La defensora oficial de Matías Farías, principal acusado de violar y asesinar a Lucía Pérez en la ciudad de Mar del Plata el 8 de octubre de 2016, aseguró hoy, durante los alegatos del juicio, que "no existió delito alguno" y pidió su absolución, al considerar que la falta de consentimiento por parte de la adolescente de 16 años "no pudo ser probada ni remotamente", que la menor consumió cocaína "voluntariamente" y que según peritos es "altamente probable" que su muerte se debiera a una asfixia tóxica.
Lucía Pérez: en los alegatos pidieron perpetua y absolución
Lucía Pérez fue violada y asesinada en la ciudad de Mar del Plata el 8 de octubre de 2016.
En su alegato de cierre ante el Tribunal Oral en lo Criminal 1 marplatense, María Laura Solari, a cargo de defensa de Farías (29), cuestionó a su vez la actuación de la fiscal inicial del caso, María Isabel Sánchez, quien sostuvo horas después del hecho que la menor había sido empalada y había muerto a causa del dolor producido por un abuso sexual. Solari dijo que Sánchez "es la única persona que debiera estar sentada hoy aquí", porque "todo lo que hizo generó una situación y un dolor inconmensurables".
La defensora inició su alegato esta mañana en la sala de audiencia del sexto piso de los tribunales locales con la reproducción de declaraciones de la fiscal que estuvo al frente del caso, y que sostuvo la hipótesis del empalamiento, lo que aseguró que provocó "una sentencia condenatoria de toda la sociedad inmediata y unánime" sobre Farías y sobre le otro imputado, Juan Pablo Offidani (47).
"Todo lo que afirmó en el comienzo la doctora Sánchez es falso y no existirá forma de borrar esa idea", dijo Solari, y sostuvo, en línea con lo que había adelantado en la apertura del juicio, el 7 de febrero último, que el empalamiento "jamás ocurrió" y que "sin pruebas en qué sustentarse se siguió buscando al violador serial". "No podemos dejar de resaltar que aun una investigación eficiente no hubiera arrojado un resultado distinto", aseguró.
Al analizar las pruebas presentadas en este segundo proceso oral, la defensora dijo que Lucía "tomó libremente y bajo ninguna presión la decisión de ir a encontrarse" con Farías en la mañana del 8 de octubre 2016, luego de conocerlo el día anterior. "Surgió onda entre ellos y ambos decidieron pasar un buen momento entre ellos ese sábado", señaló.
En esa línea, dijo que "es absolutamente falso lo sostenido" por el fiscal que interviene en este juicio, Leandro Arévalo, "en cuanto a la insistencia de Farías" para que Lucía fuera a su casa, en el barrio Alfar.
La defensora repasó los últimos chats mantenidos entre Farías y Lucía, y aseguró que fue ella quien buscó reunirse con su asistido y que no lo hizo "motivada por estupefaciente alguno", como aseguraron los acusadores, ya que "de hecho, ya contaba con drogas en su poder".
Respecto de la falta de consentimiento señalada en sus alegatos por el fiscal y por las abogadas Verónica Heredia y Florencia Piermarini, representantes de la familia de la adolescente, Solari subrayó que "no hay un solo dato" que indique "que Lucía no consintió esas relaciones sexuales".
En la misma línea, resaltó que el cuerpo no presentaba "ningún signo de ataduras, ningún golpes" ni "nada que haga pensar que hubiese sido sometida".
En cuanto a la muerte, señaló que la principal hipótesis expuesta por peritos de la Asesoría Penal de la Suprema Corte bonaerense "ante la ausencia de lesiones y la presencia de marihuana y cocaína en todos los fluidos de Lucía", apuntaba como causa "altamente probable" a una "asfixia tóxica que derivó en una congestión pulmonar y edema".
"No existe ninguna prueba de que Farías le dio droga a Lucía esa mañana", insistió la defensora, quien agregó que, si incluso se la hubiera suministrado, "fue consumida voluntariamente" y que él "jamás pudo representarse el resultado fatal".
Tras un cuarto intermedio, comenzó su alegato el defensor de Offidani, César Sivo, quien aseguró que "en esta causa no hay nada".
Los acusados no estuvieron presentes y seguían la audiencia de manera remota desde sus lugares de detención, tal como hicieron con la apertura y el alegato de las partes acusadoras: Farías, desde la Unidad Penal de Florencia Varela, y Offidani, desde la Alcaidía Penitenciaria de Batán.
Finalizadas las argumentaciones de los defensores, ambos imputados tendrán la posibilidad de pronunciar sus últimas palabras ante el tribunal, y luego los magistrados comunicarán la fecha en que se dará a conocer el veredicto.
Tanto el fiscal del juicio como las representantes de la familia de la menor, presentaron sus alegatos el último jueves y, en ambos casos, consideraron acreditado que Farías, con la presunta complicidad de Offidani, fue autor del delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en el marco de un contexto de violencia de género, en concurso ideal con femicidio".
De acuerdo con la instrucción de la causa, Lucía había conocido a ambos acusados un día antes de su muerte, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana.
Durante el primer juicio, en noviembre de 2018 ante el TOC 1, ambos fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela.
El fiscal pidió perpetua
El fiscal que interviene en el segundo juicio por el caso Lucía Pérez pidió hoy la pena de prisión perpetua para el principal acusado de abusar sexualmente de ella y asesinarla en octubre de 2016 en la ciudad de Mar del Plata y 20 años de cárcel para el hombre imputado como presunto cómplice, mientras que las representantes de la familia de la adolescente de 16 años solicitaron la pena máxima para ambos.
