Con el paso de las horas más ciudades entrerrianas determinan la obligatoriedad del uso del barbijo casero para circular en la vía pública. Lo que hasta hace semanas atrás era descartado por las autoridades sanitarias del país y de la provincia, lentamente fue cambiando de perspectiva.
Más uso obligatorio de barbijo y circulación restringida en las calles
Varias provincias ya establecieron esa medida de prevención, y tanto la Nación como Entre Ríos, si bien no lo exigen, lo consideran conveniente por ejemplo al usar el transporte público o en lugares de concurrencia como supermercados.
Detrás de Libertador San Martín y Villaguay siguieron San José, Concordia, Victoria, Oro Verde, y se sumaron en las últimas horas Crespo, Federación, Valle María y Urdinarrain, con alguna consideración parcial, y Gualeguay, donde además se impuso la restricción de circulación en la calle según terminación de patentes.
Al respecto, el concejal gualeyo de Cambiemos Efraín Martínez Epele, explicó que el Decreto municipal Nº 380/20 apunta a restringir la circulación vehicular “a la mitad” del actual movimiento. Y para ello se adoptó el criterio de la terminación de la patente; es decir las patentes que terminen en número par podrán circular los días pares y las patentes con terminación impar, los días impares.
Claro que solo podrán circular aquellas personas exceptuadas por el Decreto nacional Nº 297, que se desempeñan en actividades consideradas esenciales.
Para esa determinación el intendente, Federico Bogdan, había evaluado que tras los primeros casos detectados en el inicio de la pandemia, en los últimos días se notó una distensión en el cumplimiento de la cuarentena. “La gente saca el auto para hacer cuatro o cinco cuadras, hasta el súper”, agregó.
Una medida similar de mayor restricción en la vía pública había adoptado San José, días atrás, que permite a las personas salir a la calle –solo para cubrir sus necesidades– de acuerdo a DNI.
En la ciudad de Crespo desde hoy regirá el uso obligatorio del barbijo comunitario o tapaboca para todo el personal que trabaje en comercios, consultorios, oficinas públicas y privadas; y cualquier lugar donde se realice la prestación de bienes y/o servicios. El decreto también determina como obligatorio el uso de barbijo comunitario/tapaboca para toda persona que ingrese a los comercios, consultorios, oficinas y cualquier lugar donde se realice la prestación de bienes y/o servicios; quedando prohibido el ingreso de aquella persona que no cumpla con esta disposición. Asimismo, a los fines de facilitar el ingreso al local, el comerciante podrá proveer el barbijo comunitario/tapaboca respectivo.
En tanto que se recomendó el uso del barbijo comunitario/tapaboca al circular en la vía pública.
Finalmente, en Urdinarrain, se estableció ayer que sea obligatorio el uso de tapaboca para las personas que realicen reparto y/o delivery de todo tipo de productos; atención al público, en los comercios, negocios o actividades exceptuadas del aislamiento (supermercados, autoservicios, almacenes, carnicerías, verdulerías, farmacias) y proveedores que ingresen a la ciudad.












