El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná condenó a cinco y tres años de prisión a los dos acusados de engañar y prostituir a dos mujeres correntinas en Chajarí, además de drogarlas para asegurarse la explotación sexual. Sin embargo, no se revocó la excarcelación del condenado a cinco años y recién sería detenido en caso de quedar firme el fallo. La pena de tres años es de cumplimiento condicional.
Condenaron a los dos acusados de trata de personas pero no van presos
A Sergio Raúl Cardozo, el TOF le dictó una pena de cinco años de prisión por el delito de “trata de una persona mayor de 18 años y trata de una menor, en concurso real con el suministro gratuito de estupefacientes para el consumo, agravado por ser en perjuicio de una menor de 18 años”.
En tanto, Antonio Gabriel Nonino fue condenado a tres años de prisión condicional y una multa de 100 pesos por ser “partícipe secundario del delito de trata de persona mayor de 18 años, en concurso real con tenencia simple de estupefacientes”.
La Fiscalía había reclamado 6 años de prisión para Cardozo y 4 para Nonino, además de una multa de 500 pesos y la prisión preventiva para ambos.
Sergio Raúl Tito Cardozo, de 29 años, y Antonio Gabriel Toni Nonino, de 26, según la acusación, engañaron a dos chicas correntinas con una supuesta oferta laboral en Chajarí, pero cuando las víctimas llegaron, les contaron el verdadero plan: tener sexo con hombres, a cambio de dinero del cual recibirían un porcentaje. Les dieron drogas, alcohol y las encerraron en el cuarto de un hotel. Antes de llegar a la habitación un camionero con quien los supuestos proxenetas concertaron una cita, lograron pedir auxilio por teléfono. A los minutos llegó la Policía, detuvo a los acusados y rescató a las mujeres.
Alegatos
El fiscal general José Ignacio Candotti afirmó que los hechos configuraron la Trata de personas, delito que “es la moderna esclavitud”. Además, sostuvo que se dieron tanto la captación, que es el primer momento en la trata, y el acogimiento de las víctimas. Además, consideró que se dio también el delito de tenencia simple y suministro de estupefacientes, lo cual relacionó con lo que se conoce como el “ablandamiento”, y la relación entre droga y trata de personas.
Finalmente, el fiscal solicitó seis años de prisión para Cardozo, por ambos delitos, y cuatro años y seis meses para Nonino, por trata, además de la prisión preventiva par ambos por existir riesgo en la seguridad de las víctimas, y el miedo de éstas a represalias.
Por su parte, el defensor de Cardozo, José Ostolaza, afirmó que el muchacho no captó a las jóvenes y que el estupefaciente era de ellas. “No existió la captación”, sostuvo. Reclamó la absolución para su defendido, y rechazó la prisión preventiva.
El defensor oficial de Nonino, Mario Franchi, sostuvo que “la acusación no ha fundado la imputación” por lo cual pidió la absolución. “No se especificaron las conductas que Nonino habría efectuado con Cardozo”, dijo.