Santa Elena. El santaelenense Alejo Sanabria, de 75 años, fue condenado por la Justicia de La Paz a la pena de dos años y seis meses de prisión condicional por el delito de homicidio en exceso de legítima defensa, en carácter de autor.
Santa Elena: condenaron a un hombre que mató para defenderse
En el marco de un juicio abreviado, el hombre reconoció que mató a Brian Miño, de 25 años, en un episodio en el que se defendió de un ataque a su vivienda a fines de 2016.
La sentencia fue dictada por el juez de Garantías y Transición de La Paz Walter Carballo, quien homologó el acuerdo de juicio abreviado que alcanzaron la Fiscalía, la defensa del imputado y la parte querellante.
Según supo La Sexta, la audiencia pública donde las partes informaron del acuerdo al magistrado se realizó el 1º de septiembre y la sentencia fue emitida al día siguiente. Sanabria es un jubilado conocido por el apodo de Nego, y tiene 75 años.
En la resolución se remarcó que el jubilado y su sobrino sufrieron una agresión ilegítima y por eso actuaron contra la persona que terminó muriendo.
El caso
En la imputación, se describió que el 28 de septiembre de 2016, aproximadamente a las 3, Osvaldo Emanuel Altamirano y Brian Gonzalo Miño comenzaron a arrojar ladrillos a la casa de Sanabria y que “luego de ello intentaron ingresar a la misma, propinándole patadas a la puerta de entrada con la finalidad de agredir a Ezequiel Ramón González”. Este último es sobrino de Sanabria.
Aquella situación terminó del peor modo: “González y Sanabria salieron de la vivienda para defenderse de la agresión empleando el segundo de los nombrados una cuchilla despostadora, con hoja de aproximadamente 15 centímetros y mango de plástico, propinándole dos puntazos en la zona del tórax a Brian Miño y causándole la muerte”.
En el acuerdo del abreviado se dejó asentado que existió una “agresión ilegítima dirigida contra Alejo Sanabria por parte de los intervinientes Osvaldo Emanuel Altamirano y Brian Miño”. Y que ello fue corroborado por el examen médico practicado por parte de los doctores Osvaldo Benítez y Federico Cejas. Ambos constataron que el hombre sufrió lesiones en su mano derecha y su antebrazo izquierdo.
Asimismo, se valoró la declaración de su sobrino, González, quien contó que al llegar a la casa de su tío (Sanabria), en el exterior de la misma se encontraban bebiendo Altamirano, Miño y otra persona de apellido Sánchez.
Refirió que “permaneció con ellos un momento y luego ingresó a la vivienda, ante lo cual Altamirano y Miño comenzaron a ‘querer sacarlos’ de la vivienda para lo cual empezaron a patear la puerta y arrancaron la reja de la ventana”. “Por ende, a través de la evidencia recolectada, es posible reconstruir la primera secuencia de los hechos intimados a Sanabria. Es posible afirmar que existió una agresión ilegítima dirigida hacia González y Sanabria”, dice el fallo.
Luego del pormenorizado análisis de los hechos, el juez Carballo homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a Sanabria a la pena de dos años y seis meses de prisión condicional; más cuatro años en los que deberá cumplir una serie de reglas de conducta, como evitar la realización de actos molestos, intimidatorios y perturbadores en relación a familiares de la víctima, como asimismo de mantenimiento de todo contacto -por sí, por interpósita persona o a través de cualquier medio- con ellos; y deberá comparecer a razón de tres veces por semana en la comisaría de Santa Elena para dar cuenta de su permanencia en esa localidad.