Ante el pedido de Daniel Tavi Celis, condenado por narcotráfico, de obtener la libertad condicional, el tribunal denegó el pedido pero le otorgó una ampliación a sus salidas familiares semanales de los domingos.
Daniel Tavi Celis: le niegan la libertad condicional y le amplían salidas familiares
Se le denegó la libertad condicional a Daniel Tavi Celis, condenado por narcotráfico, y se le ampliaron las salidas familiares de las cuales ya gozaba
Se de denegó la libertad condicional a Daniel Tavi Celis, condenado por narcotráfico, y se le ampliaron las salidas familiares de las cuales ya gozaba
En el fallo del Tribunal Oral Federal de Paraná, que lleva la firma de la jueza de Ejecución, Noemí Berros, se rechaza el pedido de Libertad Condicional formulado por el condenado Daniel Andrés Celis y se amplía el beneficio de salidas sociofamiliares de que ya goza el condenado correspondiendo una salida semanal de 12 horas cada vez, a realizarse los días domingo, en horario diurno de 8 a 20, más el tiempo que le insuma el traslado, en el domicilio familiar ubicado en Paraná.
La solicitud de libertad condicional presentada por su defensa, argumenta que Celis cumple con el tiempo legal requerido y ha mantenido una conducta ejemplar. No obstante, el tribunal revisa los informes técnicos criminológicos y sociales de la Unidad Penal, que desestiman la libertad condicional aludiendo a la necesidad de Celis de afianzar su proceso de reinserción social y transitar plenamente las etapas progresivas de la pena. Finalmente, el tribunal rechaza el pedido de libertad condicional pero amplía el beneficio de salidas socio-familiares a una salida semanal de doce horas, imponiendo condiciones estrictas para el goce de dicho beneficio.
En tanto se hizo saber expresamente al interno que "deberá observar y mantener buena conducta al egresar del establecimiento carcelario. Asimismo deberá abstenerse de asistir a lugares públicos de concurrencia masiva; consumir y o poseer bebidas alcohólicas y o sustancias estupefacientes; conducir vehículos motorizados ni utilizar redes sociales con la publicación o difusión de fotografías en la que se exhiba su persona, sea ello realizado por sí o por personas vinculadas a su entorno; todo ello, bajo apercibimiento de revocar el beneficio de salidas sociofamiliares".
En 2021 Daniel Tavi Celis fue condenado, con unificación de penas, a 15 años y medio de prisión por un violento asalto en una estancia de Las Cuevas, Departamento Diamante y por venta de drogas en Paraná y la región, en parte por el pacto con el exintendente de Paraná, Sergio Varisco.
En aquella oportunidad el jefe narco había pedido clemencia a la Justicia y una oportunidad para su reinserción social. El Tribunal Oral Federal de Paraná impuso una pena única y total intermedia entre los 13 años pedidos por el defensor Augusto Lafferriere y los 18 años solicitados por el fiscal general José Ignacio Candioti.
Qué dice el fallo de Berros
El fallo, al que accedió UNO, hace hincapié en las opiniones desfavorables de los organismos penitenciarios. Los informes técnicos criminológicos, el informe social, el informe pronóstico del Consejo Correccional, y la resolución del Director de la Unidad Penal N°1 concluyeron de manera unánime y desfavorable respecto a la concesión de la libertad condicional.
Necesidad de Profundizar el Proceso. Si bien Celis ha modificado su postura, internalizado recursos a través de espacios educativos, laborales y psicoterapéuticos, y no registra sanciones disciplinarias en más de tres años, el Informe Técnico Criminológico desestimó su incorporación a la libertad condicional. Se consideró que los egresos extramuros que venía transitando eran acotados, siendo necesario profundizar el proceso de resocialización, sugiriendo ampliar y sostener progresivamente sus salidas transitorias socio-familiares.
Riesgo de Reincidencia y Escasa Implicancia Subjetiva. El Consejo Correccional advirtió ciertos condicionamientos atenientes a la reincidencia en el delito, lo cual "denota una escasa implicancia de la pena en el plano subjetivo". Además, se señaló la necesidad de reforzar y afianzar la reinserción socio-familiar.
Pronóstico Desfavorable. Los datos aportados por los informes técnicos penitenciarios habilitan a presagiar, "al menos en esta instancia, un pronóstico desfavorable respecto de una adecuada reinserción social al medio libre".
Principio de Progresividad y Autogobierno Insuficientemente Evaluado. Aunque la ley 24.660 no exige transitar expresamente todos los regímenes, el régimen penitenciario se basa en la progresividad (art. 6). Al no haber transitado en plenitud las instancias superiores del tratamiento penitenciario, las facultades de autogobierno de CELIS no han podido ser evaluadas adecuadamente hasta el momento.
Tiempo Escaso de Evaluación Extramuros. El tiempo que lleva gozando de salidas socio-familiares (autorizado en mayo de 2024 y ampliado en enero de 2025) ha sido escaso para evaluar su autogobierno en el medio social libre.
Cumplimiento Insuficiente del Tratamiento. El Tribunal concluyó que el cumplimiento de Celis frente al programa de tratamiento propuesto "no resulta suficiente.
Aspectos Negativos Pendientes. A pesar de haber alcanzado calificaciones de Conducta Ejemplar (9) y Concepto Muy Bueno (7) en los últimos meses, se destacaron como aspectos negativos: Ocho (8) sanciones disciplinarias durante su encierro. Limitado compromiso por el área educativa. Carencia de actividades concretas en el último año en los aspectos educativos y laborales que demuestren un avance significativo en su resocialización.
En conclusión se consideró imprescindible, en consonancia con los informes técnicos que, de manera previa a acceder a la libertad condicional, el condenado sostenga y transite otros espacios tratamentales que establece el régimen de ejecución de la pena. Esto favorecerá una reinserción útil y productiva y disminuirá factores económico-sociales, como la necesidad de contar previamente con un trabajo lícito.