La Cámara de Casación Penal de Concordia confirmó la condena a 11 años de cárcel al cura Juan Diego Escobar Gaviria por un caso de corrupción de menores. La pena inicial se dictó el 27 de noviembre de 2020. Se trata de la segunda pena al sacerdote.
Casación confirmó la condena al cura Escobar Gaviria
Escobar Gaviria ejercía como párroco de San Lucas Evangelista, en la localidad de Lucas González, entre 2015 y 2019, cuando fue denunciado. En principio había sido condenado el 6 de septiembre de 2017 por haber abusado a cuatro menores de edad. Desde el 21 de abril de ese año está encarcelado en la Unidad Penal de Victoria, aunque la pena fue modificada a partir de un fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que anuló uno de los cuatro casos por los cuales fue condenado.
La condena se redujo a 23 años, lo que fue cuestionado por la defensa de Escobar Gaviria. El próximo 25 de abril la Cámara de Casación Penal de Paraná dará a conocer su veredicto al respecto de esta condena. La segunda condena, a 11 años de cárcel, en 2020, es en el marco de la denuncia que efectuó contra Escobar Gaviria el joven Santiago Tavares.
En aquel momento, la víctima indicó que ingresó como monaguillo y, con el pasar de los meses, "empezaron a cambiar las cosas": "Tenía actitudes que eran diferentes. No era la persona seria que yo había conocido. Un día yo estaba jugando junto a otros chicos en el comedor y me llama Juan Diego. Me pide que lo acompañe a la pieza. Cuando entro, cierra la puerta con llave y me empieza a hablar. En la pieza tenía una computadora donde preparaba la predicación de la misa de la tarde, así que nosotros íbamos y jugábamos en esa computadora. Pero ese día me empezó a tocar. No me gustó. Me levanté y me fui. Fui a la otra computadora, y no dije nada. No le conté a nadie. Fui como si nada. Después me empezó a hablar, a explicar con chamuyos lo que había pasado. Entonces, vinieron hechos más graves".
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Por esta pena de 11 años, la defensa de Escobar Gaviria recurrió y ahora la Cámara de Casación Penal de Concordia se pronunció en rechazo al planteo del acusado y confirmó la condena. En este sentido el vocal Darío Perroud sostuvo: "De este fallo se destaca la relevancia que se da al testimonio de la víctima y su complementación con prueba indirecta, de terceros, pero bajo ningún aspecto podemos decir que sea contradictorio con lo resuelto en la presente causa, donde justamente la prueba de cargo más importante viene dada por el testimonio de la víctima, tamizado bajo los criterios enunciados oportunamente, y confirmados al valorar desde la sana crítica el resto de la prueba producida". A esta postura adhirieron también sus colegas María Evangelina Bruzzo y María del Luján Giorgio