En Paraná y María Grande decenas de árboles fueron talados. Ante esta situación, UNO conversó con Myriam Martinez, profesora en la cátedra Espacios Verdes en la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nacional de Entre Ríos, la Unidad de Vinculación Ecologista de la fundación La Hendija y la Asamblea de Arbolado de Paraná para comprender el impacto en las ciudades y conocer las herramientas legales con las que cuenta la ciudadanía.
Decenas de árboles talados y una sociedad que pide conciencia
El ambiente sano es un derecho humano que, en muchas ocasiones, no se respeta. Qué legislación está vigente en cuanto a las podas de árboles.
Por Camila Gomez
— ¿Qué beneficios tiene el arbolado en las ciudades?
—El arbolado urbano cumplen diversas funciones, que además de la ambiental, está la social y la económica. Las más importantes tienen que ver con la proyección de sombra sobre la vereda y en el mejor de los casos sobre la calle, produciendo una mejora de confort en la zona de proyección de esa sombra. Más aún ante la realidad de cambio climático marcada por eventos extremos como olas de calor, sequía e inundaciones.
En entornos en donde el árbol está plantado en un paño verde, ayuda a que el agua logre infiltrarse y llegar a las napas a través del sistema de filtrado de la copa y las raíces. Ésta función que cumple la vegetación en su entorno natural es muy importante, pero en las ciudades solo se cumple cuando tienen un paño verde circundante al árbol. Otra función que depende de las características de la rugosidad, el tamaño y cantidad del follaje es la captura de partículas contaminantes que se encuentran suspendidas en el aire. Y en menor volumen contribuyen en la captura de carbono.
También hay beneficios sociales, que se perciben en los espacios verdes de permanencia (plazas, parques) y se refieren al estar en un entorno verde de calidad, donde poder hacer ejercicio y pasar tiempo de esparcimiento.
Desde lo económico, toda formación verde, como un buen arbolado en vereda o avenidas, lo que hace es darle valor a la zona, muchas veces aumentando el valor de las propiedades inmuebles o haciendo más atractivas las zonas que conservan arbolados en buen estado.
Los árboles cumplen un nexo en varios elementos de la naturaleza, lo que hace que nuestra vida en las ciudades sea posible. Desde la recarga de las napas con el previo filtrado que realizan las plantas, para garantizar disponibilidad de agua de calidad. La captura de carbono y partículas contaminantes, genera beneficios en la calidad del aire en las ciudades. Claramente la sombra es necesaria, ya que el calor hace que suba la temperatura en los espacios que la absorben (como el cemento y el asfalto) y así se evita el efecto isla de calor, fenómeno donde las ciudades absorben temperatura durante los días de calor, y si no logran liberarla durante la noche ese calor se acumula, provocando un aumento generalizado de la temperatura, lo que acarrea un mayor consumo de energía para acondicionar los ambientes, y los padecimientos por parte de la población que no cuenta con instalación de esos equipos.
También la distribución de espacios verdes hace a un tema de salud mental, ya que aquellas ciudades altamente urbanizadas y densificadas, donde las personas no tienen ese verde en sus casas, necesitan contar con espacios verdes de calidad y cercanía. Y ahí es donde podemos percibir lo inequitativo de la distribución de los espacios verdes de calidad.
—¿Existen ordenanzas contra la tala?
—En primer lugar nuestra Constitución Provincial, que es quizás una de las más avanzadas a nivel nacional, en su artículo 85 establece, que “El Estado asegura la gestión sustentable y la preservación de los montes nativos, de las selvas ribereñas y de las especies autóctonas, fomentando actividades que salvaguarden la estabilidad ecológica”. Sí bien tenemos una Ley Nacional de Presupuestos Mínimos sobre Protección de Bosques Nativos (N° 26.331), la planta urbana queda fuera de esa ley, por tener una categoría distinta, donde el espacio de intervención corresponde a las normativas locales.