En su alegato de cierre, Leandro Arévalo, titular de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 7, consideró que en el debate oral iniciado el pasado 7 de febrero quedó acreditada la responsabilidad penal de Matías Farías (29) y Juan Pablo Offidani (47) por el delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en el marco de un contexto de violencia de género, en concurso ideal con femicidio".
Arévalo aseguró que Farías fue el autor del hecho, mientras que Offidani colaboró con él como "partícipe secundario".
Las abogadas Florencia Piermarini y Verónica Heredía, representantes de la familia de la menor en calidad de particular damnificado, acompañaron la acusación de la fiscalía, pero entendieron que el grado de participación de Offidani fue "necesario", por lo que debería recibir perpetua al igual que el principal acusado.
El próximo martes serán los alegatos de las defensas, que adelantaron que apuntarán a cuestionar la existencia del delito, y luego ambos imputados tendrán la posibilidad de brindar sus últimas palabras antes de que los jueces Gustavo Fissore, Roberto Falcone y Alexis Simaz anuncien la fecha de la sentencia.
Según señaló Arévalo ante los magistrados, a lo largo de las ocho jornadas en las que declararon casi 30 testigos se probó que ambos imputados pasaron a buscar a la menor en la camioneta de Offidani por la esquina de su casa en la mañana del 8 de octubre de 2016, "con la finalidad de abusar sexualmente de ella a sabiendas de su condición de menor de edad y de consumidora de sustancias estupefacientes".
Precisó que luego de trasladarla a la casa de Farías, en el barrio Alfar, y quedar a solas con él cerca de las 10.30, el principal acusado "le suministró cantidades indeterminadas" de cocaína y marihuana, para "lograr quebrantar su voluntad", en "un indudable contexto de violencia de género" y luego "la accedió en reiteradas oportunidades".
El fiscal sostuvo que "dicho abuso fue brusco y violento", de acuerdo a una serie de "lesiones constatadas en el cuerpo" de la adolescente.
Detalló además que "cerca de las 15" de ese día, tras una descompensación sufrida por Lucía, Offidani volvió a la casa ubicada sobre la calle Racedo, para "continuar colaborando con el señor Farías y prestándole asistencia", en primer término "acondicionando" el cuerpo y luego "trasladándola sin vida" a la sala de primeros auxilios del barrio Serena, cuatro kilómetros al sur del Faro de Punta Mogotes.
Arévalo puso el foco en la situación de vulnerabilidad de la víctima, por su condición de menor, de mujer y de consumidora, que "no está en igualdad de condiciones con aquel que se dedica a la venta de estupefacientes", con quien además mantenía "una deuda dineraria" por la compra previa de drogas, planteo acompañado por la acusadoras particulares.
En cuanto al rol de Offidani, dijo que tenía una foto de Lucía en su celular, que "ni era remís ni nada que se le parezca" de Farías, sino que "era socio", y recordó en ese sentido que junto a él fue condenado en un primer juicio por el hecho, por la tenencia de drogas con fines de venta.
"Con Farías iban y vendían, lo llevaba para todos lados", señaló, y agregó que "sabía perfectamente qué iba a hacer" el principal acusado y "lo que iba a pasar".
Al alegar las abogadas de la familia de la menor, subrayaron que las lesiones en la zona genital que presentaba Lucía son "prueba irrefutable de la falta de consentimiento".
"¿De qué consentimiento estamos hablando? ¿De del una niña, de una mujer de 16 años, drogada por un dealer, violada en forma brusca e intensa por un dealer mientras se estaba muriendo?", cuestionó Piermarini.
Heredia señaló por su parte que "la participación de Offidani fue en calidad de partícipe necesario", como "colaborador primario para que se produzca la violación y la muerte de ella".
El alegato de ambas partes, de más de cinco horas de duración, fue seguido desde una pantalla gigante por allegados de la menor y organizaciones sociales y de mujeres que se concentraron en las inmediaciones.
En la sala de audiencias en el sexto piso, en tanto, estuvieron los padres de Lucía, Marta Montero y Guillermo Pérez, acompañados entre otros por el papá de Natalia Melmann, la adolescente violada y asesinada por policías en Miramar en febrero de 2001, y Sergio Maldonado, hermano de Santiago.
Ninguno de los dos acusados estuvo presente en el tribunal, ya que tal como hicieron con el arranque del juicio, siguieron la audiencias de manera remota: Farías, desde la Unidad Penal de Florencia Varela, y Offidani, desde la Alcaidía Penitenciaria de Batán.
De acuerdo a la instrucción del caso, Lucía había conocido a ambos un día antes de su muerte, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana.
Arévalo aseguró al respecto que los imputados "no iban a buscar clientes" al colegio, sino que "iban a buscar nenas", con las cuales trataban de "tener sexo por la vía que fuera posible".
Durante el primer juicio, en noviembre de 2018 ante el TOC 1, ambos fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela.
Fueron absueltos, sin embargo, por el resto de los cargos, pero la sala IV del Tribunal de Casación revocó esas absoluciones en agosto de 2020, dispuso la "nulidad" del juicio y ordenó la realización de uno nuevo, resolución que fue confirmada un año más tarde por la Corte provincial.
Ambas acusaciones solicitaron en ese sentido que la pena eventual de este segundo proceso sea de carácter acumulativo y se sume a la del primero.
Arévalo pidió además "disculpas en nombre de Ministerio Público Fiscal" por las "falencias" de la instrucción inicial del caso, a cargo de la fiscal María Isabel Sánchez, que "derivaron en un perjuicio para las pretensiones de la familia de la víctima".
Entre ellas, subrayó que la fiscal no estuvo en las primeras actuaciones, lo que "derivó en una pérdida de elementos de prueba" y que tras el traslado del cuerpo de Lucía "dejaron ir a Farías sin ningún tipo de recaudo tendiente a evitar la pérdida de pruebas".