Por medio de la resolución Nº 831, el Ministerio de Seguridad de la Nación creó el Sistema de Protección Administrativa de Denunciantes y Testigos, con el propósito de fomentar la denuncia, investigación y sanción de irregularidades y delitos cometidos dentro de las fuerzas policiales y de seguridad federales.
Buscan proteger a denunciantes y testigos dentro de las fuerzas de seguridad
Con el propósito de fomentar la denuncia e investigación de irregularidades, se creó el Sistema de Protección Administrativa de Denunciantes y Testigos.
Con el propósito de fomentar la denuncia e investigación de irregularidades, se creó el Sistema de Protección Administrativa de Denunciantes y Testigos.
Sistema de Protección
El sistema asegura que las condiciones administrativas y profesionales del personal de la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y el Servicio Penitenciario Federal que formulen denuncias, se nieguen a participar en actos ilícitos o actúen como testigos de delitos que involucren a integrantes de estas fuerzas, permanezcan inalteradas. A tal fin, se arbitrarán los medios necesarios para garantizar el cese de represalias efectivas o potenciales, siempre que exista un temor fundado de sufrirlas como consecuencia directa de la denuncia formulada.
LEER MÁS: Fuerzas de Seguridad: preocupa la cantidad de bajas
Cabe aclarar que no es protección física, sino un resguardo administrativo a cargo de la cartera de seguridad para que esos efectivos no sufran una represalia que afecte su carrera o su clima de trabajo, por cumplir con su deber de denunciar.
Actos de violencia o represalia
a. Violencia física o verbal.
b. Asignación de riesgos innecesarios.
c. Ambiente de trabajo hostil.
d. Tareas que correspondan a niveles inferiores.
e. Negativa a asignar tareas o sobrecarga injustificada.
f. Acoso sexual o laboral.
g. Postergación injustificada de ascenso o sanciones infundadas.
h. Traslados intempestivos e injustificados.
i. Convocatoria injustificada a controles, evaluaciones o juntas médicas.
j. Cualquier otra conducta que pueda considerarse represalia, a juicio del MINSEG.