El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER) manifestó su rechazo ante el "sorpresivo" nombramiento en el Juzgado de Familia Nº3 de Concordia. A su vez, adhirió al comunicado de prensa emitido por la sección local del CAER en esa ciudad.
El Colegio de la Abogacía repudió nombramientos sin concurso
“Nuestra institución ha reprochado históricamente este tipo de prácticas por el daño que generan en la credibilidad de las instituciones. Debemos bregar por un servicio de justicia de calidad, por lo tanto, los nombramientos de cargos tan importantes deben ser lo más transparente posibles, mediante concursos y sin injerencia alguna de otros poderes del Estado”, aseguro el presidente de la entidad, Alejandro Canavesio.
En su comunicado, la Sección Concordia del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos hizo pública su “enorme preocupación” por la reciente designación de Delfina Valeria Geist, exconcejal de Federación, como jueza de Familia Nº 3 de esa ciudad, a lo cual calificó de "proceder total y absolutamente irregular, llevado adelante por parte del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos".
"La designación de la Dra. Geist para cubrir una vacancia y/o interinato, la cual calificamos por lo menos de irregular, no resulta novedoso, pues hemos sido testigos en los últimos tiempos a que el STJER proceda al llenado de las vacantes que se originan en el Poder Judicial de nuestra ciudad y hasta el nombramiento definitivo de los jueces titulares, con profesionales, en muchos casos, sin experiencia suficiente y/o cuyos méritos técnicos o académicos son cuestionables para el ejercicio de tan trascendental responsabilidad, es más, ignorando a los propios de nuestras ciudad", dice el texto.
"Esta inexplicable actitud no resulta ingenua o menor ya que dichas personas, carentes de los requisitos suficientes para el ejercicio del cargo, van generando antecedentes y/o experiencia que posteriormente les permite disputar la titularidad del cargo vacante en los futuros concursos a celebrase en franca ventaja sobre otros postulantes que no han tenido dicha discrecional posibilidad". agrega.
Y agrega: "Lamentablemente en el caso del nombramiento de la Dra. Geist el STJER ha dado un peligroso paso más allá, en el ejercicio de las facultades que discrecionalmente utiliza, pues en contra de toda lógica ha obviado la existencia de una terna surgida del Concurso para el Juzgado de Familia N°3, ya celebrado para ocupar dicho cargo y donde ya existían profesionales evaluados a fin de titularizar como jueces o juezas de Familia".
Consideraron además que "deberá tenerse en cuenta las personas que han concursado para el fuero de familia, porque ello no solo habilita su mérito sino el conocimiento específico de la materia".
Finalmente exigieron que el Superior Tribunal de Justicia que "tome inmediata intervención en el asunto y se ajuste al procedimiento específico para designación de Juez y/o Jueza de Familia, respetando el orden de mérito respectivo"; e instaron al "cese definitivo en la discrecionalidad de los nombramientos de cargos suplentes con personas que no son idóneas, como se ha venido llevando adelante desde hace un tiempo a esta parte por del STJER y que las vacantes sean ocupadas por las personas más preparadas a fin de garantizar a los ciudadanos, los únicos merecedores y destinatarios, de un mejor Servicio de Justicia".