Una vez que se define que el arbolado es público, corresponde al Estado su gestión, cuidado y preservación. De todos modos siempre corresponde a la ciudadanía el deber de cuidar y el derecho de reclamar cuando no se están cumpliendo esas normas, que se expresan en políticas públicas.
Desde Asamblea Arbolado Paraná se logró mediante una solicitud de Acceso a la Información Pública Ambiental presentada en 2022, que el Estado municipal reconozca su responsabilidad en cuanto al Código Ambiental de la ciudad Ordenanza N°7717, el cual es muy completo tanto en la protección del arbolado, así como la potestad de la ciudadanía de hacer cumplir esta protección ante daños al arbolado.
En Paraná vivimos una experiencia muy fructífera, a partir de una mesa de arbolado urbano, que logró redactar de manera participativa una ordenanza integral, con definiciones muy interesantes. Si bien fue votada por unanimidad en el Concejo Deliberante, fue vetada íntegramente por el exintendente Adán Bahl. La normativa actual es acotada en ese sentido, aunque de gran relevancia, menciona que sí el árbol es preexistente al plano de construcción o de reforma, quien lleve adelante la obra debe respetar la presencia del árbol y diseñar de tal manera que el garaje o entrada no esté frente al árbol, y si lo está debe tener un camino derivado para esquivarlo y preservarlo.
Lo que hace falta son inspectores que hagan cumplir la normativa, como también personal municipal que conformen equipos técnicos con criterios multidisciplinarios para tomar decisiones correctamente, y para que en caso de ser necesario puedan hacer podas selectivas, que no dañen estructuralmente al árbol. Al ser el arbolado público, la potestad es del Estado, el vecino no puede podar ni talar. Sólo puede peticionar a las autoridades que acudan. Muchos pedidos no son receptados y los particulares terminan tomando decisiones por sí mismos.
En María Grande cuentan con una ordenanza, la N° 89, que prohíbe y regula estas prácticas, la cual a las claras no se ha cumplido, sanciona al privado por tala indiscriminada y lo obliga a hacerse cargo del pago para la reposición del daño. Sin embargo, hace falta una clara política que regule esa reposición, a igual daño misma reparación con ejemplares de las mismas especies que puedan brindar igual defensa y calidad de salud ambiental.
—¿Qué recursos legales puede accionar la comunidad para defender su derecho a un ambiente sano?
—El derecho a un ambiente sano es el único derecho-deber constitucionalizado, por tanto, como ciudadanía tenemos la potestad de peticionar en su defensa cuando no se cumple, haciendo reclamos y denuncias ante los Ejecutivos municipales o la Defensoría del Pueblo. En casos extremos se puede interponer un amparo cuando exista peligro grave de sufrir un daño. Pero lo que también sucede es que sí el árbol ya fue talado o podado, poca eficacia le queda a esta herramienta judicial.
—En Paraná y María Grande decenas de árboles fueron talados, ¿puede tomarse esta decisión sin consenso de la sociedad?
—Sí bien es necesario evaluar cada caso en concreto, hoy es ley en nuestro país el Acuerdo Regional de Escazú sobre Acceso a la Información, Participación y Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. Este instrumento que plasma la democracia ambiental para nuestra región, establece que la participación ciudadana debe darse “desde las instancias iniciales de la formulación de los proyectos” es decir, cuando todas las opciones están abiertas y aún no se han tomado decisiones. Ello debe ser acompañado del principio de máxima publicidad donde el Estado debe poner a disposición del público la información relativa al ambiente de manera clara, legible, oportuna y proactiva para que la ciudadanía pueda participar de manera informada. Lo que sucede muchas veces es que las obras públicas están desprovistas de criterios ambientales y no cuentan con Estudios de Impacto Ambiental, por considerar que son de baja escala y tampoco dan espacio a la participación ciudadana. Cada vez se hace más necesario preservar el arbolado urbano, para garantizar una calidad de vida aceptable para generaciones presentes y futuras, lo que repercutirá en mitigar los efectos del cambio climático.