Planteo judicial de Buenos Aires, podría desfinanciar al Estado entrerriano
Historias y convenios
En 1992 se sancionó la Ley 24.073 de modificación del Impuesto a las Ganancias en varios puntos. En su artículo 40 establecía:
La recaudación del impuesto a las ganancias se distribuirá de la siguiente forma:
Un DIEZ POR CIENTO (10 %) al Fondo de Financiamiento de Programas Sociales en el Conurbano Bonaerense, a ser ejecutado y administrado por la Provincia de Buenos Aires. Los importes correspondientes deberán ser girados en forma directa y automática.
Tres años después, se sanciona la Ley 24.621 la cual establecía:
ARTICULO 1º — Prorrógase hasta el 31 de diciembre del año 1997 la vigencia de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1986 y sus modificaciones. En virtud de la presente, el artículo sin número incorporado a continuación del artículo 102 de la citada ley quedará redactado de la siguiente forma:
b) El diez por ciento (10%) hasta un monto de $ 650.000.000 anuales convertibles según Ley 23.928, a la provincia de Buenos Aires, proporcionados mensualmente, el que será incorporado a su coparticipación, con destino específico a obras de carácter social, y exceptuados de lo establecido en el inciso g) del artículo 9º de la Ley 23.548. El excedente de dicho monto será distribuido entre el resto de las provincias, en forma proporcionada mensualmente, según las proporciones establecidas en los artículos 3º y 4º de la Ley 23.548 incluyendo a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur según las disposiciones vigentes. Los importes correspondientes deberán ser girados en forma directa y automática.
Estrategia defensiva
Por esta demanda, UNO consultó al fiscal Julio Rodríguez Signes. quién recordó sobre los acuerdos de coparticipación nacional, lo siguiente: "Durante los cuatro primeros años (1992 – 1995) la provincia de Buenos Aires percibía el 10% del total del Impuesto a las Ganancias. Será a partir de la modificación de la Ley 24.621 que se establece una nueva regla en la percepción del denominado 'Fondo del Conurbano' ya que del 10% original se establece un tope de 650 millones de pesos y que el resto del dinero recaudado pase a ser coparticipado con el resto de las provincias en base a las alícuotas de coparticipación federal establecidas por ley 23.548".
"La Provincia de Buenos Aires argumenta ahora que ese tope de 650 millones de pesos, ha quedado desactualizado y plantea la inconstitucionalidad de la ley de impuesto a las ganancias en la parte que establece el tope de 650 millones de pesos. Concretamente pretende que se elimine ese tope y que la Provincia de Buenos Aires perciba la totalidad de ese 10%", informó sobre el planteo de la gobernador Vidal.
"La demanda fue entablada contra el Gobierno Nacional porque lo que se pretende es la inconstitucionalidad de una ley nacional. Por lo tanto la contestación quedó a cargo de la Procuración del Tesoro de la Nación. Básicamente, el Estado Nacional sostiene que no es sujeto legitimado pasivamente para ser demandado, porque en todo caso la pretensión de la provincia de Buenos Aires es contra las Provincias que son las que reciben el 10% del impuesto a las ganancias que reclama la actora", recalcó el funcionario entrerriano para aclarar: "Por ese fundamento, la Corte Suprema de Justicia de la Nación corrió traslado a todas las provincias argentinas para que concurran al proceso y contesten la demanda".
Por disposición del gobernador, Rodríguez Signes será el encargado de defender la posición de la Provincia de Entre Ríos. Además, un grupo de estudios especiales de la Comisión Federal de Impuestos, coordinado por el ex Ministro de Economía de la provincia, Diego Valiero, elaboró un pormenorizado informe de la situación y estimó que de hacerse lugar a la demanda, tal como está planteada, la provincia de Entre Ríos recibiría unos 3500 millones de pesos menos en 2017.
En tanto, el fiscal entrerriano alertó: "Además la demanda de la provincia de Buenos Aires pretende que se le abonen sumas retroactivas, con lo cual, de hacerse lugar a la pretensión, todas las provincias argentinas deberían ceder recursos a la provincia de Buenos Aires y además deberían pagar un descomunal retroactivo".
Ante esto, consideró: "El caso conmoverá las bases del sistema de coparticipación federal de impuestos y obligará a las provincias y al Estado Nacional a revisar el complejo régimen actual".
Rodríguez Signes, hizo notar sobre la demanda: "En lo jurídico daremos pelea porque tenemos argumentos sólidos para defender la postura de nuestra provincia, pero en lo político, para poder modificar ese tope se necesita otra ley. Y si es inconstitucional ese tope, puede ser inconstitucional el fondo de reparación del conurbano tal como fue creado".












