Por hostigar a un testigo, el expolicía Céparo esperará el juicio en prisión

El Tribunal Oral Federal de Paraná rechazó excarcelar al suegro del vocal del STJ Emilio Castrillón. Pesó el antecedente de haber intentado intimidar a un hombre que debe declarar próximamente en el juicio oral y público. Lo acusan de delitos de lesa humanidad.
6 de abril 2016 · 15:57hs
Atilio Céparo, procesado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en Paraná, continuará en prisión hasta el juicio oral y público cuyo inicio está previsto para el 26 de septiembre. Según pudo determinar UNO, al rechazar su pedido de excarcelación el Tribunal Oral Federal de la capital entrerriana tuvo en cuenta que el acusado "hostigó" a un testigo durante la instrucción de la causa y consideró que existe riesgo de que lleve adelante una conducta similar en caso de salir en libertad.
Céparo es suegro del vocal del Superior Tribunal de Justicia Emilio Castrillón y al momento de ser detenido prestaba servicios como chofer para el Poder Judicial provincial. Durante la dictadura se desempeñó en la Policía de Entre Ríos y, según las pruebas que lo han llevado a juicio, habría incurrido en privación ilegítima de la libertad, apremios ilegales y torturas en calidad de coautor, en perjuicio de una víctima. Su procesamiento, con prisión preventiva que cumple en la Unidad Penal Nº 1, fue confirmado por la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná el 15 de abril de 2015. 
El TOF, en un fallo emitido este martes, tuvo en cuenta el dictamen del fiscal José Ignacio Candioti, quien había promovido el rechazo de la excarcelación pedida por el defensor José Ostolaza, fundamentalmente en base al riesgo existente para los testigos, quienes en pocos meses deberán declarar en un juicio oral y público. En su momento, el procesado habría realizado llamadas telefónicas a uno de esos testigos que se consideraron intimidatorias, lo cual motivó los sucesivos rechazos a los pedidos de que se revocara la privación de su libertad.
Según se lee en el fallo del TOF, Candioti argumentó que se debían tener en cuenta las "severas penurias" que atravesó uno de los testigos admitidos para el debate, a raíz de "diversos actos de amedrentamiento a su respecto". Por ese motivo conjeturó que en caso de recuperar Céparo su libertad, "las amenazas y hostigamiento podrían repetirse, por lo cual luce evidente la existencia de riesgo procesal".
Al analizar el caso, el Tribunal que integran Lilia Carnero, Roberto López Arango y Noemí Berros consideró que se debe tener en cuenta "la situación de conmoción que atravesó uno de los testigos admitidos para el debate (...) a raíz de diversos actos de amedrentamiento a su respecto". Luego retomaron las palabras del fiscal al señalar que si se le otorgara la excarcelación, "el hostigamiento y la consecuente perturbación podría repetirse".
"Por todo lo dicho se entiende que el encarcelamiento preventivo del imputado Atilio Ricardo Céparo resulta apropiado a los requerimientos necesarios para llegar a la oportuna efectivización del juicio oral", indicaron los jueces, para quienes "la restricción cuatelar de la libertad ambulatoria del imputado" es "necesaria, temporal y materialmente proporcionada, a las medidas que se requieren para la efectivización del juicio oral".
El defensor Ostolaza había propuesto como caución real un inmueble propiedad de una de las hijas de Céparo, ubicado en calle Brown de la ciudad de La Paz, valuado en 352,250 pesos, y como caución personal se ofrecieron las seis hijas del hombre que hoy tiene 68 años, algunas de las cuales son empleadas del Poder Judicial de Entre Ríos.
La acusación
Según la imputación, la mañana del 23 de septiembre de 1976 Céparo y otra persona cuya identidad no se ha podido establecer, secuestraron a una mujer y la mantuvieron detenida en las instalaciones del sanatorio La Entrerriana de Paraná, el cual era su lugar de trabajo. Luego la trasladaron a la Jefatura Departamental de Policía de Entre Ríos, y posteriormente a la Comisaría del barrio San Agustín.
En esa comisaría la víctima permaneció privada ilegítimamente de su libertad por el lapso de seis días aproximadamente, término en el cual también la trasladaron hasta la Jefatura Departamental. Según la imputación, allí Céparo y otros represores la sometieron a torturas.  
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