Pintadas antisemitas: el fallo demostró que el acusado era experto en simbología nazi

Franco Zapata recibió una pena condicional por las pintadas antisemitas. Para la DAIA Entre Ríos el acusado "enlodó la memoria de seis millones de judíos".
24 de abril 2022 · 08:14hs

Una sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Paraná reconstruyó la forma en que un joven ideó y concretó una serie de pintadas antisemitas en un sector del Parque Urquiza, y en el frente de su domicilio particular. El lunes 18 de abril la vocal Noemí Berros condenó a Franco Julián Zapata a 3 años de prisión condicional y se ordenó que cumpla con la realización de un curso de concientización sobre la discriminación y el Holocausto perpetrado por el régimen nazi del Tercer Reich. También se le impuso la realización de tareas comunitarias no remuneradas en favor de alguna institución de bien público de Paraná. Para la Justicia, se demostró su culpabilidad en la comisión del delito de propaganda basada en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color que tenga por objeto la promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma, en concurso ideal con el delito de daño doblemente agravado por haber sido ejecutado en bienes de uso público y por odio racial o religioso a la comunidad judía.

Más allá de cualquier valoración jurídico-técnica, de los alegatos acusatorios y defensivos, lo más saliente de los fundamentos de la sentencia es la intervención del titular de la Delegación de Asociaciones Israelitas (DAIA) Filial Entre Ríos y de la Federación de Comunidades Judías de Entre Ríos, Pablo Soskin.

El dirigente se constituyó en el debate bajo la figura de Amicus Curiae (“Amigo del Tribunal”) y observó que el hecho en cuestión “representa una amenaza para la comunidad de judía”.

Hizo una valoración de las pintadas antisemitas y de las publicaciones de Zapata en sus redes sociales. Vale la pena repasar los antecedentes del caso: las inscripciones y grafitis aparecieron el 15 de octubre de 2014 en la zona del Palomar, en el Parque Urquiza de Paraná. Ese día na comisión policial constató la existencia de leyendas que rezaban “Achtung juden!” (“Atención judíos”, en idioma alemán); “SS”, referida a la organización policial, política, penitenciaria, y seguridad del nacional socialismo del Tercer Reich; a su lado se escribió el número “1488”, cuyo significado alude a la frase “Debemos asegurar la existencia de nuestra raza y un futuro para los niños blancos”. También se encontraron varias cruces esvásticas.

Se trata de una parte de la evidencia incorporada a la causa y que en el debate terminó por demostrar la culpabilidad del imputado.

Sobre la simbología nazi

Soskin, en representación de la comunidad judía, pidió tomar conciencia de la gravedad de estos hechos y especialmente porque su autor -el condenado Zapata- “tiene un conocimiento importante del nazismo y de la ideología de la pureza de la raza aria”.

Así marcó “que la esvástica publicada en Facebook por Zapata no es cualquier esvástica. Se trata de la utilizada por la Sociedad Thule que existió entre 1918 y 1930, grupo racista que fue la base ideológica que crea el Partido Obrero Alemán, transformado luego por Hitler en el Partido Nacionalsocialista Alemán de los Trabajadores”.

Luego se refirió al impacto de la difusión de esa simbología a través de plataformas virtuales. “Las publicaciones del imputado en las redes sociales tienen más fuerza que las pintadas en las paredes, pues alimentan la cabeza de millones de personas, manifestó. Lo publicado en Facebook, como en Instagran muchos años después, constituye una afrenta para la sociedad y es tan reprobable como las pintadas en el Parque Urquiza, porque las redes sociales tienen efectos más dañosos, se viralizan y quedan. En cambio, las paredes se vuelven a pintar”, expuso en el fallo al que tuvo acceso UNO.

En su intervención exhortó a reivindicar la memoria de las víctimas del Holocausto, porque a modo de ejemplo planteó que “la utilización de la esvástica nazi no solo enloda la memoria de seis millones de judíos y no judíos, es también una amenaza para nuestro futuro, es visualizar al judío como un animal inferior a exterminar”.

Advirtió que hechos de esta naturaleza no pueden ser naturalizados y calificados como una conducta “infantil”. Para Soskin es “preciso recordar lo que ocurrió para que no suceda más”.

