Las nuevas tecnologías han permitido perfeccionar mecanismos para evadir impuestos, lavar dinero, contrabandear o traficar droga sin dejar rastros. Una herramienta muy importante para ello han sido las criptomonedas, que permiten comprar y vender en forma anónima. Hace unos años que en la Aduana de Buenos Aires se vienen detectando envíos de drogas sintéticas, en cuyas investigaciones se constató el uso del Bitcoin para la compra. En varios de esos casos, el rastro de esas operaciones condujeron a Entre Ríos.
Joven sobreseída por contrabando de éxtasis comprado con Bitcoin
Por José Amado
Una de ellas derivó en una causa que tuvo a una estudiante de Libertador San Martín (Departamento Diamante), cuyo nombre y domicilio figuraban como destinatarios de un paquete con pastillas de éxtasis detectado en el Centro Postal Internacional por parte de la Aduana en el Puerto de Buenos Aires. La joven brasileña de 23 años estuvo procesada por contrabando agravado, pero luego la defensa logró el sobreseimiento, ya que no se pudo comprobar que haya sido ella quien pidió y pagó esas 10 pastillas de MDMA.
Modalidad engañosa
La trama de esta historia comenzó hace casi tres años. El 17 de mayo de 2017 la Sección Controles Especiales de la División Control Operativo Metropolitano de la Aduana revisó un envío que ingresaba al país. El paquete fue pasado a través de la máquina de rayos X, y así se pudo observar que poseía en su interior formas de tipo pastillas. Se ordenó la apertura del envío y se encontraron 10 pastillas color flúo, con la imagen de un toro, y en el reverso la inscripción Red Bull. Los reactivos específicos de campo arrojaron resultado fue positivo a la presencia de éxtasis, con un peso de 10 gramos.
La encomienda estaba en un sobre de papel blanco (de carta) con sticker del Correo Argentino, destinada a L.S., con domicilio en un departamento de Libertador San Martín. Procedía del Reino de los Países Bajos (Holanda), sin declaración de aduana.
La causa fue instruida por el Juzgado Federal en lo Penal Económico N° 1, a cargo de Ezequiel Berón de Astrada, quien consideró que “se intentó introducir a territorio aduanero sustancias estupefacientes, ocultas en sobres de papel carta, utilizándose en forma engañosa el régimen de envíos postales internacionales, a fin de eludir los controles aduaneros necesarios por su importación”. Asimismo, por la escasa cantidad de pastillas, sostuvo que no estaban destinadas al comercio, sino al consumo personal.
Este envío no era el único, sino que se registraron otros tres con destino a Libertador San Martín y a la localidad de San Benito, cuyas investigaciones recayeron en otros juzgados.
A fines de agosto de 2017 se hicieron varios allanamientos en las mencionadas localidades, donde la Policía Federal requisó los domicilios destinatarios de aquellos envíos postales y secuestró varias computadoras y celulares.
Beneficio de la duda
El mencionado juez procesó a la estudiante de la Universidad Adventista del Plata por el delito de contrabando agravado por tratarse de estupefacientes. El abogado defensor Pedro Fontanetto D’Ángelo presentó un recurso de apelación, en el cual fundamentó que el solo hecho de que haya un sobre destinado al domicilio de la joven no implica que haya sido ella quien realmente lo pidió.
Entre otros argumentos, planteó que en la investigación se pidieron oficios a todas las compañías de envíos de productos comprados on line para saber si había registro de pedidos y/o envíos a nombre de la acusada, y se ofició al Banco Central informar si en alguna cuenta de alguna entidad financiera de Argentina se había hecho alguna transferencia desde alguna cuenta propiedad de la joven. Y en ningún caso se encontró nada.
De este modo, logró que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico le diera la razón y dictara la falta de mérito para L.S. y encomendó al juez hacer un esfuerzo mayor para demostrar la autoría de la joven en el contrabando.
Luego siguió un período de alrededor de un año más, en el cual se volvieron a peritar todos los elementos informáticos para detectar algún movimiento financiero o alguna cuenta en las empresas que operan con monedas digitales, y tampoco hallaron rastro alguno.
De este modo, Fontaneto D’Ángelo pidió el sobreseimiento de la imputada, tanto por la falta de pruebas encontradas como por el tiempo transcurrido desde el inicio del proceso penal.
Así, finalmente el juez Berón de Astrada dictó el sobreseimiento, incluso con la coincidencia de la Fiscalía en que no había razones para continuar con la acusación. La resolución fue dictada a inicios de marzo, pero por las complicaciones surgidas con la emergencia sanitaria se comunicó la semana pasada. En la misma, sostuvo: “No obstante figurar L.S. como destinataria de la mercadería cuestionada y de haberse indicado su domicilio en la encomienda secuestrada, no es posible inferir que haya sido quien en realidad solicitó la sustancia estupefaciente contenida en aquella; toda vez que no se ha podido observar que la nombrada realizara trámite alguno, ya sea virtual o personalmente en el Correo, a fin de adquirir aquella encomienda en el país, ya sea para ella misma o para terceros”.
Como no encontraron ningún tipo de rastro sobre transacciones internacionales de la sospechada para la adquisición de las pastillas, pese a la insistencia y la reiteración de pericias y oficios, la hipótesis principal tanto del fiscal como del juez fue que se utilizó el sistema de Bitcoins. Además, esa modalidad es actualmente una de las más utilizadas y constatadas en un sinfín de causas que tramitan en los juzgados de Comodoro Py.