Un tecnicismo en la Justicia brasilera absolvió, en primera instancia, al actor Juan Darthés acusado de abuso sexual contra Thelma Fardin cuando ésta era menor de edad. El hecho ocurrió en 2009 durante una presentación de la obra “Patito Feo” en Nicaragüa, país al que la joven actriz volvió para denunciarlo en 2018. Luego lo hizo en Brasil, país de origen del actor que se radicó en San Pablo, escapando de la cancelación y para aprovechar que el país no tiene extradición con Argentina.
Juan Darthés salvado por un tecnicismo judicial
Juan Darthés y su esposa María del Carmen Leone se fueron a Brasil escapando del escarnio público.
La absolución, que se conoció el sábado, no se basa en la inocencia de Darthés sino en la prescripción del delito de abuso por el paso del tiempo y por no haberse podido acreditar el acceso carnal, aunque se hayan dado por ciertos los otros abusos (besos, tocamientos, sexo oral y penetración digital) a la que fue sometida Thelma Fardin cuando tenía 16 años por el actor que, por aquella época, tenía 45 -dato que de por sí expone el abuso a la menor.
Del texto de la sentencia se entiende que el abuso de Juan Darthés hacia Thelma Fardin existió, pero se lo absuelve porque no se acreditó la penetración (con el falo, pene, miembro). El juez decidió basarse en la ley como estaba redactada al momento de los hechos, en 2009, cuando se consideraba al acceso carnal como una “violación agravada”.
“Tras el análisis del conjunto de la prueba practicada, no ha sido posible determinar la materialidad del delito previsto en el artículo 213 del Código Penal, con redacción vigente en el momento de los hechos”, explica el texto y abunda: “Se concluye que existe duda sobre la ocurrencia o no de la conjunción carnal, esencial para la configuración del delito descrito en el artículo 213 del Código Penal, con redacción dada en la época de los hechos, según se describe en la denuncia. Y la duda, en este caso, se resuelve a favor del imputado, siendo la absolución la medida que se impone”, expresa el texto.
El fallo podría tener una carilla para desestimar la violación y absolver a Juan Rafael Pacífico (Juan Darthés), pero se extiende a lo largo de 58 páginas donde se relata -con pelos y señales- el abuso narrado por Thelma Fardin a dos compañeras de elenco, hermanas entre sí; a otra amiga y a distintas personas a lo largo del tiempo. También se sopesan las denuncias contra el otrora cantante de tangos, realizadas por otras jóvenes y las pericias psicológicas hechas por profesionales a Thelma Fardin en las que aparece como una persona ubicada en tiempo y espacio, con un relato coherente y sólido que no generaron dudas a los funcionarios judiciales.
En síntesis, la Justicia Brasilera aplicó artículos antiguos y ya reformados para juzgar al actor porque los hechos ocurrieron en 2009, meses antes de dicha reforma. Por esta cabriola temporal prescribieron los abusos “comprobados”. En tanto, sobre el delito que no prescribe, el de la violación o acceso carnal, el juez consideró su desestimación porque los testigos no recordaron -o lo hicieron vagamente- si Fardin les había contado -o no- si Darthés le introdujo el pene -o no.
La argumentación del fallo giró en torno a lo que Thelma Fardin recordó referir a las personas a las que les relató los hechos a lo largo del tiempo, sobre ese punto en particular: la penetración. “La versión de la víctima no fue consecuente en cuanto a las relaciones carnales, ya que durante más de nueve años este hecho fue omitido en las pocas denuncias que hacía a personas de su confianza”, señaló el texto.
Y así la Justicia brasilera a través del juez federal de San Pablo, Fernando Toledo Carneiro, favoreció al acusado, a pesar de todo lo demás. Y, al no poder juzgar el delito que no prescribe (el acceso carnal) no lo condenó por los demás abusos que prescribieron. Un fallo enredado y falto de Justicia que, por una cuestión técnica, absuelve a un abusador. “Si Darthés me hubiese violado 68 días después, hoy estaría enfrentando una posible condena de 10 años”, resumió la joven para describir el absurdo.
Artilugios de sistemas judiciales sin perspectiva de género, deshumanizados y perversos.