El Jurado de Enjuiciamiento de Entre Ríos comenzó a juzgar este martes al juez de Trabajo N° 1 de Concepción del Uruguay, Eduardo Elías Flores, acusado por mal desempeño y malos tratos. En la primera jornada del jury se escucharon los alegatos de apertura y defensa, como así también a los primeros testigos.
Jury: qué dicen las denuncias contra el juez Eduardo Flores
El proceso contra el magistrado está previsto en la Ley de Enjuiciamiento Provincial N° 9283. El tribunal está integrado por la presidenta del Jurado de Enjuiciamiento, Verónica Mulone; el vicepresidente, senador provincial Armando Gay; los vocales del STJ, Daniel Carubia y Leonardo Portela y la vocal Gisela Schumacher; el representante del Colegio de la Abogacía Luis Leisa y el diputado provincial Gustavo Zavallo.
En su alegato de apertura, el Procurador General de la Provincia, Jorge Amílcar García, refirió que el magistrado fue denunciado por los abogados Ángel Fernández y Matías Melgares; y por Natalia Bordín, quien fue secretaria suplente del juzgado de Flores y renunció tras denuncia violencia laboral. Los tres denunciantes presentaron el pedido de jury a través de los abogados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet.
En el caso de los abogados Fernández y Melgares, el Jefe de Fiscales reseñó que los denunciantes manifestaron que el juez tuvo una conducta irregular en dos casos: en el expediente "Casaretto Jorge Milton c/ Effe Uffici SRL s/ cobro de pesos"; "Sánchez Roberto Marcelo c/ Gómez José Omar s/cobro de pesos". En uno de ellos, recordó que Flores habría acusado a uno de ellos de cometer el delito de fraude o estafa procesal.
Los dos abogados denunciantes señalaron que el juez llevó adelante "graves desórdenes de conducta, o inexcusables comportamientos incompatibles absolutamente con la altísima función judicial o derechamente violatorios de claras normas a las cuales deben sujetar su actuación los magistrados de una república, precedidas del decoro, la prudencia, el recato, la ejemplaridad y, sobre todo, de un piso mínimo ético infranqueable, so color de incurrir en cualquiera de las causales que dan pábulo a la remoción de un magistrado de su cargo y función".
Asimismo, sostuvieron que "ha echado manos para construir sus actos sentenciales a figuras delictuales para denostar de modo extremo, falaz y maliciosamente, la labor de algunos de los letrados de las partes e incluso para darle un sentido determinado al acto sentencial"
Por otra parte, el Procurador García se refirió a la denuncia de Natalia Bordin, quien renunció a su cargo como Secretaria Letrada interina en el juzgado de Flores, ya que, sostuvo, sufrió una persecución constante. Contó que la mujer ingresó al juzgado en abril de 2020, tras un ofrecimiento que le hizo Flores. Señaló que al principio la relación era buena y que incluso tenía un vínculo muy cercano al esposo de la mujer, José Luis Rebacco, apodado el Ruso, quien se desempañaba en una empresa avícola.
Agregó que en junio de 2021 el juez le pidió a la secretaria que elabore un Reglamento de Empresas, y que ésta se opuso porque incurriría en una incompatibilidad de funciones puesto que dicho protocolo fue "interesado" por su esposo.
En la denuncia, se cita como prueba un mensaje enviado por el juez a su entonces secretaria, donde le decía: “Quería preguntarte si el ruso había charlado con vos a ver si te había comentado acerca de lo que vinimos hablando de viaje [viaje que realizó el esposo de la abogada] de prepararles un reglamento de empresas, un esquema tipo borrador, modelo, estructura como le querramos llamar de un reglamento de empresa, y bueno si te lo había comentado quería charlar algo con vos al respecto para ver si te interesa”.
Al oponerse a elaborar el Reglamento de Empresas, Bordín aseguró que el magistrado emprendió "una cerril, ilegal, ilegítima y hasta patológica persecución y sistemático plan de denigración y desgaste, a quien no bastó con sus acosos laborales obligarla a renunciar a su cargo de Secretaria Letrada interina, sino también- desgastada y desahuciada- a su propio cargo titularizado de Oficial Principal, sino que en la actualidad, aunque parezca inverosímil y desopilante, le ha impedido su ingreso al juzgado, lo que no sólo la mortifica y discrimina de modo alevoso, sino que además le impide el libre ejercicio de su profesión de letrada del foro, habiendo el denunciado, de modo artero, falaz y miserable, efectuado una denuncia penal contra la colega denunciante, aduciendo como que ella lo habría amenazado”.
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Finalmente, el Procurador mencionó que al magistrado también se le endilga que le pidió a la abogada Leylen Irungaray -apoderada de una conocida empresa avícola- que contrate a su esposa, pero que el contrato sea firmado por otra abogada, socia de aquella, con el fin de que “él (Flores) no tuviera que excusarse en las causas que llevaba adelante la Dra. Irungaray en su juzgado”.
Es decir, así, el juez buscaba impedir excusaciones de su parte o recusaciones de parte de abogados que conocieran de que su esposa laboraba en el estudio de la abogada Irungaray, que al ser la apoderada de una reconocida empresa, tramita un importante volumen de pleitos laborales.
Por su parte, el abogado Miguel Ángel Cullen planteó que las denuncias son infundadas. "Cada palabra que se dijo en el descargo del jury va a ser ratificado", sostuvo y agregó que al juez Flores "se lo acusó por mal desempeño por sus resoluciones".
Sobre la denuncia de los abogados Fernández y Melgares, el letrado dijo que "las sentencias en las causas mencionadas en la denuncia no dan cuenta de una enemistad" o vicios contra los denunciantes.
En cuanto a la denuncia de la secretaria, planteó que su defendido solamente realizó una exigencia laboral habitual y que no violentó a la mujer. Por último, refirió que el mecanismo constitucional del jury debe ser respetado y consideró erróneo que se juzgue a un magistrado por las decisiones que toma en sus sentencias o porque alguien se sintió "violentada o amenazada" tras una exigencia laboral.