La Justicia de Entre Ríos ordenó la detención y traslado a la cárcel de Pedro Matías Vargas, uno de los dos testigos de Jehová de Santa Elena condenados en 2021 por abusos sexuales en perjuicio de dos menores. El pedido de encarcelamiento se firmó este miércoles luego de que los jueces de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) denegaran un nuevo recurso de los abogados defensores.
Abusos: ordenan detener a un testigo de Jehová
"Ordénase la inmediata detención de Pedro Matías Vargas y su alojamiento en la Unidad Penal N° 1, a fin de dar inicio a la ejecución de la pena impuesta", consta en la resolución judicial emitida este miércoles a la que accedió UNO.
Vargas es uno de los religosos condenados por abusar sexualmente de menores. El otro es Vito Luciano Panza, que por el momento sigue en libertad. El fallo que los encontró responsables de estos graves delitos contra la integridad sexual sigue firme, ya que el STJ les negó el recurso extraordinario federal con el que pretendían llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La sentencia está fechada este 12 de septiembre y fue firmada por los vocales Miguel Ángel Giorgio, Daniel Omar Carubia y Claudia Mizawak. Los condenados aún no agotaron todos los recursos de apelación. Les queda como última opción acudir con un recurso de queja directamente ante la Corte.
Como contó UNO en la edición del 15 de mayo de este año, Vargas y Panza fueron condenados el 19 de marzo de 2021 por el Tribunal de Juicio de Apelaciones de Paraná. El primero recibió 12 años de cárcel por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la calidad de ministro de culto y por ser encargado de la guarda; y abuso sexual simple reiterado, en su modalidad agravada por la calidad de ministro de culto.
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En tanto, Panza fue declarado autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante y se dispuso remitir el expediente al Juzgado Penal de Niños, Niñas y Adolescentes de La Paz para que proceda a la integración de sentencia. Es decir, será un Tribunal de menores quien deba establecer el monto de la pena debido a que era menor punible al momento de los hechos.
La Cámara de Casación Penal confirmó las condenas el 10 de noviembre de 2022 y el 29 de diciembre rechazó un recurso de impugnación extraordinaria con el cual pretendían llegar a la Sala Penal del STJ. Tras ello, la defensa apeló nuevamente hasta llegar en queja al máximo tribunal provincial.
Fue así que en esta instancia ya hay dos resoluciones: la primera fue el 24 de marzo de este año cuando la Sala Penal del STJ rechazó un recurso para atender los agravios defensivos; y la segunda es la que dio a conocer ayer, donde les deniega a los defensores Roberto Alsina y Miguel Ángel Cullen el recurso extraordinario federal para que el caso pase a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.