Miguel Ángel Cullen, uno de los abogados defensores del ex gobernador Sergio Urribarri, se refirió a la resolución del juez de Garantías Julián Vergara de este miércoles en la causa en la que se investiga el patrimonio del exmandatario, en contra del planteo de prescripción. “El fallo no dio respuesta concreta a los argumentos que planteamos”, expresó el letrado y adelantó que lo apelarán.
Sergio Urribarri apelará el nuevo fallo en su contra
“La resolución del juez Vergara no se ocupa de contestar los agravios que hemos expuesto; no se rebatieron los fundamentos por los cuales sostenemos que esta causa no puede seguir adelante. Es por eso que vamos a apelar insistiendo con los planteos que hemos hecho hasta que sean escuchados”, manifestó Cullen.
Como informó UNO, el juez Vergara decidió rechazar el planteo de prescripción planteado por la defensa de Sergio Urribarri en la causa por enriquecimiento ilícito.
Cullen indicó que “corresponde el sobreseimiento” así como “la suspensión de la citación a Urribarri porque, tal como lo reconoce la propia Fiscalía, la pericia no está completa y hay prueba pendiente que es muy importante, relacionada a los ingresos de su hijo futbolista en Grecia que son altísimos y van a dar mayor claridad sobre el tema”.
Por otro lado, el letrado manifestó que “Urribarri se ha puesto a disposición desde el día cero y ha explicado las cuestiones que se le han requerido”. Y agregó: “Hay una intervención sesgada y persecutoria por parte del Ministerio Público Fiscal en tanto que pese a haber una pericia oficial llevada a cabo por los profesionales pertinentes que arroja un monto económico 15 veces menor al que dice el informe realizado por un agente de la Fiscalía, en la imputación se hace más referencia a este informe que a la pericia”.
Sin prescripción
El juez Julián Vergara no hizo lugar a ninguno de los planteos esgrimidos por los defensores del exgobernador Sergio Urribarri. Durante la audiencia de este miércoles el magistrado se encargó de fundamentar su oposición a tres de esos requerimientos, por lo cual se valió de antecedentes volcados en investigaciones de corrupción y las medidas que se vienen ejecutando en el presente proceso.
Para el juez en la causa “no ha operado el instituto de la prescripción penal” porque si bien el Código Procesal Penal prevé algunas causales de suspensión, recordó que entre enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2015, Urribarri se desempeñó en forma ininterrumpida como funcionario público. En rigor, consideró que no debe computarse el plazo de suspensión de la prescripción.
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Previamente el juez había advertido, que en el caso de Urribarri, tiene derecho a estar sujeto a un proceso penal “que no dure eternamente”. De ese modo hizo alusión a la garantía del plazo razonable, “porque las investigaciones de larga duración son una afrenta para la dignidad de la propia persona que tiene derecho a aclarar su situación frente a la Ley. Y además tiene derecho a una rápida resolución que ponga fin lo más rápido posible a la situación de incertidumbre”.
Al promediar la audiencia, el magistrado pasó a resolver el planteo de insubsistencia de la acción penal. Vergara volvió a rechazar la petición de los defensores por entender que “la causa tuvo una intensa actividad procesal". En ese marco comenzó a detallar los movimientos registrados en la causa, especialmente los que se ejecutaron en el segundo semestre de 2020".
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Alegó que en este expediente, Urribarri fue convocado para el 14 de junio para que comparezca a su declaración de imputado. En efecto, el plazo de tres meses de la IPP no empezó siquiera a correr, según entendió el juez. "Es por esto que también rechazo este planteo de los abogados defensores", expresó el magistrado.
Finalmente, el juez de Garantías rechazó el planteo de nulidad a la modificación de la apertura de la causa.