No hay en esto distinción por banderas políticas". "Bordet es una persona humilde, de perfil bajo y que puede tener diálogo con cualquiera de los entrerrianos, nos sentimos muy cómodos. Aplaudo y festejo toda la gestión que viene realizando", señaló. Bordet. Hizo un discurso breve en la apertura de sesiones, sin la presencia de los legisladores de Cambiemos. El presidente municipal uruguayense José Lauritto dijo: "El discurso fue sobrio, tuvo que ver con realidades y me parece que queda claro que esta gestión apostó a la propuesta válida, y creo que las únicas propuestas válidas son las que fueron posibles. El ciudadano entrerriano lo que está buscando es esto: sobriedad, perfil bajo, hablar de propuestas posibles como válidas. Creo que el esfuerzo que se ha hecho en lo económico es importante. Pensar que la Legislatura entrerriana había autorizado un endeudamiento de 6.000 millones y que se utilizaron solo 600 revela seriedad", indicó. Luego destacó que las obras de saneamiento "que se están haciendo en el costa del Paraná tienen que ver con intendentes de diferentes expresiones políticas y sin embargo no se ha descalificado a nadie", precisó . "No sé si en todas las provincias las diferentes expresiones políticas pueden ofrecer a sus ciudadanos buenos candidatos. Estamos tranquilos porque podemos ofrecer a la ciudadanía entrerriana un ciudadano, en este caso el gobernador, que ha tenido legitimidad de origen y el ejercicio del gobierno hecho con sobriedad. Tengo mucha confianza porque, si bien será un año muy electoral, el gobernador hizo una firme apuesta a la tolerancia y a la convivencia". En tanto el diputado nacional Julio Solanas opinó: "El Cierre Norte Energético de la provincia es decididamente importante para el desarrollo de nuestras economías, sobre todo donde más se necesita", y agregó a ello que existe "una gran inversión con respecto a viviendas sociales en la provincia; y un gran esfuerzo de inclusión con los planes que se están respetando, independientemente de que la Nación no envía los fondos", indicó.
Rechazaron el recurso contra los decretos de convocatoria a elecciones
La Sala N°1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró que no existe nulidad y rechazó el recurso de apelación interpuesto por el abogado Alejandro Carbó contra la sentencia de la jueza de Feria de Paraná, Elena Albornoz. El 25 de enero la magistrada resolvió rechazar el amparo presentado contra el gobierno de Entre Ríos, con el objeto de que se invaliden los decretos Nº 4312 y 4313 del 10 de diciembre de 2018 por medio de los cuales se convocaron a elecciones de autoridades provinciales (primarias y generales), por considerar que dichos decretos fueron emitidos conforme a una ley provincial (Nº 10.615) que califica de inconstitucional, a la luz del artículo 87 de la Constitución provincial.
El fallo por mayoría de la Sala Penal. Los vocales Miguel Giorgio y Claudia Mizawak compartieron criterio mientras que Daniel Carubia se abstuvo. Tras analizar las presentaciones del amparista y de la Fiscalía de Estado, Giorgio consideró que resulta más que suficiente "para declarar la inadmisibilidad del planteo, siendo absolutamente acertado el decisorio recurrido, atento a que habiendo sido abordados concienzuda y exhaustivamente por el juez de grado (Albornoz) todas las alegaciones y defensas esgrimidas por las partes, carece de sustento la postura recursiva del actor no encontrando ningún vicio o error en el razonamiento que llevó al juez a quo a rechazar la acción" Asimismo, consideró en con secuencia que el resultado de la sentencia en crisis deviene acertado, en cuanto desestima la acción de amparo promovida al considerar que la vía elegida por el amparista, no es la idónea para el planteo que realiza. Mizawak entendió que surge la carencia de legitimación del dirigente radical paranaense Carbó para cuestionar a través del amparo la constitucionalidad de los decretos y de la norma que le sirve de fuente. Explicó luego que el rechazo del amparo "se basa sólo y exclusivamente en cuestiones formales que hacen a la admisibilidad de la vía elegida. Lo cual obstaculiza que emita algún juicio de valor o interpretación sobre la normativa cuestionada (...)".
El fallo por mayoría de la Sala Penal. Los vocales Miguel Giorgio y Claudia Mizawak compartieron criterio mientras que Daniel Carubia se abstuvo. Tras analizar las presentaciones del amparista y de la Fiscalía de Estado, Giorgio consideró que resulta más que suficiente "para declarar la inadmisibilidad del planteo, siendo absolutamente acertado el decisorio recurrido, atento a que habiendo sido abordados concienzuda y exhaustivamente por el juez de grado (Albornoz) todas las alegaciones y defensas esgrimidas por las partes, carece de sustento la postura recursiva del actor no encontrando ningún vicio o error en el razonamiento que llevó al juez a quo a rechazar la acción" Asimismo, consideró en con secuencia que el resultado de la sentencia en crisis deviene acertado, en cuanto desestima la acción de amparo promovida al considerar que la vía elegida por el amparista, no es la idónea para el planteo que realiza. Mizawak entendió que surge la carencia de legitimación del dirigente radical paranaense Carbó para cuestionar a través del amparo la constitucionalidad de los decretos y de la norma que le sirve de fuente. Explicó luego que el rechazo del amparo "se basa sólo y exclusivamente en cuestiones formales que hacen a la admisibilidad de la vía elegida. Lo cual obstaculiza que emita algún juicio de valor o interpretación sobre la normativa cuestionada (...)".