El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Federal resolvió condenar a José Luis Bustamante, de 53 años de edad y de profesión maestro mayor de obra, tras hallarlo autor del delito de peculado de bienes y servicios por el primer hecho imputado. Bustamante fue secretario de Obras y Servicios Públicos del Municipio de Federal durante la gestión municipal del exintendente Gerardo Chapino.
Ex funcionario de Federal fue condenado por peculado
La Justicia condenó al ex secretario de Obras Públicas de Federal por haber usado fondos públicos para hacerle la conexión de la cloaca a su hijo.
El punto neurálgico sobre el que se estructuró la condena radica en la realización de una obra pública desviada para beneficio particular: la conexión del servicio de cloaca al hijo del exsecretario, ejecutada sin contar con el correspondiente expediente administrativo que autorizara la intervención municipal. De esta manera, el exfuncionario utilizó la infraestructura, la logística y los recursos comunales para resolver una necesidad privada de su familiar directo, eludiendo los controles de la administración pública.
De acuerdo con el debate judicial, la maniobra constituyó un uso indebido de bienes y prestaciones del Municipio, encuadrado bajo la figura penal de peculado (hecho uno). El tribunal concluyó que ejecutar los trabajos cloacales sin expediente de autorización configuró un aprovechamiento ilegítimo de los medios estatales puestos a su disposición como máxima autoridad del área de Obras y Servicios Públicos.
Como consecuencia de este hecho, el tribunal impuso a Bustamante la pena de dos años de prisión de cumplimiento condicional. La sentencia dictaminó asimismo la inhabilitación absoluta perpetua e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos.
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A su vez, los magistrados fijaron reglas de conducta por el término de dos años. Entre las obligaciones dispuestas, se destacó que el condenado deberá abstenerse de integrar y participar en los órganos de administración de asociaciones de bien público, fundaciones y organizaciones gubernamentales y no gubernamentales.
En el plano económico, la justicia resolvió que el exfuncionario deberá reparar el daño patrimonial ocasionado al Municipio de Federal por el primer hecho. Inicialmente, el perjuicio se calculó en 531.133,38 pesos al 27 de marzo de 2024. Sin embargo, la sentencia ordenó que dicho monto sea actualizado al día de la fecha. Esta labor encomendada al perito contable de la jurisdicción deberá realizarse aplicando el índice de la Cámara Argentina de la Construcción (Índice CAC). Notificado el fallo, Bustamante dispondrá de un plazo de 30 días para efectuar el pago correspondiente a la comuna.
Por otra parte, el veredicto resolvió absolver a Bustamante del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Asimismo, el tribunal dispuso su absolución respecto del delito de peculado de bienes y servicios por el segundo hecho atribuido en la acusación, el cual estaba relacionado con la colocación de tubos de alcantarilla.
Al desestimar la ilicitud en la colocación de las alcantarillas y descartar el incumplimiento de deberes, los jueces focalizaron la responsabilidad penal únicamente en la irregularidad cometida con la conexión cloacal no autorizada.
Origen de la denuncia y desarrollo del juicio oral
El expediente penal tuvo su inicio en marzo de 2024, tras una denuncia formulada por la intendenta de Federal, Alicia Oviedo, contra el titular de Obras y Servicios Públicos de la gestión precedente. La presentación surgió de un relevamiento interno municipal que detectó la obra de cloaca a favor del familiar del exsecretario sin el trámite reglamentario.
El tribunal juzgador estuvo integrado por los vocales Germán Dri, Pablo Garrera Allende y Aníbal Lafourcade, quienes dieron a conocer el adelanto de sentencia el martes 13. La acusación estuvo a cargo de la fiscal Eugenia Molina, mientras que la defensa técnica fue asumida por los abogados Juan Manuel Benítez y Boris Cohen.
La fiscalía había solicitado en el alegato de apertura cinco años de prisión de cumplimiento efectivo en unidad carcelaria, para luego pedir tres años y seis meses en el alegato de clausura. Finalmente, el tribunal terminó imponiendo la pena mínima de dos años condicionales.















