Un hombre fue condenado por explotar sexualmente a dos menores de edad en un prostíbulo de Paraná, donde además vendía droga. En un juicio abreviado aceptó pagar los delitos con cuatro años y medio de prisión, y el tribunal federal sentenció a favor del acuerdo entre la Fiscalía y el acusado. La investigación develó un contexto social dramático, signado por la violencia de género contra las dos víctimas adolescentes de 15 y 16 años, y su deterioro por la adicción al consumo de estupefacientes.
Explotaba sexualmente a dos adolescentes y vendía drogas
Hugo Daniel Altamirano, de 39 años, manejaba el bar El Sitio, ubicado en Galán y Los Jacarandáes, del barrio San Agustín. La causa se inició a partir de un llamado anónimo que quedó grabado en el contestador automático de la línea 131 de la Delegación Local de la Policía Federal Argentina. Un hombre denunciaba que en dicho local se prostituía a menores de edad y se comercializaba estupefacientes. De este modo se desplegaron diversas tareas de investigación para corroborar lo que manifestaba el llamado.
Vigilancia y allanamiento
Los policías pudieron observar en el bar la concurrencia de jóvenes, algunas menores de edad que se asomaban desde la parte trasera del local, el consumo de drogas, y la presencia de una mujer mayor de edad que ofrecía servicios sexuales, debiendo para ello pagar al encargado de la barra. Además, vecinos manifestaron que el encargado de la barra del local vendía estupefacientes y que en el fondo había habitaciones con colchones en el piso que eran utilizados para las relaciones sexuales.
El 6 de noviembre de 2011, el personal de Policía Federal, con la colaboración de la Oficina de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delito de Trata, del Ministerio de Justicia de la Nación, efectuaron el allanamiento a El Sitio. En el lugar se observó que sobre una mesa de pool había cinco mujeres, mayores y menores de edad, y un hombre, consumiendo alcohol y droga. En otro sector se hallaban cuatro mujeres más y tres hombres.
“Vulnerabilidad severa”
Las nueve mujeres quedaron a cargo de las profesionales de la Oficina de Rescate, quienes las entrevistaron. Las licenciadas Myrian Rua y Clara Mayaud, destacaron en su informe que “se advirtió uniformidad en el discurso de las mujeres en relación a las personas individualizadas como responsables del lugar y de las actividades que allí se desarrollarían. A tal respecto todas las mujeres coincidieron en que en el lugar se expenderían y consumirían distintas sustancias psicoactivas”.
Además, sostuvieron: “Reviste especial gravedad el hecho de que hayan sido halladas en el lugar dos adolescentes de 15 y 16 años; una de ellas manifestó que había consumido cocaína y bebidas alcohólicas. Algunas de las mujeres refirieron que solían concurrir otras niñas y adolescentes al lugar, por ejemplo una niña de 13 años apodada Lala, que ‘les bailaba’ a ‘los clientes’ varones a fin de conseguir alcohol y cocaína o bien dinero para adquirirlos”.
Por último, las profesionales de la Oficina de Rescate fueron categóricas al remarcar que “la totalidad de las mujeres entrevistadas” se encontraban “en una situación de vulnerabilidad severa”.
Acuerdo y prisión
En el juicio abreviado, como ya informó UNO la semana pasada, Altamirano, quien fue defendido por el abogado Alberto Salvatelli, y el fiscal general José Ignacio Candiotti, arribaron a un acuerdo. El acusado asumió ser responsable de los delitos imputados, y aceptó cumplir la pena de cuatro años y seis meses de prisión, en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná.
Finalmente, el Tribunal Oral Federal de Paraná, integrado por Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros, hizo lugar al acuerdo y tras analizar las pruebas de la causa dictó la sentencia condenatoria, y declaró a Altamirano “autor material y responsable de los delitos de trata de personas, en su modalidad de captación, y/o acogimiento o recepción de personas menores de 18 años, con fines de explotación sexual; en concurso real con los delitos de administración y/o regenteo de una casa de tolerancia, de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, y de usar estupefacientes, agravado por haberse cometido sirviéndose de menores de 18 años”.














