El proyecto contra el acoso sexual callejero fue aprobado por amplia mayoría en la Legislatura porteña, por lo que los infractores serán penados con multas de hasta 1.000 pesos. La norma contó con 43 votos a favor y apenas dos abstenciones de bloques de izquierda.
Habrá multas de hasta $ 1.000 por acoso callejero en la Ciudad de Buenos Aires
Serán catalogados como acoso sexual: comentarios sexuales directos, comentarios sexuales indirectos al cuerpo, fotografías y grabaciones no consentidas a partes íntimas, persecución, arrinconamiento, entre otros.
8 de diciembre 2016 · 17:11hs
La iniciativa, del legislador kirchnerista Pablo Ferreyra y acompañada por el diputado Gabriel Fuks, tiene por objetivo "prevenir y sancionar el acoso sexual, producido en espacios públicos o de acceso público, en los que se hostigue, maltrate o intimide y que afecten en general la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de personas basados en su condición de género, identidad y orientación sexual".
El texto precisa que acoso sexual verbal o físico "es toda conducta unidireccional, física o verbal, producida por una o más personas en contra de personas, basado en su condición de género, identidad y orientación sexual que no desean o rechazan estas conductas por considerar que afecta sus derechos a la dignidad y a la integridad".
De acuerdo a la ley sancionada, serán catalogados como acoso sexual: comentarios sexuales directos, comentarios sexuales indirectos al cuerpo, fotografías y grabaciones no consentidas a partes íntimas, contacto físico indebido o no consentido, persecución y arrinconamiento, masturbación, exhibicionismo.
En ese sentido, se establecerán penas de hasta diez días de trabajo de utilidad pública y multas de hasta 1.000 pesos a los infractores.
De acuerdo a la ley sancionada, serán catalogados como acoso sexual: comentarios sexuales directos, comentarios sexuales indirectos al cuerpo, fotografías y grabaciones no consentidas a partes íntimas, contacto físico indebido o no consentido, persecución y arrinconamiento, masturbación, exhibicionismo.
En ese sentido, se establecerán penas de hasta diez días de trabajo de utilidad pública y multas de hasta 1.000 pesos a los infractores.