También puso en crisis la participación del imputado en el debate, cuando pidió disculpas al ser indagado: “No merece ser atendido. el antisemitismo lo tiene internalizado y aprendido, por ello volvió a publicar en sus redes contenido antisemita en 2019. La satisfacción –más allá de lo que en el fallo se resuelva- es que estos hechos sean traídos a juicio”.

En otro pasaje, Soskin entendió que “tanto las pintadas como las publicaciones en las redes sociales, son parte de una misma conducta delictiva, hecha –además- con expresiones y simbología que no conoce todo el mundo”.

Recordó además que la DAIA representa a cuarenta colectivos comunitarios: judíos, bolivianos y paraguayos. “Para los que profesan estas ideologías de odio, la raza aria es la pura, los demás somos impuros. Todos tenemos sangre de todo tipo. La pureza de los seres humanos está en su impureza. Es preciso aprender a tratar al semejante como a sí mismo”, argumentó.

“Amenaza para los judíos”

Para el juicio fue convocado como testigo Diego Duglovitzky, quien el momento de los hechos dirigía la DAIA Entre Ríos. Coincidió con Soskin en que la caligrafía de las pintadas revela el conocimiento y la preparación que tenía el acusado. Por ejemplo –dijo- que “la esvástica era el símbolo nazi, con leve inclinación y brazos hacia la derecha; las palabras en alemán (‘Achtung Juden’) no las sabe escribir cualquiera; la inscripción ‘SS’ se correspondía exactamente con las SS nazis, escritas con leve inclinación y con las ‘s’ en trazos rectos; estaba el número ‘1488’ y explicó que el número ‘14’ es una declaración de supremacía de la raza blanca (son las llamadas 14 palabras) y el ‘88’ significa ‘Heil Hitler’ porque la ‘H’ es la octava letra del alfabeto; así como el número ‘18’ significa ‘Adolf Hitler’”.

Explicó que al observar esas pintadas se comprende que fueron hechas por alguien que sabe, que consume y que sigue la ideología nazi. “Conoce, estudia, se tomó tiempo para ello, lo hizo en un espacio público, lo que implica que no solo constituye un agravio sino una amenaza directa a la comunidad judía. No se trata –expresó- de pintadas inocentes”, reflexionó el actual funcionario municipal.

A modo de revisión histórica manifestó que en Paraná, entre las cuatro pintadas más serias y agresivas de los últimos 30 años recuerda una frente a la Asociación Israelita en 1980, dos en el Parque Berduc (en las que incluso había amenazas hacia su persona) y éstas del Parque Urquiza.

En el alegato acusatorio, a cargo del fiscal José Candioti, el imputado se presentaba así mismo como el “Subjefe del campo de exterminio de Treblinka” (con su foto estampada frente a la imagen de dicho campo). Al respecto de esta situación, Duglovitzky señaló: “fue uno de los peores campos de exterminio, que estaba ubicado en Polonia. Fue una máquina de muerte y tortura, para la exterminación del pueblo judío. Allí se perfeccionó cómo matar, se hicieron experimentos con personas como, por ejemplo, torturar a un mellizo o gemelo para verificar si el otro sentía dolor; amputar una pierna para determinar en cuánto tiempo la persona moría. Significó el punto más bajo, de mayor indignidad y crueldad a que puede llegar la humanidad”.

Candioti: “Son ideas contrarias a la dignidad humana”

En su alegato de clausura el fiscal general José Candioti expuso que “no se estaba ante un hecho menor. Se trata de proclamas y propaganda de ideas contrarias a la dignidad humana, de exaltación del Holocausto y del régimen totalitario nazi”.

Señaló entre los agravantes “su actitud posterior al delito por la continuidad en el tiem-po de la publicación en redes sociales de igual contenido de odio racial, como lo demuestra la efectuada en su cuenta de Instagram del 21 de abril de 2019”.

Atento a estos antecedentes, Candioti pidió que se le imponga una pena de 3 años y 6 meses de prisión. Además tuvo en cuenta como atenuante, su juventud en el momento del hecho y su falta de antecedentes penales.

En la causa se incorporó la denuncia del periodista Jorge Riani, “quien venía investigando y publicando notas en medios periodísticos, sobre la existencia de un grupo de personas que profesaban y propagaban esas ideas de superioridad racial, a raíz de la cual sufrió amenazas y seguimientos”, según se expuso en el veredicto.

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