A Varisco lo condenaron por poner el municipio a merced del narco Celis

Al fundamentar la sentencia el Tribunal Federal habló de la narcocorrupción y del rol del exintendente en la banda del "Tavi" Celis.
9 de febrero 2020 · 21:55hs

Fueron publicados los fundamentos de la sentencia que condenó a Sergio Varisco a seis años y medio de prisión, y a los integrantes de la banda narco liderada por Daniel Celis. El aporte del exintendente de Paraná al comercio de cocaína, el rol como intermediarios de sus subordinados Griselda Bordeira y Pablo Hernández, el financiamiento de la política permeable al narcotráfico, la disposición del Tavi sobre la Unidad Municipal 2, el desvío de fondos públicos a sus arcas y la credibilidad de la declaración de Luciana Lemos, son algunos de los principales puntos de un fallo histórico.

En uno de los párrafos de las 511 páginas de la resolución, el Tribunal Oral Federal de Paraná, integrado por Lilia Carnero, Noemí Berros y Roberto López Arango, se refirió a uno de los problemas que reveló esta lamentable historia más allá de la causa misma: “No es casualidad que el financiamiento político en los niveles municipales y provinciales carezca de una sólida legislación, en cierto punto porque cunde el desinterés en este aspecto, o en todo caso, los gobiernos eternizan esta situación para disimular la recepción de dineros espurios”.

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Luego, los jueces definieron: “En este marco, se advierte que un aspecto de la narcocorrupción es el ingreso de dinero ilícito para financiar las campañas políticas, por supuesto que esta contribución no es gratuita. En la emergencia, surge del plexo probatorio que el propósito de Daniel Celis era obviamente tener autoridad e influencia, para manejar, dominar, ser una especie de regente de la importante Unidad Municipal 2, que tenía jurisdicción en un extendido ámbito territorial de esta ciudad y, en su consecuencia, ese enclave institucional le concedería protección para continuar con la actividad prohibida”.

Celis “quería poder político en su territorio de influencia, pues pretendía operar libremente, con salvoconducto del propio municipio; instalar a sus seguidores en distintos estamentos; acaparar dinero que provenían del cobro de determinados ítems o adicionales que se pagaban por planilla complementaria, los días 15 de cada mes, en la Unidad Municipal 2. Todo esto consiguió a partir del 11 de diciembre de 2015”, afirmó el tribunal, es decir desde la llegada de Varisco a la Intendencia.

En este sentido, detallaron que el narcotraficante recibía 50.000 pesos mensuales “para gastos de traslado y de organización”, y que posiblemente seguía percibiendo parte de los adicionales que se retenían en la Unidad Municipal 2.

Una pregunta con diversas respuestas ha sido: ¿Por qué Celis buscó hasta el final desvincular de su negocio ilícito a Varisco, Hernández y Bordeira? El tribunal optó por una de ellas: “Es que sigue necesitando protección política y económica, y la podía conseguir, pues luego del 11 de diciembre del año pasado, Varisco fue nombrado asesor del Concejo Deliberante, continuaba intacto su poder político y la cobertura del partido”.

Los jueces entendieron que se probó “irrefutablemente que durante los primeros días de septiembre del año 2017 se celebró un acuerdo entre el intendente, secundado por el concejal Hernández y por la sargenta 1º de la Policía de Entre Ríos Bordeira (N. de la R.: el lenguaje inclusivo corresponde al fallo) y Celis, (con la intervención de Luciana Lemos), cuya finalidad era proporcionar recursos económicos periódicos para que la organización ilícita pueda continuar adquiriendo y comercializando material estupefaciente”.

El Tribunal eligió uno de los episodios expuestos en el juicio para describir el rol de Varisco: “Los diálogos transcriptos y valorados son elocuentes del compromiso de Varisco con el delito de comercialización de estupefacientes, aunque no son de su autoría, son de sus colaboradores más inmediatos, con quienes tenía una fluida comunicación, tan es así, que Bordeira le hizo escuchar del celular de Lemos los reclamos de Celis. Esta escena, fácilmente imaginable, está relatada de tal forma que se puede afirmar que fue real. Es un suceso ajustado a un normal suceder cotidiano”.

Entonces, los jueces consideraron que “fue él quien generó el primer acuerdo ‘político’”, entonces “él era quién debía compensar esos favores, una vez en el poder. No necesitaba comunicarse con el líder caído en desgracia, era el Lord Mayor de Paraná, para eso usaba a sus colaboradores”.

“Por supuesto que actuó tratando de no aparecer visible, no quería aumentar las sospechas, que las había, y muchas; por eso, utilizando su investidura se encubrió bajo la protección de Bordeira y Hernández”, afirmaron.

Además, el tribunal sostuvo que “existen indicios serios y concordantes de que se realizaron múltiples entregas de dinero provenientes de las arcas municipales; aprovechando el desorden contable, para contribuir a la comercialización de estupefacientes”.

Los abogados defensores de Varisco y los demás condenados trabajan desde hoy en los recursos de Casación que presentarán dentro de los próximos 10 días hábiles. Asimismo, los fiscales José Ignacio Candioti, Leandro Ardoy y Carlos García Escalada evaluarán si plantearán alguna queja sobre las disidencias que existió en el fallo respecto a sus pedidos, aunque en la mayoría de los imputados hubo coincidencia.

Lemos “es una persona capaz y con mucha determinación”

Luciana Lemos, la expareja de Daniel Celis, fue el centro de los ataques de los defensores, ya que la mujer declaró e incriminó a todos en la causa Narcomunicipio. El tribunal sostuvo que su relato es creíble, y en la sentencia dedicó varias páginas para fundamentarlo. Se citan algunos puntos:

*“Una fuente de datos importante es la declaración de Lemos. No obstante, ella no es el único cauce, sino que existen otros, con mayor jerarquía, que la precedieron”.

*“Su credibilidad se acreditó, porque fue realizada con total serenidad, no fue un discurso estudiado o forzado, y cuando depuso sobre hechos ajenos, recibió el sostén de pruebas independientes”.

*“En su declaración ella se colocó en el centro de la escena, no pretendió extrañarse, ni exculparse”.

*“Que la indagatoria de Lemos haya sido precedida de una ‘extorsión legal’, como lo expuso el letrado (defensor) en su alegato, es sorprendente, más aún increíble, ni es posible conjeturar que existió una solapada amenaza por parte de alguno de los operadores judiciales para arrancar esa declaración. Menos aún se puede sostener que le hayan prometido una mejora en su situación de detención”.

*“La propia imputada manifestó que ella se dispuso a declarar a pesar del consejo en contrario de su defensora técnica”.

*“Lemos es una persona plenamente capaz, con mucha determinación; se escuchó un relato verosímil y creíble, por sus detalles y su orden lógico”.

*“No hay odio ni resentimiento hacia Daniel Celis, con quien convivió y es el padre de tres de sus hijos; ni puede catalogarse su postura como narcisista, queriendo situarse como heroína. No se revelan razones ocultas o taimadas contra Varisco, Bordeira y Hernández”.

* “Sus dichos y las anotaciones en los cuadernos son totalmente fiables”.

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