El Congreso sancionó la Ley 27.805 que indica que las personas que tengan armas de fuego sin registrar que regularicen su situación en un plazo de 360 días ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) en una norma que fue promulgada el pasado 10 de junio.
Armas no registradas: nueva ley permite blanqueo en Anmac
Las personas que tengan armas sin registrar podrán presentarse ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) con un plazo de 360 días
Las personas que tengan armas sin registrar podrán presentarse ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac)
Las personas que tengan armas sin registrar podrán presentarse ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac)
Según el informe publicado este jueves en el Boletín Oficial el artículo 1° señala que “Las personas humanas que tuvieren armas de fuego clasificadas de conformidad con la normativa vigente como de ‘uso civil’ o de ‘uso civil condicional’, o sus repuestos principales, que carezcan de registración anterior o que teniéndola hubiere devenido en irregular, deberán presentarse dentro de los 360 días de la entrada en vigencia de la presente ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Seguridad, con el fin de obtener la autorización pertinente, si procediera. Cumplidas las verificaciones técnicas y registrales correspondientes, se inscribirán los datos del material denunciado y de su poseedor en el Banco Nacional Informatizado de Datos de dicho organismo”.
En tanto si las personas carecieran de la condición de legítimo usuario en la categoría respectiva deberán iniciar el trámite presentando la solicitud junto con la autorización de tenencia del material correspondiente.
Por otra parte Anmac deberá informar "los peligros referentes a la tenencia de armas de fuego y las modalidades vigentes para su entrega voluntaria y anónima en los términos del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego". También podrá dictar las normas técnico-registrales necesarias para establecer las modalidades y límites de la presente ley.
Asimismo Anmac podrá llevar estadísticas y campañas de difusión sobre la nueva ley.
Quedan exentas de sanción penal las personas por la tenencia ilegal de armas de fuego de ‘uso civil’ o de ‘uso civil condicional’ previstas en el artículo 189 bis del Código Penal de la Nación Argentina. La exención operará a partir de la efectiva puesta en conocimiento voluntaria de la posesión de las armas de fuego o sus repuestos principales; siempre que no se hubiese imputado judicialmente. Lo mismo ocurrirá con las faltas administrativas correspondientes a la tenencia.

















