Rubén Ángel Vázquez, ex intendente de San Benito y ex diputado provincial, fue sentado en el banquillo de acusados este 22 y 23 de junio imputado por el delito de falsedad ideológica de documento público. La Fiscalía pidió que sea condenado a dos años y seis meses de prisión condicional, más la inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena y tareas comunitarias. También pidió que José Luis Cogno, ex secretario de Gobierno de Vázquez, sea sentenciado a un año y ocho meses de cárcel en suspenso.
Rubén Ángel Vázquez se defendió: "Los decretos que firmé no estaban corregidos"
En el cierre del juicio, Vázquez negó haber antedatado el decreto N° 13/03, fechado el 13 de diciembre de 2003, mediante el cual desafectó del cargo de tesorero a Edgardo Valdemarín -quien se notificó del mismo un año después, en 2004- para destinarlo a otra área. Por el contrario, reforzó el planteo de su abogado Marciano Martínez, quien dijo que existió un error y que, en realidad, la Fiscalía debió haber acusado a la ex jefa de Recursos Humanos de la Municipalidad de San Benito, Elsa Pross, quien admitió haber "corregido" la fecha de notificación del desplazamiento del denunciante.
"No sé mucho de esto. Sólo decirle que cuando yo firmaba los decretos, todos los que firmé ninguno estuvo corregido. Los firmé y nunca supe que habían sido corregidos. Nunca volvió el decreto a mi corregido", señaló. "Con lo poco que sé, hubiese hecho uno nuevo. Yo no era administrativo ni estaba en la parte legal", completó.
En la audiencia de este viernes, ante el juez de juicio Alejandro Cánepa, el fiscal Ignacio Aramberry alegó que ambos imputados antedataron el decreto de remoción. Es decir, que confeccionaron el mismo en 2004, con fecha de 2003.
En su alocución, el representante del Ministerio Público Fiscal puntualizó que Valdemarín recién fue notificado del decreto un año después, el 15 de diciembre de 2004. Remarcó que si bien no existe un testigo presencial del hecho, es decir, de que se haya antedatado el decreto, sí existen "indicios" que permiten inferir que así fue. "El primer indicio acerca de la falsedad del documento lo proporciona el denunciante, Edgardo Valdemarín, que no fue notificado aquel 15 de diciembre de 2003. Se lo notifica cuando el decreto se produjo, un año después. E introduce un dato. Que no tenían el decreto porque tenían reservado una fecha, algo que nos alerta de esta situación y que cabe inferir la falsedad", explicó.
Agregó que Valdemarín fue designado por ordenanza y que no podía ser removido mediante un decreto. E insistió que "la fecha real del decreto no es la que figura", ya que "en los mismos considerandos de ese decreto se menciona la ordenanza Nº 4, sancionada por el Concejo Deliberante de San Benito el 30 de diciembre de 2003".
En esa línea, remarcó el desfasaje de fechas: "Si el decreto es anterior, jamás pudo haber mencionado una ordenanza que no existía. Esto es otro indicio de que esa fecha es absolutamente falsa". Al solicitar la pena, el fiscal consideró como atenuante la falta de antecedentes penales de los acusados y, como agravante, la "altísima función que ocupaban ambos en el municipio".
"La situación era clara y conocida por los imputados. Valdemarín había sido desafectado y en su reemplazo actuó como tesorero (Roberto) Ramallo. Lo que es relevante que esto sucedió al poco de asumir en la gestión Vázquez. Los imputados no podían desconocer que Valdemarín había sido desafectado el 15 de diciembre de 2003 y que el decreto fue confeccionado un año después", cerró.
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A su tiempo, el abogado Iván Vernengo, representante del denunciante junto al abogado Jorge Leiner, adhirió a los argumentos de la Fiscalía: "Este decreto fue considerado como válido por parte de la corporación municipal, cuando en realidad el decreto ha sido falseado. Los imputados son los autores de este delito de falsificación ideológica. Coincido con la Fiscalía en cuanto a la valoración de agravantes y atenuantes".
En ese sentido, planteó como atenuante "la falta de antecedentes y la extensión en el tiempo". Y es que el proceso demoró 18 años en llegar a juicio. Para el letrado, esa situación "no es culpa del sistema judicial de esta provincia" y recordó que Vázquez fue diputado desde 2011 hasta 2019 y que durante ese tiempo contó con inmunidad parlamentaria.
"Vázquez, como era su derecho, se acogió a los fueros como legislador. No podemos atribuir este alongado paso de tiempo a la administración de justicia. No obstante, también entiendo que debe merituarse (el paso del tiempo) como un atenuante", finalizó.
Por su parte, el abogado Marciano Martínez, defensor de Vázquez y de Cogno, pidió la absolución y consideró que en el juicio no se acreditó el delito endilgado. "No está probada la autoría de los hechos. Valdemarín debió hacer el reclamo por la vía administrativa y no con denuncia penal, que llegó tarde y fue dañosa", manifestó.
Asimismo, sostuvo que en realidad la Fiscalía debió haber acusado a la ex jefa de Recursos Humanos de la Municipalidad de San Benito, Elsa Pross, quien admitió haber "corregido" la fecha de notificación del desplazamiento del denunciante. Así lo declaró en la investigación penal preparatoria y en el juicio. Tras oír a las partes, el juez Cánepa abrió un cuarto intermedio para analizar las pruebas presentadas. Su sentencia la dará el lunes 3 de julio, a las 8.