Se realiza la audiencia para definir sobre la recusación del juez que imputó a Varisco

La Cámara Federal de Apelaciones escuchará a los defensores del intendente y al juez Federal Ríos. Tiene 48 horas para pronunciarse
28 de mayo 2018 · 08:46hs
Los jueces Mateo Busaniche, Cintia Gómez y Beatriz Aranguren, quienes integran la Cámara Federal de Apelaciones, encabezarán hoy a las 12 la audiencia por la recusación planteada por la defensa del intendente, Sergio Varisco, al juez Leandro Ríos.
En esa instancia expondrán sus argumentos los abogados defensores del intendente de Paraná, Rubén Pagliotto y Miguel Ángel Cullen; para sostener que debe apartarse al magistrado. También lo hará el juez Ríos, en favor de su continuidad. Es de esperar que no haya muchas sorpresas en cuanto a la argumentación de cada parte. Los defensores de Varisco recusaron al juez porque actuó como querellante, hace 15 años, contra el intendente en la causa de homicidio culposo iniciada por la muerte de la entonces concejala Mercedes Lescano en un siniestro vial protagonizado por el actual intendente.
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En la recusación, presentada el 21 de mayo, Pagliotto y Cullen señalaron que si bien "la actuación como acusador privado de Su Señoría fue hace más de una década, la norma inhibitoria (inciso 1° del artículo 55 del Código Procesal Penal) no establece ningún distingo temporal, ciñéndose solo al presupuesto fáctico de haber actuado profesionalmente, a favor o en contra, sin ninguna otra consideración que no sea esa. Siendo este el contexto, no cabe sino la aplicación de la más elemental doctrina en materia de hermenéutica jurídica emanada de la Corte Suprema de Justicia, que indica que cuando la ley es clara y no deja margen de dudas, no cabe sino su aplicación literal".
Al día siguiente se iba a realizar la indagatoria de Varisco, imputado en la causa por tráfico de estupefacientes ligada a Gustavo Tavi Celis.
También se señaló: "La garantía de la imparcialidad del juez fue reconocida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación al señalar que '...no es dudoso que las cuestiones de recusación se vinculan con la mejor administración de justicia, cuyo ejercicio imparcial es uno de los elementos de la defensa en juicio...' (...) Cuando se encuentre comprometida la imparcialidad e independencia de juicio debe resolverse su apartamiento del conocimiento e investigación de la causa en cuestión. Como se demostrará más adelante, tales circunstancias se verifican en la presente causa, lo que hace jurídicamente imposible la continuación de la intervención en cabeza del aquí recusado".
También indicaron que el artículo 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que "...Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial...".
Asimismo, que el artículo 2, párrafo segundo de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre prescribe: "Toda persona acusada de delito tiene derecho a ser oída en forma imparcial... por tribunales anteriormente establecidos...". Por último, el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos expresa: "...toda persona tendrá derecho a ser oída y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por ley".

Nulidad de la indagatoria
Los defensores de Varisco también pidieron la nulidad de la indagatoria, además del apartamiento de Ríos. "... deberá decretarse la nulidad del llamado a indagatoria de Sergio Fausto Varisco, por entender que un magistrado hace una evaluación ex ante de decidir imputar a un ciudadano y citarlo consecuentemente al acto indagatorio en esa condición, campeando en esa elucubración todas las consideraciones efectuadas respecto de la causal del inciso 1 del artículo 55 de ordenamiento ritual nacional".
"Desde allí que las motivaciones juegan e inciden en el ánimo del juez, en la literalidad de esa norma citada y más allá de las consideraciones reales del magistrado. No se puede estar a lo que cada juez hace o deja de hacer. La norma es general y abstracta...", remarcaron.
Y se añadió: "El manifiesto perjuicio que produciría el llamado a indagatoria bajo las circunstancias apuntadas, es el serio y concreto temor de que estas hayan incidido o gravitado en el ánimo o espíritu de V.S. para convocar a nuestro pupilo en el carácter de imputado a prestar declaración indagatoria".

La posición del juez
Ante la posibilidad se ser recusado, el mismo día que finalmente lo fue, el juez Ríos expresó en un decreto judicial que no estaba afectada su imparcialidad.
"No se ve afectada la garantía de imparcialidad respecto de la valoración que deba realizarse sobre la eventual intervención del ciudadano Sergio Varisco en este otro proceso por presunta infracción a la Ley Nº 23.737, dado que no existe ningún tipo de vinculación en los hechos ventilados en ambos trámites judiciales, que pueda llevar a las partes a sospechar fundamentalmente algún interés especial en su resolución en un sentido determinado por parte del suscripto. A todo evento, es dable manifestar que el diciente no tiene ninguna animosidad especial ni en favor ni en contra de ninguno de los imputados", señaló el magistrado.
Luego, Ríos indicó: "Esto ha sido admitido expresa y públicamente en la conferencia de prensa brindada por Varisco el mismo día de los allanamientos del 8 de mayo del corriente año, donde manifestó: '...hoy es un día que han funcionado las instituciones de la República, porque esto demuestra que hay un Poder Judicial independiente, que no hay interferencia del poder político... nos parece muy bien que el juez federal ordene estos procedimientos para aclarar esto que, ya les digo yo soy el primer interesado... esto se da en el marco de un Poder Judicial que actúa en la órbita de su competencia de manera absolutamente independiente pues de otra manera no se pueden hacer este tipo de procedimientos... uno piensa en el funcionamiento de las instituciones y acá no hay privilegios para nadie... el procedimiento que ha hecho el juez se ajusta a la justicia y al servicio de justicia, a mí me enorgullece que funcione sin ningún tipo de privilegios....'".
En caso de aceptar la recusación, la causa quedaría en manos del juez Federal N° 2 en lo Civil de Paraná, Daniel Alonso, o el titular del Juzgado Federal N° 1 en lo Penal de Concepción del Uruguay, Pablo Seró.
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