Un informe realizado por el Ente Nacional Regulador de Gas (Enargas) reflejó que en solo tres años, la cantidad de beneficiarios de la Tarifa Social de Gas se redujo un 45% en tres años, en medio de una crisis económica y de aumento de la desocupación. Fue como consecuencia de las medidas durante la anterior administración municipal, para readecuar los motivos de inclusión y exclusión vigentes en la Tarifa Social.
Gas: cayó 45% los beneficiarios de la Tarifa Social
Así fue que en 2017, en la provincia, había 21.713 usuarios con ese beneficio, pasaron a ser 17.601 en 2018, 13.101 en 2019 y 11.978 este año, de acuerdo con el informe al que accedió UNO, en medio de un agravamiento de las condiciones de vulnerabilidad y de deterioro social de algunos estratos sociales.
Durante el período analizado, el dato más relevante es la fuerte caída acumulada del 45% entre 2017 y 2020, con una pérdida de beneficiarios de la Tarifa Social de casi 10.000 usuarios como consecuencia de las medidas dispuestas por la ex-Secretaría de Gobierno de Energía. Esta caída registrada guarda relación con la evolución de los beneficiarios a nivel nacional: de 1.720.466 en 2017 a 1.037.82 en 2020. De todos modos, la quita del beneficio en Entre Ríos fue un 5%. superior al promedio nacional.
El impacto en Entre Ríos, una de las provincias con menor cantidad de beneficiarios con TS dentro del país, también fue más significativo en términos porcentuales que en la provincia de Buenos Aires.
Al respecto, días atrás, el Enargas y la Secretaría de Energía eliminaron los criterios de exclusión de la Tarifa Social del Gas establecidos por la administración de Mauricio Macri, que dejaron 61.000 usuarios en todo el país fuera del beneficio entre julio de 2019 y marzo de 2020. En la provincia fueron unos 1.200.
Criterios
Otro punto puesto en cuestión fue el proceso de control de derecho mensual que requería que la Anses verificara todos los meses que el titular del servicio incorporado al Registro de Beneficiarios, no incurriera en un criterio de exclusión, motivo por el cual, la cantidad de beneficiarios decrecía mes a mes. Por ejemplo, en el caso de cobro de un bono, un adicional por presentismo u horas extras, se producía a la exclusión del beneficio y, en consecuencia, el usuario debía tramitar el ingreso nuevamente.
Por ello el Enargas solicitó la vigencia del beneficio por un año, sin someter al beneficiario a controles mensuales.
El organismo subrayó que “estos criterios no se encontraban alineados con los fines perseguidos con el dictado de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, a fin de lograr entre otras cosas la reestructuración tarifaria del sistema energético con criterios de equidad distributiva, propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares”, según se informó oficialmente.
Además, se recomendó difundir un Modelo de Gestión Unificada Ventanilla Única Social, como vía exclusiva para tramitar el beneficio de Tarifa Social.
Modelo
El régimen que implementó el Registro de Beneficiarios de la Tarifa Social tiene como objetivo brindar ayuda a usuarios en situación de vulnerabilidad socioeconómica, que cumplan con los criterios de inclusión definidos en la normativa, a través de una bonificación del 100% del precio del gas sobre un bloque de consumo máximo determinado en la facturación del servicio.
Entre las exigencias para ser beneficiario, figuran ser jubilado o pensionado o trabajador en relación de dependencia que perciba una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles; ser trabajador “monotributista” inscripto en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo; ser beneficiario de una pensión no contributiva; titular de programas sociales; o estar inscripto en el régimen de monotributo social.
Incluye también a aquellos que perciben el seguro de desempleo; o son titulares de una pensión vitalicia a veteranos de guerra del Atlántico Sur; o que cuenten con un certificado de discapacidad expedido por autoridad competente; o tener el titular o uno de sus convivientes una enfermedad cuyo tratamiento implique electro-dependencia.