Condenaron a la pareja que ingresó con más de 10 kilos de cocaína a Entre Ríos

La Justicia Federal condenó a una pareja de Misiones por transportar 10,430 kilogramos de cocaína ocultos en un vehículo y adosados al cuerpo en Entre Ríos.

12 de abril 2026 · 08:19hs

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, representado de forma unipersonal por la jueza Mariela Emilce Rojas, dictó el 9 de abril la sentencia condenatoria contra una pareja de misioneros que intentó ingresar más de 10 kilogramos de cocaína a Entre Ríos el año pasado. A través de un juicio abreviado, se resolvió la situación procesal de Eliseo Gustavo Rynas y Gladys Haydee Martins, quienes habían sido detenidos el 16 de enero de 2025 durante un operativo de control vehicular en el Puesto Caminero Paso Cerrito, tras descubrirse el cargamento de clorhidrato de cocaína distribuido estratégicamente entre el cuerpo del conductor, el paragolpes de un Peugeot 307 y una cartera.

El fallo al que accedió UNO se dictó en el marco de un juicio abreviado, una instancia donde los imputados, asistidos por la defensa pública, admitieron su culpabilidad y acordaron las penas con el Ministerio Público Fiscal, representado por Juan Sebastián Podhainy. Los condenados fueron identificados como Eliseo Gustavo Rynas, de 43 años y de ocupación chofer, y Gladys Haydee Martins, de 48 años, ama de casa.

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En 2025

El hecho que dio origen a la causa ocurrió la mañana del 16 de enero de 2025, aproximadamente a las 7:40. En aquel momento, personal de la Dirección de Prevención y Seguridad Vial apostado en el Puesto Caminero Paso Cerrito, ubicado en el kilómetro 341 de la Ruta Nacional 14 (Departamento Federación), detuvo la marcha de un vehículo Peugeot 307, que ingresaba a la provincia.

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Durante el control de rutina, los agentes policiales advirtieron un marcado estado de nerviosismo en Rynas, quien conducía el rodado. Al observar un elemento extraño y brillante bajo su vestimenta a la altura del pecho, se le solicitó que abriera su campera. La requisa inicial reveló una maniobra audaz: el hombre llevaba cuatro paquetes rectangulares adosados a su cuerpo con cinta adhesiva en la zona intercostal derecha.

Sin embargo, el hallazgo no terminó allí. Al inspeccionar el resto del vehículo, los uniformados detectaron anomalías en la parte posterior. En el interior del paragolpes trasero se encontraron ocultos otros cinco paquetes embalados con cinta azul. Finalmente, la inspección alcanzó las pertenencias de Martins, hallándose un décimo paquete de droga dentro de su cartera de cuero negro, la cual se encontraba en el asiento trasero. El pesaje final y los análisis periciales confirmaron que se trataba de 10,430 kilogramos de clorhidrato de cocaína.

Penas impuestas y unificación de condena

La justicia federal consideró a Eliseo Gustavo Rynas, apodado "Lito", como autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes. Dado que el imputado ya contaba con una condena previa de tres años en suspenso dictada por el Tribunal Oral Federal de Formosa en septiembre de 2024, la magistrada procedió a revocar la condicionalidad de aquella pena anterior. En consecuencia, se le impuso una pena única de seis años de prisión de cumplimiento efectivo, además de una multa económica. El tribunal solicitó su alojamiento definitivo en la Unidad Penal n° 17 de Candelaria, Misiones.

Por su parte, Gladys Haydee Martins fue condenada en calidad de partícipe secundaria del mismo delito. La sentencia para ella consistió en tres años y dos meses de prisión, bajo la modalidad de prisión domiciliaria.

Al momento de homologar el acuerdo alcanzado entre las partes y validar las pruebas recolectadas —entre las que se destacaron las pericias realizadas sobre el teléfono celular de Rynas—, la jueza Dra. Mariela Emilce Rojas concluyó: “La valoración del plexo probatorio recabado en autos, me habilita homologar el acuerdo propuesto por las partes, toda vez que se encuentran acreditadas las participaciones atribuidas a los procesados Gladys Haydee Martins y Eliseo Gustavo Rynas, evidenciándose la autodeterminación de los nombrados al tráfico de estupefacientes, bajo la modalidad de transporte. Los actos ejecutados por los imputados y sus roles, surgen esencialmente de las pericias realizadas sobre el teléfono celular cuya titularidad le pertenecía a Rynas, y el secuestro del material estupefaciente en ocasión del control vehicular de rutina desplegado por personal de Policía de la Provincia de Entre Ríos, en el puesto Caminero Cerrito, desarrollado de conformidad a la normativa vigente en material procesal”.

La sentencia completa

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