General a dividir el trabajo de los fiscales, ello no lo pueden hacer en la forma arbitraria, irracional y sin ningún criterio de objetividad… a través de la creación de la fiscalía anticorrupción se ha concentrado la facultad de dirigir todas las investigaciones relevantes dentro de la exclusiva órbita de influencia de dos fiscales puestos discrecionalmente… respecto de todos los otros fiscales que tiene la provincia…”.

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Urribarri suplicó a Servini que “se investigue, la posibilidad de haberse iniciado más de tres decenas de ‘causas penales’ con este mismo ‘modus operandi’”. La jueza sopesó que el denunciante “… asimismo, en oportunidad de ratificar su denuncia, Urribari agregó que ‘…fue sometido a un proceso penal ante el poder judicial de la Provincia de Entre Ríos en donde se vislumbran graves irregularidades emergentes en actos estatales tanto en el poder judicial provincial y de su respectivo ministerio público… se llega a la conclusión de un proceso en donde el ‘armado de la causa’ lleve a un error, y con ello a una estafa procesal a quienes tengan que intervenir ya en el ámbito nacional, en esta Capital Federal”.

Urribarri denunció que “hay una conexión indudable entre la Procuración de la provincia y los Fiscales Gonzalo Badano y Patricia Yedro, así como de la destituida Fiscal, Cecilia Goyeneche, en donde el periodista Daniel Enz era un decisivo influyente en sus pensamientos… Tal como relato en el escrito que agrego a esta presentación, los Fiscales Badano y Yedro, fueron colocados discrecionalmente por Gonzalo García, en una dependencia ‘anticorrupción’ que resulta totalmente inconstitucional…”.-

Servini analizó que “el Ministerio Público Fiscal, en su oportuno dictamen de Carlos Ernesto Stornelli postuló la incompetencia del tribunal por estos hechos por razón de la materia y territorio, en favor de la justicia local de la provincia mesopotámica”. Contra esto “el denunciante devenido en querellante requirió como medidas urgentes previo resolver la cuestión, un conjunto de certificaciones de las actuaciones judiciales seguidas en su contra, que fueran parcialmente recogidas “a los fines de brindarle adecuada certidumbre a la denuncia de recepción”.

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