Un proyecto de ley, ingresado este martes en la Cámara de Diputados de la Provincia, busca establecer sanciones para aquellas comunas que omitan realizar las rendiciones de sus balances ante el Tribunal de Cuentas. La penalidad consistirá en la suspensión de la coparticipación a las localidades que incurran en el incumplimiento, como en ciertos casos se estaría dando en la actualidad.
Prevén sancionar a las comunas que no rindan cuentas
Por Alfredo Hoffman
El autor de la iniciativa es el diputado oficialista Leonardo Silva, quien a su vez preside la Comisión de Asuntos Municipales y Comunales. La idea es establecer que "el Poder Ejecutivo podrá suspender la participación en impuestos nacionales y provinciales de las comunas que no den cumplimiento (...) a las disposiciones del Artículo 30º inciso g) de la Ley 10.644 del Régimen Comunal".
La Ley 10.644 de Régimen Comunal fue aprobada en 2017 para establecer las normas de organización, competencia y funcionamiento de los centros de población de entre 400 y 1.500 habitantes. Según el artículo 30, entre los deberes del presidente de la Comuna se encuentra el de "presentar anualmente, antes del 30 de abril del año siguiente, los balances respectivos ante el Consejo Comunal y ante el Tribunal de Cuentas".
En 2019 se aprobó la Ley N° 10.775, que en su artículo 13 previó la suspensión de la coparticipación a las comunas para el caso de que no cumplan con las disposiciones de la Ley Nacional Nº 23.548 (coparticipación federal) o con las decisiones de la Comisión Federal de Impuestos. Pero no se estableció sanción para el caso de la falta de rendición ante el Tribunal de Cuentas. Esto es lo que pretende subsanar el legislador peronista.
Más presupuesto
En los últimos años, el gobierno provincial promovió la elevación de numerosas juntas de gobierno a la categoría de comunas, tal como lo disponía la reforma constitucional de 2008. El mes pasado, en oportunidad de visitar Aldea Santa María, el gobernador Gustavo Bordet afirmó que inició su gestión con 53 comunas y a la fecha son 83 y que esto tuvo como consecuencia un importante aumento de los presupuestos de estos gobiernos locales.
"Decidimos hacer el paso a comunas con el convencimiento de que esto iba a cambiar la vida de los habitantes de las juntas de gobierno. El presupuesto se multiplica por 5 y por 6, pero lo más importante es que el dinero llega diariamente por goteo de coparticipación y le da autonomía a la comuna para poder decidir qué obra hacer, cómo lo quiere hacer y le da capacidad para contratar", destacó el mandatario. "La idea es poder seguir generando esta iniciativa que está prevista en la constitución y que hace que las comunas tengan su presupuesto, reciban sus dineros, puedan aplicarlos de la mejor manera, y esto ha generado un desarrollo armónico y equitativo en todo el territorio de la provincia”, agregó.
Sin embargo, la contracara de este beneficio fue la falta de presentación de los balances ante el organismo de contralor provincial, según se lee en los fundamentos del proyecto de Silva. "Actualmente, la Ley de Coparticipación a Comunas no prevé una sanción, como si lo establece el Artículo 7º de la Ley Nº 8.492 de Coparticipación a Municipios, ante casos de falta de presentación de rendición anual ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia", escribió el legislador.
"Esta situación, entre otras causas, ha generado que las comunas no presenten las rendiciones dispuestas por el Artículo 30º inciso g) de la Ley 10.644 del Régimen Comunal", afirmó.
La sanción
El procedimiento sancionatorio previsto en el proyecto es que el Tribunal de Cuentas "comunicará a la Contaduría General de la Provincia la falta de cumplimiento, de conformidad a la normativa renditiva emanada del propio Organismo de Control Externo". Entonces, se aplicará la suspensión de la coparticipación a las comunas informadas como pendientes de rendición, de acuerdo con las siguientes proporciones: la falta de presentación al 30 de junio del año siguiente al período de que se trate habilitará la retención del 25% de la coparticipación nacional y provincial correspondiente; si sigue incumpliendo al 30 de agosto, la retención se incrementará al 50%, y si continúa al 30 de septiembre, será del 100%.
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"Subsanada la situación que provocó la retención, e informada la misma a la Contaduría General de la Provincia, este último organismo comunicará inmediatamente a la Tesorería General de la Provincia, la que dentro de los diez (10) días hábiles procederá a efectuar la transferencia de los fondos retenidos, sin actualización ni interés de tipo alguno", completa la iniciativa de Leonardo Silva.