La defensa de Escobar Gaviria reclamó la nulidad de la condena

Se argumentó que hubo "irregularidades" durante la investigación preliminar. La Fiscalía y la querella pidieron que se ratifique la condena
7 de agosto 2019 · 08:42hs

La Cámara de Casación Penal de Paraná deberá revisar la condena al cura Juan Diego Escobar Gaviria, luego de la apelación presentada por la defensa, en una audiencia realizada ayer en los Tribunales de Paraná. El sacerdote colombiano cumple una condena de 25 años de prisión efectiva por los delitos de la Promoción de Corrupción de Menores Reiterada (tres víctimas) agravada por la condición de guardador y por Abuso Sexual Simple Agravado por ser cometido por un ministro de culto. Casación dará a conocer su veredicto el 4 de septiembre a las 12.

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La defensa, integrada por María Alejandra Pérez y Milton Urrutia, planteó que se cometió la violación del debido proceso por algunos actos de la investigación penal preparatoria, tales como realizar la cámara Gesell sin que se haya nombrado un abogado defensor. En realidad se atacó la primera cámara Gesell practicada a una de las víctimas, porque se sostiene que no se le brindó la posibilidad al cura de designar un abogado de confianza. Durante la exposición de la abogada Pérez, además se argumentó que durante ese procedimiento no intervino “un especialista en niños “, según pudo registrar UNO.

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Esas dos circunstancias fueron motivos suficientes para que la defensa denunciara que “en Entre Ríos no hay Estado de Derecho”.

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Aquel procedimiento estuvo a cargo de la psicóloga Diana Bonzi

En líneas generales se reeditaron los fundamentos desarrollados durante los alegatos finales en el juicio oral, sumado al pedido de nulidad de un testimonio propuesto por la defensa y que luego denunció al cura.

También se reclamó la nulidad la sentencia, porque no está debidamente fundada y que se limita a transcribir los testimonios de las víctimas y los informes psicológicos.

La defensora Pérez, en el pasaje final de su exposición, planteó que no correspondía la calificación de la Promoción a la Corrupción de Menores, “porque nunca se logró demostrar el daño”, se manifestó durante la audiencia.

De acuerdo a la acusación pública “la Promoción a la Corrupción de Menores no requiere la lesión efectiva o la corrupción efectiva, sino que se configura como un delito de prudencia o de peligro. Esto está probado en todos los actos de abuso sexual que cometió el cura”.

Las críticas también apuntaron a la valoración de la prueba.

“La prueba es abrumadora”

El Ministerio Público Fiscal, representado por Gamal Taleb, solicitó que se ratifique la condena impuesta por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay. “No hubo ninguna irregularidad en la producción de la prueba durante la investigación penal preparatoria y porque cuando se valoran esos elementos de prueba durante el juicio, la tarea de los juzgadores fue siempre respetando las reglas de la sana crítica racional”, dijo Taleb a UNO.

“Hay abrumadora prueba, porque hay múltiples testigos, incluso hasta testigos presenciales. El discurso fue siempre el mismo, han declarado muchos psicólogos que trataron a los chicos, amigos, maestras”, subrayó.

En representación de la querella, Mariano Navarro adhirió a los argumentos de la Fiscalía.

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