La policía encontró plantas de marihuana y llegó el momento de abrir el debate

El personal de la comisaría Quinta realizaron un operativo por una causa de robo y se encontraron con las plantas. ¿Qué dice la ley?
22 de diciembre 2016 · 13:22hs
Los policías de la comisaria Quinta, que tiene su sede en el convulsionado oeste paranaense, realizaron un procedimiento en el marco de una causa por robo y se encontraron con plantas de marihuana.

Los uniformados aprovecharon, le pusieron un cartelito enfrente a las plantas, le sacaron una foto y la distribuyeron entre los medios de comunicación.
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El título dice: "Secuestro de plantas de marihuana". Cada periodista lo tratará como pueda y saldrá como una noticia más.

En las redes sociales comenzarán los comentarios. El más común suele decir: "La policía encontró tres plantas y lo anuncian como un golpe al narcotráfico. Vende humo. Agarren a los narcos de verdad que están metidos con los poderosos".

Cada vez que la policía muestra que decomisó una planta vuelven a levantarse las voces de los disidentes.

Ahora si nadie abre el debate las discusiones quedarán en la virtualidad.

¿Qué dice la Ley?

Este año el Tribunal Oral Federal de Paraná dictó el sobreseimiento de un hombre a quien la Policía le había encontrado 12 plantas de marihuana en la despensa donde trabajaba.

Si bien siempre hay que analizar cada caso, se entiende que, para la justicia entrerriana, con este fallo se puede cultivar para consumo personal.

Entonces las plantas que encontraron hoy no implicarían ningún delito.



Jurisprudencia


El fallo Arriola: la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina en 2009, declaró la inconstitucionalidad del artículo 14 (segundo párrafo) de la Ley Nº 23.737.


Dicho pronunciamiento reconoce la inconstitucionalidad en el castigo a una persona adulta por la tenencia de marihuana para consumo personal en el ámbito privado.


Lo que dice la ley


La ley 23.737 es la que trata sobre los estupefacientes y data de 1989.


En su artículo 5 explica las penalidades (tanto carcelarias como de multas) que recaen sobre quien plante o tenga en su poder semillas, como así también para los vendedores.


Las penas son de 4 a 15 años de prisión y multas.


Más adelante se refiere a las penas para quienes alquilen o presten terreno para sembrar estupefacientes.


El código prevé para el adicto, además, una rehabilitación controlada por un juez.




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