Urribarri formalizó su decisión de ser candidato a gobernador

El exgobernador Sergio Urribarri presentó ante el STJ un acción de inconstitucionalidad. Cuestiona que se compute su primer mandato entre 2007 y 2011.
14 de marzo 2023 · 09:41hs

El exgobernador Sergio Urribarri realizó este martes ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) una presentación para poder ser candidato a gobernador en las elecciones de este año y zanjar el debate público que existe al respecto. En el multitudinario acto que encabezó en febrero en el Club Echagüe en Paraná había anticipado que trabajaba en una acción como la que ahora formalizó. Se trata de un extenso escrito de 64 páginas en el que el ex mandatario plantea, entre otros argumentos, que para su primer mandato fue electo y asumió en 2007, cuando la Constitución no se había reformado todavía.

“Son varias las razones que me llevan a hacer esta presentación. Una es el asesoramiento favorable a mi postura que vengo recibiendo desde hace meses de constitucionalistas de renombre tanto de Entre Ríos como de otras provincias que participaron en la elaboración del texto”, introdujo Urribarri.

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“También el afecto y el respeto que recibo de la militancia y de los hombres y mujeres de a pie en mis recorridas por la provincia que no ven en mí lo que dicen los discursos de odio producto de esta guerra mediática-política-judicial que afecta a nuestra región. Ven al gobernador que les entregó la casa, que les dio el trabajo, que golpeaba puertas en Buenos Aires para hacerles el hospital, la escuela y la ruta. Y sobre todo, ven al militante que jamás dejó tirado a un compañero o una compañera, que jamás dejó de atender un teléfono y que gobernó con las puertas abiertas llevando su despacho a cada rincón de la provincia”, enumeró luego.

“Pero sin dudas lo que me terminó de decidir fue la necesidad de agotar esfuerzos para impedir que, producto de engaños de marketing y blindajes mediáticos y judiciales, tenga chances electorales un hombre como Rogelio Frigerio. Un dirigente que no nació en nuestra provincia, que no la conoce, que fue un ministro clave en el gobierno nefasto de Mauricio Macri y que claramente tomó medidas contrarias a los intereses de nuestro pueblo, privándonos de hospitales, rutas y viviendas”, completó Urribarri.

Los argumentos

El exmandatario presentó ante el STJ una acción de inconstitucionalidad respecto de una cláusula transitoria de la Constitución provincial. Hizo su planteo en un escrito de 64 páginas, con el patrocinio del abogado paranense Miguel Cullen.

En el texto se señala que en la reforma constitucional de 2008 se incorporó el artículo 161 que estableció la posibilidad de la reelección del gobernador y vicegobernador solamente por dos períodos, consecutivos o alternados. A la par, se añadió la disposición transitoria 289, que es la que Urribarri objeta. Allí se indicó que esas nuevas reglas eran de aplicación inmediata y definió textualmente: “No se computarán los mandatos cumplidos y sí se considerará al actual período de gobierno como el primero”.

MÁS INFORMACIÓN: Urribarri y Máximo Kirchner impulsan la candidatura de Cristina

El ex gobernador cuestiona la disposición transitoria 289 por haber sido incorporada por fuera de las atribuciones que la ley que reguló el proceso de reforma le otorgó a la Convención Constituyente y por contener una distinción arbitraria e irrazonable que afecta los principios de igualdad y no discriminación y también sus derechos políticos, al resultar contraria a los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución provincial, la Constitución nacional y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Por un lado, puntualiza que las reglas para la reforma constitucional de 2008 se plasmaron en la ley 9.768. Allí se indicó que se trataba de una reforma parcial y se habilitaron modificaciones a determinados artículos. Respecto a la reelección, en el artículo 3º de la norma se especificó: “Habilitase la reforma del artículo 120 de la Constitución vigente, al solo efecto de establecer la posibilidad de reelección del gobernador y vice por un solo período consecutivo”. Es decir, que no se autorizó la posibilidad de incluir cláusulas transitorias sobre este tema puntual, como sí se lo hizo respecto de otros aspectos.

Por otro lado, Urribarri marca, entre otros argumentos, que no se puede computar como primer mandato suyo el que ejerció entre 2007 y 2011 porque estaba en pleno desarrollo al momento de la reforma y porque él fue electo para ese período en vigencia de la Constitución de 1933.

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