La jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Carolina Castagno, resolvió, en base a informes periciales, apartar del proceso de investigación a Hugo Roldán, quien junto a su hermano Luis, está acusado de asesinar a Ramón Grandoli, el menor de 14 años calcinado en Hernandarias, en febrero de 2020.
Ramón Grandoli: un acusado no será juzgado
La resolución de la jueza no cayó bien en la fiscalía, que ya adelantó que va a recurrir en Casación para tratar de revertir esta sentencia.
Castagno dio crédito al trabajo de los profesiones de los equipos técnico de la Justicia que se entrevistaron con el acusado. Además dispuso que se dé intervención al equipo interdisciplinario del cuerpo médico forense del Superior Tribunal de Justicia para que determine que tipo de tratamiento tiene que recibir el acusado. También ordenó que haya informes trimestrales sobre el avance del estado de Hugo Roldán.
Tal como informó UNO, el defensor oficial Fernando Callejo había pedido la suspensión de los plazos procesales respecto a Hugo Roldán y realizar nuevas pericias médicas para saber si el muchacho puede o no ir a juicio. Los profesionales que intervinieron afirman que no. Citó a las psiquiatra y psicóloga forenses: “Podemos concluir que el señor Hugo Alberto Roldán no cuenta con la capacidad psíquica de conocer, entender, comprender, dirimir sus acciones”, debido a que padece “un trastorno de características crónicas y que por su profundidad no prevé la posibilidad de encontrar mejoras, tampoco cuenta con la capacidad de atravesar la instancia del juicio”.
Principalmente, Callejo dice que Roldán no le puede contar nada sobre el caso: “Esta defensa, en el transcurso de más de dos años que lleva esta investigación, no ha podido tener una entrevista técnica con mi defendido. No le puedo preguntar si sabe de qué se lo acusa, no puedo tener una versión supuesta de los hechos por su parte porque no recuerda lo que pasó".
Por su parte, el fiscal Juan Malvasio sostuvo que “la Fiscalía tiene pruebas para poner en crisis el informe psicológico y psiquiátrico, porque además de no ser vinculante el informe tampoco era contundente en cuanto a si realmente el imputado pudo comprender o no la criminalidad del hecho”. Y agregó: “(Roldán) Sabía que matar está mal, porque aparte lo hizo de una manera atroz y luego, con el hermano, tuvieron la capacidad para dejar impune el hecho”.
Los querellantes Pedro Fontanetto D ’Ángelo y Germán Palomeque adhirieron a lo planteado por el fiscal: “Estamos convencidos de que Roldán tiene la capacidad plena para conocer la magnitud del hecho”, afirmaron.
Resolución de la jueza
La jueza Castagno dispuso en la parte resolutiva de la sentencia que "hacer lugar al pedido de la defensa y suspender la tramitación de la presente causa para Hugo Roldán", y añadió: "Se dará intervención al equipo interdisciplinario del cuerpo médico forense del Superior Tribunal de Justicia para que determine cual es el abordaje que se le tiene que brindar a Roldán atento al diagnóstico clínico que ellos han arribado". A su vez la jueza le pidió al equipo pericial que determine cual es la institución donde se llevará acabo el tratamiento y una vez que sea individualizada esta institución, requerirle a los responsables que "informen de manera trimestral acerca de la evolución de Roldán" y de surgir de ese tratamiento dispensado que "el estado de si mismo lo tornase peligroso para sí o para terceros informarlo a la brevedad para adoptar las medidas pertinentes".
Fiscalía irá en Casación
El fiscal Juan Malvasio se refirió a la resolución que tomó la jueza de dictaminar que Hugo Roldán no está en condiciones de transitar el juicio oral y público como la fiscalía lo había solicitado.
"Nosotros de manera respetuosa entendemos que esto debe ser revisado, porque advertimos algunas contradicciones. La magistrada tomó como argumentos informes que se le han realizado a Hugo Roldán hace mucho tiempo, pero a su vez quebró las reglas del sistema acusatorio en función que dispuso una pericia o nuevo informe de un equipo interdisciplinario sin darle participación a las partes, pilar fundamental del sistema acusatorio en virtud de que la magistrada no puede de oficio solicitar medidas probatorias y menos aún no darle a las partes la posibilidad que puedan solicitar puntos de pericias y eventualmente proponerle al equipo pericial cuestiones a tener en cuenta".
En ese sentido, Malvasio agregó: "Llama poderosamente como la magistrada ha soslayado sin mayores fundamente la declaración testimonial del docente Darío Ramón Céparo quien declaró para ver si Roldán puede transitar un juicio oral y público. Céparo lo tuvo a Hugo Roldán durante cuatro años en la escuela y los peritos han escuchado a través de zoom y por poco minutos. Nosotros no pretendemos condenar a Hugo Roldón sin un juicio. Queremos sentarlo en el banquillo, producir la prueba y llevar a un veredicto".
Malvasio sostuvo que "vamos a solicitar que el Tribunal de Casación revise lo resuelto por Castagno. Le vamos a pedir que revise sobre todo lo del nueva pericia sin darle intervención a las partes. Vamos a poner toda la prueba a disposición que se recolecto en el marco de la Instrucción Penal Preparatoria que no fue sencilla. Estamos hablando de un injusto donde se mató con un arma blanca y luego se sometió al cuerpo a altas temperaturas. Una investigación difícil para que a esta altura se nos diga que Hugo Roldan no puede transitar el juicio".
El fiscal manifestó que este planteo ya fue esbozado de manera diferente. "Se dijo que Roldán no comprendía la criminalidad del hecho y ahora se dice que no puede transitar un juicio. pero en definitiva ambas conclusiones, la de Ruhl que resolvió que esto debe ventilarse en un juicio, y la de la doctora Castaño que paraliza el sometimiento de Roldán a la instancia plenaria, son con los mismo informes, por eso vemos contradicciones".