El condenado por explotación sexual de chicas en Concordia, Gustavo Alfonzo, había pedido el beneficio de salidas laborales. La Fiscalía se opuso y a su vez la víctima, en una entrevista televisiva, había expresado su desacuerdo por temor. Recientemente el Juzgado de Ejecución de Penas resolvió rechazar el pedido, entre otras razones, por los dictámenes negativos del Servicio Penitenciario, cuyos equipos técnicos observaron conductas que el preso debería mejorar si quiere, en el futuro, acceder a beneficios.
Gustavo Alfonzo no tendrá salidas laborales
Por José Amado
Alfonzo fue juzgado en 2017 y condenado a 10 años de prisión por Trata de persona con fines de explotación sexual, pena que cumple en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná. En agosto del año pasado solicitó, a través de su defensora pública oficial, que le otorguen permisos de salidas socio familiares y trabajo extramuros.
El planteo se formalizó ante el juez del Tribunal Oral Federal de Paraná, a cargo del Juzgado de Ejecución de Penas, Roberto López Arango. La defensora Noelia Quiroga expresó los fundamentos del pedido que había formulado; por su parte, el fiscal general José Ignacio Candioti sostuvo que, en el marco de la vigencia de la Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, resultaba necesario informar a la víctima de trata para que exprese su opinión acerca del pedido de Alfonzo, lo cual debería ser valorado previo a decidir otorgarle el beneficio al condenado.
Luego, la víctima habló en una entrevista con el programa televisivo Cuestión de Fondo, en la cual manifestó que tenía miedo de que Alfonzo pudiera salir y amenazar o violentar principalmente a su familia, que vive en Concordia.
El fiscal agregó que, no solo a la víctima le infundiría temor una eventual salida de Alfonzo, sino también la madre de la joven que fue quien realizó la denuncia inicial que desencadenó la investigación que, posteriormente, desbarató la red de trata que operaba en Concordia.
Finalmente, la joven no fue citada a una audiencia para conocer formalmente su opinión acerca del pedido realizado por Alfonzo. Al parecer, los elementos aportados en el informe del Equipo Técnico del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, como del director de la Unidad Penal Nº 1, fueron suficientes para rechazar el otorgamiento del beneficio.
El dictamen de los profesionales indicó que Alfonzo habría generado disturbios en áreas de trabajo, y también se habían registrado quejas de otros internos por la conducta del explotador sexual. Por eso, la opinión fue negativa.
Además, el juez valoró que Alfonzo pidió trabajar en el sector de la panadería del penal, que tiene un espacio de venta al público, lógicamente con salida directa a la vía pública y con reducida vigilancia penitenciaria, lo cual ocasionaba un riesgo de fuga.
En el juicio y en la sentencia quedó claro que la banda que encabezaba el otrora conductor de radio y publicista captaba a menores en estado de vulnerabilidad y organizaba de eventos en los que clientes pagaban altas sumas de dinero para violar a las adolescentes, muchas de ellas menores de edad.
También se demostró que el hombre gozaba de una impunidad que le permitió captar menores para que sean supuestamente promotoras y ganarse unos pesos para no pasar tantas necesidades. Esa era la puerta de entrada para ser ingresadas en la droga y prostitución.
La declaración de la víctima fue fundamental para conocer la verdad, al recordar la promesa de trabajo por parte de Alfonzo y que una noche debió ir a un departamento y la obligó a quedarse ahí, donde la explotaba sexualmente con hombres, y la llevaba, junto a otras chicas, a fiestas privadas en quintas.