La Cámara de Casación Penal de Paraná resolvió no hacer lugar al recurso de casación interpuesto por el abogado defensor de los policías condenados por torturar a adolescentes en Rosario del Tala. Así se confirmó la sentencia del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay que encontró culpables a seis uniformados y les aplicó la pena de ocho años de prisión efectiva e inhabilitación absoluta y perpetua, por los delitos de torturas en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad y vejámenes. La misma sentencia condena a otro agente a la pena de dos años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación especial por cuatro años por omisión funcional ante los mismos delitos.
Confirmaron condena a policías que torturaron a adolescentes
Confirmaron la pena de prisión efectiva para seis uniformados que torturaron a dos menores de edad en 2012 en Rosario del Tala.
15 de febrero 2017 · 15:59hs
Foto: Reportala
La Cámara de Casación Penal de Paraná, integrada por Marcela Badano, Hugo Perotti y Marcela Davite, rechazó el martes el recurso presentado por Claudio Manfroni Reynoso, defensor de los imputados, contra la sentencia del 25 de agosto de 2015 que declaró responsables a Marcelo Milezzi; Ludmila Soto; Héctor Mori; Claudio Marcelo Monrroy; Gustavo Daniel Forneron y a Neri Andrés Magallan; y a Pablo Leoncio Segovia por omisión.
A los imputados, funcionarios policiales de la División Investigaciones de la Jefatura Departamental Tala, se les atribuyen distintos hechos de tortura, privación ilegítima de la libertad y vejámenes, que sucedieron los días 29, 30 y 31 de marzo de 2012, de los cuales fueron víctimas WR y JSR, ambos de menos de 18 años al momento del hecho.
En su presentación el abogado defensor sostuvo que el Tribunal omitió valorar la prueba producida en la causa, sustituyéndola por aserciones dogmáticas, contrariadas por las probanzas de autos. Asimismo señaló que se soslayaron las contradicciones de los tres testigos de cargo que declararon, entre otros argumentos.
La jueza Badano señala en su voto que "en la sentencia, se advierte que el vocal que comanda el acuerdo, dedica gran parte de su fundamentación, a explicar con detalle su elección por la credibilidad de los dichos de los menores JSR y WR. Se agrega, además, su testimonio en Cámara Gessel, que el Tribunal tuvo la oportunidad de apreciar". Perotti y Davite adherieron a su voto.