Diego Zapata, exconcejal de Juntos por el Cambio de Rosario del Tala, comenzará a ser juzgado desde este lunes en La Histórica -Concepción del Uruguay- por el presunto delito de abuso sexual de menores. El juicio inicia a las 11 ante el Tribunal de Juicios y Apelaciones, presidido por el juez Mariano Martínez.
La Histórica: exconcejal de Tala comienza a ser juzgado por abuso sexual
El exconcejal Diego Zapata, de Tala, es juzgado por abuso sexual en La Histórica.
El caso de Zapata tomó repercusión pública ya que en el momento de la denuncia era concejal de Tala. Al escaño llegó por renuncia de la concejal Agustina Rossi. Antes se desempeñó como enfermero en el hospital San Roque y coordinador de la Tecnicatura Superior en Enfermería de la Escuela Secundaria y Superior N°4 Dr. Julio Ossola.
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Cuando la causa en su contra se inició, fue licenciado sin dieta del Concejo y suspendido por Salud y Educación, respectivamente, en los cargos que ocupaba. El dirigente también integraba el consejo directivo de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) de Tala.
Al juicio en La Histórica, Zapata llega con arresto domiciliario, al cual accedió el 16 de diciembre de 2022. Esa medida la dispuso la Cámara de Casación Penal de Concordia. En un principio estuvo con prisión preventiva en la Jefatura de Policía de Tala durante 30 días y luego estuvo 60 días en la Unidad Penal de Concepción del Uruguay.
La defensa del exconcejal apeló la medida de coerción y consiguió su morigeración, cuando el Tribunal de Casación le otorgó la domiciliaria con tobillera electrónica.
Al disponer el arresto domiciliario, el Tribunal rechazó el pedido de fiscalía para mantener a Zapata en la Unidad Penal ante el peligro de entorpecimiento de la investigación. "Debiendo este Tribunal resolver la cuestión planteada atendiendo a las circunstancias existentes al momento de su dictado, prístino se revela que el peligro procesal auscultado por el Sr. Vocal de Apelación no conserva la misma intensidad constatada al dilucidarse el asunto hace casi dos meses atrás, en razón de que haberse concretado las reuniones entre las víctimas y el experto para la elaboración de las pericias psicológicas y no obstante restan agregar los informes respectivos, la Dra. Reynoso descartó que los jóvenes vuelvan a ser citados a tales fines -lo que se vislumbra lógico si consideramos el mandato de no revictimización emanado del corpus juris convencional y dictámenes provenientes de organismos internacionales-", señaló el Tribunal en la resolución a la que accedió UNO.
"En atención a los argumentos expuestos y no habiendo el Ministerio Fiscal alegado planteos novedosos a los tratados en la etapa recursiva anterior, estimo que la variación de las circunstancias primigenias comprobada en autos amerita la morigeración ofrecida por los asesores jurídicos del encartado, en virtud del derecho que le asiste a todo sometido a proceso a obtener una medida coercitiva menos gravosa -arts. 9.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos-, tributario del principio de última ratio en tanto limitador de las medidas cautelares en general y de la coerción personal, en particular", finalizó la sentencia.














