Refiriéndose a la causa en sí apuntó que "estaba resuelta antes de que llegara a esta etapa, los vecinos habían limado asperezas y sin embargo la política criminal que voy a calificar de sinuosa del Ministerio Público Fiscal decidió que no fuera así, invocando cuestiones superiores que tienen que ver con la disponibilidad de la acción y la acción penal pública, y digo sinuosidad de la política criminal del Ministerio Público Fiscal al menos en este caso porque hay casos mucho más graves en los que han conciliado. Porque hay casos mucho más graves en los que llegan a juicios abreviados con penas que a veces dan vergüenza. Muchas veces el Ministerio Público Fiscal pide que se deje sin efecto el juicio por la nimiedad del caso. Sin embargo acá donde estaba prácticamente arreglado, se obvió lo que las partes habían acordado, y se evitó seguir adelante con esta amigable composición a la que habían arribado".
Además resaltó que "en un caso que ya estaba resuelto el Estado reavivó el conflicto, y aún pensando que algo se ganaba, teníamos la herramienta del artículo 43, del desistimiento voluntario, que no es un invento del garantismo, es un artículo que ya estaba plasmado en el Proyecto Tejedor de 1864, siguiendo lineamientos internacionales en la materia, es decir no es nuevo, el que desiste voluntariamente de un delito no está sujeto a pena".
Al referirse al caso como "la causa del robo de gallinas" remarcó que "robar gallinas está mal, no puedo tolerar que alguien robe gallinas. Está mal robar, gallinas, autos o dineros públicos".
"La gallina puede ser irrisoria para cualquiera de nosotros, pero no para el que tiene solo dos gallinas. Porque entonces se da la paradoja de que condenamos a los pobres, pero cuando le roban a los pobres no le damos justicia porque son pobres, y es ínfimo lo que le robaron. Tampoco puede ser así, esto quiero que quede claro", subrayó el juez.
Marcó la causa como paradigmática ya que se tenía la posibilidad de hacer algo y no se hizo, y aseguró "no estoy amparando el robo, estoy para juzgar a quien roba, porque robar está mal, pero aquí no cumplimos con la manda constitucional que es afianzar la justicia".
Posteriormente dio a conocer la sentencia: "Absolución lisa y llana de los hermanos Giménez por haber desistido voluntariamente del delito que se imputa".
El juez dijo que a pesar de que la
Fiscalía presentó el caso de una forma en el debate quedó demostrado que no era así.
El caso que se juzgó fue un intento de robo, ya que no llegó a concretarse, ocurrido en la noche del 25 de agosto de 2015, en el barrio Barranquita de Paraná, oportunidad en la que los hermanos Giménez, alcoholizados y portando un arma de fuego, le exigieron a su vecino, Juan Ramón Zárate, la entrega de patos o gallinas de su propiedad. Pero como Zárate les pidió que se fueran ellos se retiraron.
Tanto los abogados defensores oficiales Gaspar Recca, Mariana Montefiori como el particular Miguel Cullen se mostraron de acuerdo con el fallo dictado por el juez y con las apreciaciones que realizó sobre la investigación.
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