Paraná: Confirman condenas a proveedor y fletero de banda narco

El correntino Sergio Molina y Juan Moreno, de Feliciano, acudieron a Casación pero los jueces porteños avalaron el fallo del TOF de Paraná.
7 de octubre 2020 · 19:54hs

En 2019 el Tribunal Oral Federal de Paraná condenó a 10 integrantes de una organización que traficaba drogas en Paraná y Nogoyá. El juicio no pasó desapercibido ya que ventiló los vínculos peligrosos entre narcos y la barra brava de Patronato. Los principales cabecillas de la banda eran Horacio Cachete Viggiano, quien se presentó como dirigente gremial de Obras Sanitarias, y Hugo Ceola, integrante de la barra del club de Paraná.

Dos de los sentenciados presentaron recurso de Casación contra las condenas: el correntino proveedor de la marihuana, Sergio Molina, y el camionero de Feliciano, Juan de la Cruz Moreno. Recientemente, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas para ambos.

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Molina es un hombre oriundo de Itatí (ciudad fronteriza con Paraguay, invadida por el narcotráfico en casi todos los niveles) que coordinaba la entrega de la marihuana a Moreno, y este la llevaba a donde Viggiano le indicara.

El abogado defensor del correntino, Justo Pio Serra, cuestionó las intervenciones telefónicas, cuyos fundamentos fueron “insuficientes para justificar la invasión a la libertad individual y la privacidad de las personas”. Además, sostuvo que no hubo pruebas contra Molina sobre su participación en la actividad delictiva, en particular Moreno no lo mencionó durante su declaración de arrepentido. El letrado solicitó que se revoque la condena a seis años y medio de prisión.

Por su parte, el defensor del chofer de San José de Feliciano, Claudio Berón, planteó que Moreno no fue coautor del delito de comercio de estupefacientes organizado, sino que solo lo “contrataron” para realizar el transporte de la droga. Argumentó que sólo intervenía en el traslado de los cargamentos delictivos entre Sauce (Corrientes) y Feliciano, y que desconocía el destino y forma de comercialización de la droga, así como tampoco participaba de las ganancias. Además, el defensor remarcó que Moreno decidió declarar en la creencia “de que gozaría de los beneficios de la ley del arrepentido”, pero los jueces de Paraná no le creyeron respecto de su participación secundaria en la banda de Viggiano. Por esto, pidió que se considere aquella confesión y que le bajen la pena de siete a tres años de prisión.

El fiscal ante la instancia de Casación, Raúl Omar Pleé, rebatió cada crítica al fallo de los defensores y pidió confirmar la sentencia.

Al momento de resolver, los jueces de Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Ana María Figueroa, Daniel Antonio Petrone y Diego Barroetavena, analizaron detalladamente el fallo.

Establecieron que quedó claro cómo en la investigación se fue llegando a cada responsable de la empresa delictiva, desde los vendedores de droga en Nogoyá hasta el proveedor: “Se pudo constatar que a Orcellet le proveía estupefacientes Hugo Ceola; que a este -entre otros- le proveían los hermanos Viggiano y que a estos, a su vez, les proveía Molina desde Corrientes para lo que contaban con la intervención de Moreno en el traslado de la marihuana, quien además actuaba luego de guía o ‘puntero’ para ‘limpiar la ruta’ a los Viggiano –que llevaban la carga-, anunciándoles la existencia o no de controles policiales en el recorrido final Feliciano-Paraná”.

Los camaristas desestimaron que las escuchas telefónicas no estuvieran debidamente fundadas, al valorar las evidencias previas reunidas en la investigación policial.

Sobre las pruebas que incriminaron a Molina, afirmaron que al desarrollarse el operativo que se denominó de “corte de la entrega” (cuando interceptaron al camionero con 250 kilos de droga, el 7 de marzo de 2017), los investigadores estaban siguiendo los pasos de los narcos en Corrientes y divisaron el contacto entre el camión de Moreno y una Ford Ranger en que se conducía un hombre canoso (Molina) y la llegada posterior de la Sandero (Viggiano).

Además, los jueces analizaron que en las escuchas telefónicas se “da cuenta de manera irrefutable del accionar ilícito que se desarrolló entre Molina y Viggiano, si bien utilizan lenguaje que pretende encriptar los mensajes, al referirse -por ejemplo- a la venta de terneros, corderos o lechones; consultar si los tomates estaban buenos, entre otros”.

Por ejemplo, en octubre de 2016, cuando se produce una entrega de un cargamento, “refieren a ‘250 corderos’ y acuerdan el horario de llegada y el lugar de encuentro en Sauce. Luego de producida la entrega, al día siguiente se formulan reclamos recíprocos: Molina le dice que faltaron ‘30 mil de los 400’ –lo que da cuenta del volumen económico de la operación- y Viggiano le reclama porque la mitad de la mercadería está llena de hongos, lo que claramente demuestra que no se trataba de ‘terneros’ ni de ‘corderos’, sino de marihuana”, afirmaron los jueces.

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En cuanto a las críticas efectuadas por la defensa del camionero, la Cámara de Casación sostuvo que “se encuentra razonablemente sustentada la participación de Moreno en la empresa criminal”.

En este sentido, analizaron las “diversas comunicaciones telefónicas y mensajes, obtenidos por las intervenciones ordenadas durante la investigación, que dan cuenta de la coordinación entre Molina y los Viggiano para el traslado de estupefacientes”.

Hubo una conversación que a los jueces les resultó elocuente:

—Viggiano: “Hola amigo… escuchá, yo estoy llegando cerca de Tabossi, me dice el GPS ¿voy mal loco?”

—Moreno: “eeh?”

—V.: El GPS me tira que voy por la 32 pero por Tabossi voy mal, yo voy por la 32.

—M.: “Noo, vos tenías que entrar ahí en María Grande nomás.

—V.: “Ajá ¿tenía que entrar ahí en María Grande decías vos?”

—M.: “Sí, sí, Tabossi no, Tabossi te vas derecho a la caminera boludo.

—V.: ¿Derecho a la caminera?

—M.: Claro.

—V.: Listo, listo. Ahora me vuelvo para atrás enseguida, ya te llamo.

“Las conversaciones obtenidas en la investigación no hacen más que corroborar el modus operandi relatado por el encausado en su declaración y resultan, además, demostrativas de que el aporte de Moreno a la maniobra ilícita no se encontraba -como sostuvo su defensa- limitada únicamente a la conducción de un flete a cambio de un pago”, aseguraron los jueces de Comodoro Py.

En esta línea, agregaron que “mal podría calificarse su aporte como secundario cuando las pruebas evidencian sin margen de duda alguno que Moreno era parte de la organización delictiva y que de manera coordinada con los Viggiano recibió -en al menos dos oportunidades- la sustancia de parte de Molina y la trasladó en su camión desde la provincia de Corrientes hasta Feliciano -de donde es oriundo- y luego, a partir de allí, oficiaba de ‘punta’ hasta la ciudad de Paraná”.

El camionero de Feliciano “intervino con absoluto conocimiento y voluntad en la organización investigada, siendo su aporte en el tramo de transporte de la sustancia estupefaciente entre las provincia de Corrientes y Entre Ríos”, concluyeron.

De este modo, confirmaron las condenas para ambos, y la causa que tuvo muy pendiente a la dirigencia deportiva y política de Paraná marcha hacia su cierre definitivo.

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