Divulgaron el fallo completo de la sentencia a Raúl Abraham Taleb

El tribunal se pronunció con un extenso argumento que concluye que hubo enriquecimiento ilícito
27 de abril 2016 · 06:30hs
El tribunal integrado por Elvio Garzón, Daniel Malatesta y Miguel Ángel Giorgio dio a conocer  ayer el texto completo de la sentencia por la cual se condenó por unanimidad al exlegislador provincial Raúl Abraham Taleb por el delito de Enriquecimiento ilícito de funcionario público. Según lo resuelto el 18, cuando se dio a conocer la parte resolutiva del fallo, la Justicia le impuso a Taleb una pena de tres años de prisión condicional, además de la inhabilitación absoluta perpetua, una multa de 442.577 pesos y le fijó reglas de conducta a cumplir por el condenado por el término de tres años. De la misma manera se dispuso el decomiso de un inmueble ubicado en calle Buenos Aires de Paraná, que quedará a disposición del Estado provincial una vez firme la sentencia.

Al realizar una valoración del material probatorio, en el que se consideran las posturas acusatorias y defensivas, el juez y presidente del tribunal, Elvio Garzón atacó el argumentó del abogado defensor, Julio Federik, quien manifestó que recién en el desarrollo de los alegatos se enteró de cuál es el monto por el que se acusaba a Taleb y que esta circunstancia afectaba el derecho de defensa. En respuesta a ello, el magistrado planteó que “los hechos por los cuales el imputado fue traído a juicio se han mantenido inconmovibles desde el requerimiento de instrucción formal, su indagatoria, el auto de procesamiento y la requisitoria de elevación a juicio”. Por lo tanto, aseguró que durante todo el proceso se garantizó plenamente el derecho a defensa.

En el momento de desarrollar su voto, Garzón se inclinó por una cuestión sustancial: el enriquecimiento patrimonial de Taleb. En la parte más sustancial de su conclusión subrayó: “Me encuentro en condiciones de afirmar con el grado de certeza requerido en esta instancia que Raúl Abraham Taleb, durante el período comprendido entre 1991 y 2003, mientras se desempeñó como diputado provincial de Entre Ríos, produjo un enriquecimiento patrimonial apreciable que no se condice con los haberes que percibía por el ejercicio de dicho cargo público, y que, requerido formalmente en fecha 21 de marzo de 2006 a justificar la procedencia de dicho incremento patrimonial, lo hizo de manera insuficiente”.

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El voto de los vocales

Los vocales Daniel Malatesta y Miguel Giorgio adhirieron al voto del presidente del tribunal. 

Al retomar su exposición, Garzón se explayó respecto de la calificación de delito que se le endilgó al imputado y que está compuesto por dos tipos de deberes: el deber positivo, que obliga al funcionario al ingresar al cargo a declarar sus bienes (activos y pasivos) y a informar toda su  evolución patrimonial mientras  dure dicho rol institucional. En segundo lugar, el deber negativo; el de no enriquecerse ilícitamente de un modo grave. En este punto, enumeró la  vasta doctrina  jurídica que consta sobre la temática y además recurre a citas de académicos . “En lo tocante al aspecto subjetivo de la figura en examen, no hay dudas de que Taleb actuó con dolo directo, en el sentido de conciencia y voluntad de  realización del tipo penal”, advirtió Garzón.

Sobre las penas aplicadas a quien fuera referente del Partido Justicialista diamantino, el titular del tribunal opinó que el decomiso “cumple una función reparatoria del daño social causado” y que la pauta para dictarle una condena de prisión condicional radica en que “se encuentra comprobado que el efecto del encierro, más aún en las penas cortas, provocan un efecto desocializante, absolutamente incompatibles con la prevención especial, por lo que una pena de cumplimiento efectivo sería a todas luces desproporcionada”.

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Recurso de la defensa

La defensa de Taleb, encabezada por Julio Federik, anticipó en diálogo con UNO que una vez analizada la sentencia en forma íntegra se avanzará en la presentación de un recurso ante Casación. Dicha acción se concretará en un término de 10 días, según se informó oficialmente.
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