Fallo histórico por contaminar el Paraná y afectar a vecinos

Fallo ejemplar: por verter efluentes al río, condenaron a Atanor, el tercer productor de herbicidas del mundo. Estiman que 200 vecinos murieron de cáncer
20 de marzo 2023 · 07:04hs

La Justicia de Ejecución Penal de San Nicolás hizo lugar a un amparo ambiental por daño ambiental de incidencia colectiva de la empresa Atanor, considerada la tercera productora de herbicidas más importante del mundo, y en un fallo histórico dictó sentencia definitiva contra la firma ubicada en las inmediaciones del barrio Química de la ciudad nicoleña, donde se estima que murieron cerca de 200 personas en el transcurso de años producto de la contaminación ambiental que ocasionaba la empresa al verter sustancias tóxicas al curso del río Paraná sin tratamiento, además de enterrar de manera ilegal residuos peligrosos.

La causa fue presentada en 2015 y motivó la intervención de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por reiteradas “demoras injustificadas” del Poder Judicial tanto en el ámbito federal como bonaerense, situación que se encuentra en trámite pese al fallo definitivo a la acción de amparo.

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En un fallo histórico conderanor a la firma Atanor por contaminación

En un fallo histórico conderanor a la firma Atanor por contaminación

Por otra parte, las ONG que participaron de la causa judicial apelarán el fallo para que la empresa se haga cargo, además, del resarcimiento económico correspondiente a las familias de las víctimas por el daño colectivo ocasionado la contaminación en el ambiente. Por lo pronto, la empresa dejará de producir un nocivo insecticida “Clorpirifos”, que provoca daño neurológico en niños y niñas y que Atanor fabricó en durante décadas en esa zona densamente poblada.

En declaraciones a La Capital, el abogado ambientalista de la Asociación Civil Cuenca Río Paraná, Fabián Maggi, quien participó de la querella junto a Fomea, comentó: “La causa de Atanor se viene investigando desde hace muchos años a partir de testimonios de trabajadores de la empresa, quienes refieren que habían sido obligados a enterrar residuos peligrosos en tanques de 200 litros dentro del parque industrial”.

A su vez, comentó que los obreros de la fábrica “denunciaban que los obligaban a desagotar los piletones de agroquímicos hacia la barranca del río Paraná para descartarlos directamente al curso de agua, sin tratamiento previo. Todo eso se pudo probar e incluso al día de hoy se pueden observar manchas en tonos anaranjados y amarillos sobre la barranca, que indican presencia de trifluralina. Pero, puntualmente, la sentencia que se dictó en los últimos días es una causa judicial se inició en 2015, y ya presentaba demoras injustificadas del Poder Judicial y que motivó a la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) y hoy se encuentra en trámite”.

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Tras advertirse que hubo más de 200 casos en barrio Química de personas con cáncer y otras patologías por los vertidos y emanaciones de sustancias tóxicas, Maggi manifestó: “Sin dudas que es bien recibido y genera una luz de expectativa, porque es la primera vez que se logra un reconocimiento judicial de que la actividad de que la empresa Atanor es ilegal y así lo expresa en el fallo. También se tuvo acreditado por investigadores del Conicet y el trabajo conjunto de la Policía Federal Argentina (PFA) que la empresa contamina con sus efluentes líquidos el curso del río Paraná y también se comprobó la contaminación del suelo. Además, generan enorme expectativa los estudios que la jueza ordena realizar en cuanto al impacto ambiental respecto a la medición de la calidad de aire y el estudio de suelo, ordenado a través del Conicet. Y en base a eso, también ordena la orden de recomposición al condenar expresamente a recuperar el suelo afectado.

Ocurrió que, ante los casos de enfermedades agudas y malestares llamativos y elocuentes, los vecinos del barrio Química comenzaron a organizarse y realizaron un censo comunitario “casa por casa” con el objetivo de llevar un monitoreo de las familias afectadas y se corroboró que alrededor de 200 personas habían muerto de cáncer como consecuencia de estar expuestas a sustancias contaminantes, tanto por inhalación como por consumo de agua durante un lapso prolongado, producto de años de actividad contaminante de Atanor.

“El impacto es de una magnitud enorme y la incidencia de esa enfermedad es notoriamente mayor que a la media que se registra en el resto del país. También han sido víctimas de otras enfermedades tales como cardiopatías congénitas, enfermedades cutáneas, respiratorias, es decir, una afectación a la salud pública sobre el radio de la empresa que es por demás de elocuente”, aseguró el abogado.

Asimismo, señaló: “El alcance de la contaminación en la cuenca del río Paraná es una tarea que todavía está bajo investigación. Lo que se lee en el propio fallo, puntualmente el del doctor Andrés Porta, es que se constató que el vuelco de efluentes afecta el curso del río y también la biota acuática. También se debe establecer la magnitud de esa afectación, que es posterior al fallo, aunque ya se podría inferir que es de gran magnitud. Con eso basta con recordar el estudio de la Universidad Nacional del Litoral (UNL), donde científicos constataron la presencia de agroquímicos y varios pesticidas en el tejido muscular en peces de la cuenca del río Salado, que estaban a la venta. Eso se puede presumir sobre esta zona también, puesto que después cuenta el recorrido de migración de los peces, dado que la mayoría del cardumen se desplaza a lo largo del caudal. Lo mismo sucede con la corriente de agua contaminada, que se extiende hasta lugares insospechados”.

Apelación

Si bien la jueza no hizo lugar al resarcimiento económico por los daños provocados en la salud de la población afectada, la Asociación Civil Cuenca Río Paraná y Fomea apelarán esa cuestión para que, efectivamente, la empresa se haga cargo de esa inmemnización de carácter colectivo. En tanto, sí obligó a la firma a hacerse cargo de los estudios de impacto ambiental y recomposición ambiental, que apunta a tareas que buscan eliminar los contaminantes presentes en el suelo.

LEER MÁS: Brugo: Por contaminación de una empresa, no se habilita la playa

El análisis de expertos

En el lapso de instrucción de la causa, la jueza pudo probar judicialmente que la empresa Atanor vuelcaba sus efluentes líquidos al río Paraná sin la debida autorización por parte de la Autoridad del Agua conforme surge de las actas de inspección. Además, señaló que de la pericia efectuada por el Conicet surgió como conclusión de los expertos que “…Atanor SCA vuelca desechos peligrosos y tóxicos que degradan la calidad de agua del curso del Río Paraná y afectan la biota acuática, todo ello considerando los Niveles Guías de Calidad de Agua de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación Argentina (2003)”.

Desde la ONG ecologista también resaltaron que con esta sentencia “se zanja la discusión de si la empresa contamina el ambiente o no con productos químicos, dado que las pericias judiciales realizadas por expertos del Conicet y de la Universidad de la Plata concluyeron que en el suelo se detectaron elevados niveles de contaminación y que la empresa vuelca sus efluentes líquidos con residuos peligrosos al río Paraná, afectando la vida de ese curso de agua”.

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